Coronavirus en Argentina: en detalle, todos los cambios en la cuarentena a partir del lunes
El presidente de la nación, Alberto Fernández, anunció ayer por la noche la prórroga del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) hasta el día 10 de mayo próximo. Sin embargo, la nueva etapa no será igual en todo el país. Por ejemplo, la Ciudad de Buenos Aires no aplicará los cambios y no se permitirán salidas para los niños. Al gobierno porteño le preocupa la mayor circulación de los últimos días y no quiere relajar las medidas cuando espera el pico de contagios.
Las diferencias por cantidad de habitantes que regirán desde el lunes:
- Todos los aglomerados urbanos de más de quinientos mil habitantes en el país seguirán cumpliendo las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio como lo hicieron durante los últimos quince días.
- La Administración Pública Nacional seguirá funcionando con las dotaciones mínimas establecidas.
Siguen suspendidas en todo el país las siguientes actividades:
- Dictado de clases presenciales en todos los niveles y modalidades.
- Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y otros
- Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado
- Actividades turísticas, apertura de parques, plazas y similares
- Las fronteras seguirán cerradas para el ingreso de extranjeros. El ingreso de los residentes continuará en los términos que sean compatibles con el control sanitario.
- El transporte de pasajeros aéreo de cabotaje e internacional, terrestre interurbano, entre jurisdicciones e internacional continúan sin autorización para funcionar.
- Las y los trabajadores mayores de sesenta años, embarazadas o personas incluidas en los grupos en riesgo (definidos por el Ministerio de Salud) están dispensados de concurrir a sus puestos de trabajo.
- Todas las personas podrán realizar salidas breves (caminatas de máximo 1 hora), a no más de 500 metros de su domicilio, sin utilizar transporte público y cumpliendo con las recomendaciones de distanciamiento e higiene.
Las gobernadoras y los gobernadores podrán decidir excepciones al cumplimiento de las medidas de aislamiento. Estas excepciones serán autorizadas únicamente cuando se cumplan las siguientes cinco condiciones sanitarias:
- Tiempo de duplicación de casos confirmados no inferior a quince días,
- Sistema de salud con capacidad adecuada para dar respuesta,
- Evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto al riesgo socio-sanitario en relación con la densidad poblacional,
- El porcentaje de la población exceptuada de las medidas de aislamiento no podrá superar el 50% de la población total del departamento o partido,
- La zona geográfica no podrá estar definida como "con transmisión local o por conglomerado" por la autoridad sanitaria nacional.
Si alguno de estos indicadores no se cumple, el departamento o partido no podrá avanzar con la excepciones.
Además, el Jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer el cese de las excepciones que incumplan con los criterios epidemiológicos / sanitarios.
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