Expropiación vs. "Plan Perotti". Las diferencias entre el proyecto del Gobierno y la salida alternativa para Vicentin
Pese a las protestas del fin de semana y el rechazo sonoro de la oposición, la idea de que el Estado tenga un rol protagónico en el futuro de la cerealera Vicentin es, para el Gobierno, una decisión tomada. Queda por definir, sin embargo, en qué condiciones.
Por ahora hay dos alternativas: la que presentó originalmente el presidente Alberto Fernández, que consiste en la expropiaciónde la empresa (previa intervención); y, por otro lado, la iniciativa del gobernador de Santa Fe, Omar Perotti, que postula la intervención judicial de la empresa, pero con los mismos interventores que designó el Presidente.
Ambas terminan igual, removiendo a los actuales directivos de Vicentin, pero hay diferencias sustanciales.
- La principal distinción es que la expropiación debe hacerse mediante una ley del Congreso (aún no fue presentado el proyecto), que debería superar un escenario adverso en la Cámara de Diputados, y posteriormente debe haber una valuación de los activos de Vicentin. El monto de esos activos sería similar a la deuda y el Estado le pagaría al resto de los acreedores. En esta opción desaparece el concurso, o mejor dicho, solo serviría para verificar las deudas y decidir que se le debe a cada quien.
- En la "solución Perotti", en cambio, se respeta el concurso y la autoridad del juezFabián Lorenzini, que es quien debería disponer la intervención judicial y no el Presidente de la Nación. Ese órgano interventor, integrado por los mismos funcionarios que propone Fernández en su DNU, al que se sumaría un funcionario provincial, respondería al juez Lorenzini, a quien deben rendir cuentas, elevar informes y quien tiene autoridad para removerlo.
Lo que hizo el gobierno de Santa Fe fue presentar un pedido de intervención judicial a través de la Inspección General de Personas Jurídicas. Es el organismo provincial donde se registran las sociedades y el encargado de controlarlas. Este organismo tiene facultades para pedir la intervención judicial en el marco del concurso de acreedores, pero debe fundamentarla. Es decir, está legitimado para hacerlo pero debe explicar los motivos.
En este punto aparecen algunas objeciones. Por ejemplo, para fundar la necesidad desplazar a los Vicentin, el gobierno santafesino, además de mencionar el interés público que tiene por las consecuencias sociales que implica el quiebre de la firma, menciona de manera global las denuncias penales contra la firma, que están en estado incipiente, lo mismo que el proceso en los Estados Unidos, que, por ahora, es solo un pedido de información.
Además, el pedido de intervención no obedece a un sumario previo del organismo de control donde se hubieran detectado irregularidades, ni se menciona cómo Vicentin habría violado la ley o los estatutos. Tampoco habla de denuncias de acreedores o accionistas que justifiquen la designación de interventores con desplazamiento de las autoridades designadas por la empresa.
En todo caso, la "solución Perotti" reconoce la autoridad del juez y hace más prolija la enmienda legal luego de las críticas que mereció el DNU de Fernández por su constitucionalidad.
Otra diferencia radica en que tanto el DNU de intervención como el anunciado proyecto de expropiación solo aludirían a la empresa Vicentin, en tanto el plan de Perotti señala que Vicentin es un grupo de 20 sociedades que están relacionadas con otras dos en Uruguay.
Sin embargo, esta distinción no sería relevante a los efectos prácticos, pues la que firma concursada es Vicentin, radicada en Santa Fe, y la ley de sociedades dice que la sola existencia de un conjunto económico no implica que el resto de las empresas deban pagar las deudas. Solo se podría extender el concurso si las deudas afectan la vida de estas otras empresas.
El día después
Claro que ni el DNU ni la anunciada ley de expropiación ni tampoco la propuesta de Perotti mencionan cómo se sigue luego de la remoción de los administradores. Con la expropiación, el Presidente mencionó la posterior conformación de un fideicomiso para que sea administrado por YPF Agro SA. Eso le daría al Estado una puerta de entrada para intervenir en el mercado de agropecuario y de divisas.
Con la solución santafesina, el gobernador Perotti dijo que la compañía continuaría con una participación mayoritaria del Estado, pero también con permanencia del sector privado.
Este plan para que el Estado se quede con la exportadora de granos, harinas y aceites generó un fuerte malestar en el campo y en un sector de la sociedad que marchó el sábado en todo el país. El Presidente había justificado la decisión en la compleja situación financiera de la compañía, endeudada por casi $100.000 millones, con el Banco Nación como uno de sus principales acreedores.
¿Cuáles son los próximos pasos?
El juez Lorenzini debe decidir si admite o rechaza la pretensión de la Inspección General de Personas Jurídicas de Santa Fe. Puede decidir de inmediato, sin darle traslado a nadie, o puede dar vista a todas las partes, accionistas y acreedores.
La segunda alternativa implicaría congelar el problema, pues el plazo que demandaría este trámite se llevaría uno o dos meses, por lo menos, suficiente tiempo para que un juez federal se expida sobre la constitucionalidad o no del DNU de Alberto Fernández o sobre la apelación a la decisión del juez Lorenzini.
En el gobierno santafesino creen que el juez resolverá por sí mismo, sin necesidad de hacer traslados, aunque no confían en una rápida sentencia.
Con la colaboración de Alan Soria Guadalupe
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