Memorándum con Irán: excarcelaron al exlíder de Quebracho Fernando Esteche
Casi dos años después de su detención, el Tribunal Oral Federal 8 concedió hoy la excarcelación al exlíder de Quebracho Fernando Esteche en la causa donde se investiga la firma del memorándum de entendimiento con Irán por el atentado a la AMIA.
Esteche es el único de los imputados que aún estaba detenido por el caso del memorándum, basado en la denuncia que hizo el fiscal Alberto Nisman. Para que su excarcelación se haga efectiva, deberá pagar una caución de 400.000 pesos, un monto que fue fijado por el TOF que lo juzgará. .
Había quedado detenido en diciembre de 2017 por orden del juez Claudio Bonadio, por presunto encubrimiento agravado del atentado a la AMIA. En ese expediente Bonadio también procesó con prisión preventiva a Cristina Kirchner, a Carlos Zannini, Luis D'Elía, Yussuf Khalil y al fallecido ex canciller Héctor Timerman.
Están procesados sin prisión preventiva Juan Martín Mena, Angelina Abonna, Oscar Parrilli, Andrés el "Cuervo" Larroque, Eduardo Zuain y Allan Bogado. Desde ese entonces, Esteche estuvo preso en el penal de Marcos Paz. Bonadio elevó la causa a juicio en marzo de 2018, pero aún no hay fecha de inicio para el comienzo de ese proceso oral.
En julio de este año Esteche fue absuelto en una causa por incitación a la violencia, donde se lo investigaba por haber pedido que "caiga" el gobierno de Mauricio Macri en un acto en la ciudad de La Plata durante 2016.
El defensor de Esteche, Fernado Burlando, argumentó, al pedir la liberación, que Esteche "jamás obstaculizó la investigación ni se sustrajo del accionar de la justicia". El fiscal ante el tribunal oral, Marcelo Colombo, dictaminó a favor que se le concediera la excarcelación, siempre y cuando se le fijara una caución no menor a 400.000 pesos.
Durante la etapa de este proceso, a Esteche se le denegó la excarcelación tres veces. Los jueces del TOF 8 sostuvieron que algunas circunstancias se modificaron, a casi dos años de cumplirse su tiempo de prisión preventiva y sin que todavía se haya fijado una fecha para el inicio del debate oral.
"En pocas palabras, la razón fundamental por la que en todo este tiempo se mantuvo la medida cautelar que pesa sobre Esteche ha sido la existencia del riesgo de verse frustrada la celebración de dicho acto y la posibilidad de que la prueba que pueda producirse en ese marco, se vea seriamente afectada a partir de la liberación del nombrado", explicaron los jueces del TOF 8 Daniel Obligado, Gabriela López Iñiguez y José Antonio Michilini.
¿Qué provocó que ahora su decisión se viera modificada? "Sin embargo -escribieron-, faltando casi dos meses para que se cumpla el plazo legal establecido en el art. 1 de la ley 24.390, como lapso razonable de duración de un proceso penal con personas privadas de su libertad, y no vislumbrándose que antes de ese tiempo pueda llevarse a cabo el debate oral y público en estas actuaciones, sobre todo si se tiene en cuenta que se trata de un proceso de gran envergadura, la decisión denegatoria que viene sosteniendo el tribunal debe ser revisada".
Y explicaron: "En efecto, dado el tiempo transcurrido, la imposibilidad material de celebrarse en lo inmediato el debate no puede sopesar sobre la situación del imputado Esteche, es por ello que corresponde hacer lugar al pedido excarcelatorio, pero sujetando la libertad del nombrado a una caución de carácter real de cuatrocientos mil pesos, como propone el Sr. Fiscal General, a fin de asegurar su comparecencia a los llamados del tribunal y la realización del juicio".
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