Tras la demora, el Gobierno promulgó la ley de emergencia económica
Tras la demora en la oficialización del paquete de medidas de Alberto Fernández, el Gobierno publicó esta tarde en el Boletín la ley de emergencia económica con "veto parcial", que tiene que ver con las regalías que pagan los productores de hidrocarburos.
En concreto, el Gobierno vetó el artículo que decía: "En ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor boca de pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras". Esto quiere decir que las productoras deben pagar regalías por el monto neto percibido (ya descontado el pago de retenciones), como dice la ley de hidrocarburos. Cuando el proyecto pasó de Diputados al Senado, se le agregó que los productores pagarían sobre el monto total, sin descontar el derecho de exportación, lo que generaba mayor presión tributaria sobre el sector. Finalmente, esto fue lo único que se quitó del proyecto de ley.
Luego de que el Congreso le diera un tratamiento exprés y sancionara la ley el sábado a la madrugada, se esperaba que hoy la ley de solidaridad social y reactivación productiva fuera promulgada por el Poder Ejecutivo durante la madrugada. Pero eso no ocurrió y la publicación se estiró hasta pasadas las 17.30.
La ley contempla una serie de cambios en las facultades que tiene el Poder Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
La emergencia fue promulgada esta tarde por el presidente Alberto Fernández y publicada en el Boletín Oficial. Así, las medidas rigen desde hoy.
Ejes principales
- Tarifas y deudas: Prevé la reestructuración general del cuadro tarifario del sistema energético con "criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva", y establece "planes de regularización de deudas" para pymes".
- Jubilaciones: Suspende la aplicación de la movilidad jubilatoria por 180 días y aplica un nuevo régimen de calculo. Alega fines "redistributivos y solidarios".
- Compras en dólares: Grava con el 30% la compra de dólares para atesoramiento, las compras con tarjetas de crédito y débito en el exterior, las compras a través de sitios que facturen en dólares, compra de servicios en el exterior y compra de pasajes al exterior.
- Bienes Personales: Aumenta los porcentajes de las alícuotas y las lleva al nivel de 2015 y duplica el cargo cuando los bienes se encuentran en el extranjero.
- Vehículos: Se reemplazará el sistema de alícuota única para autos, motos, embarcaciones y aeronaves.
La ley en el Boletín Oficial
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