Festejo en Olivos: el juez Lino Mirabelli quedó a cargo de la causa en San Isidro
El 1° de septiembre, Sebastián Casanello había dispuesto el cambio de jurisdicción del expediente, ya que los hechos no ocurrieron en la ciudad de Buenos Aires
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A un día de las elecciones primarias, la causa judicial por el festejo en la quinta de Olivos en julio de 2020, en la que están imputados todos los invitados, incluido el presidente Alberto Fernández, quedó a cargo de la justicia federal de San Isidro. El juez Lino Mirabelli aceptó hoy la competencia y rechazó la denuncia contra Elisa Carrió por su cumpleaños en Exaltación de la Cruz.
“Comparto la postura del magistrado declinante en cuanto que algunos de los hechos denunciados, en presunta transgresión a las medidas sanitarias dictadas por las autoridades nacionales con el propósito de mitigar la propagación de la pandemia de COVID-19, cuyo denominador común se posiciona en la Quinta Presidencial de Olivos, deberían ventilarse en este ámbito territorial”, precisó Mirabelli.
El pase surgió a partir del 1° de septiembre, cuando el juez Sebastián Casanello dispuso el cambio a San Isidro, bajo la explicación de que los hechos tuvieron lugar en aquella jurisdicción. Las defensas y el fiscal Ramiro González, en tanto, evitaron la apelación. Así, la decisión quedó firme el 7.
Mirabelli, que está de turno hasta fin de mes, deberá responder, a su regreso, sobre el pedido de Stefanía Domínguez, una de las invitadas, sobre la inconstitucionalidad de los decretos de necesidad y urgencia firmados por el Presidente para restringir la circulación durante la fecha del cumpleaños de la primera dama.
Si bien el fiscal federal Ramiro González respaldó dicha constitucionalidad y rechazó un pedido de Domínguez, quien había solicitado su sobreseimiento, la responsabilidad ahora recaerá sobre el juez Mirabelli.
Por otro lado, con respecto al festejo de Carrió, el juez de San Isidro sostuvo: “El hecho del 26 de diciembre de 2020 habría tenido lugar en la localidad de Capilla del Señor, partido de Exaltación de la Cruz, provincia de Buenos Aires, es decir, fuera del espacio de esta jurisdicción territorial”.
Previamente, al plantear la “excepción por falta de acción”, la defensa de Carrió ya había solicitado el cierre del caso por inexistencia de delito. Fernández se había manejado de igual forma con el festejo en Olivos. La líder de la Coalición Cívica, por su parte, manifestó que no cometió ningún delito.
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