Elecciones: fechas de cobro por ser autoridad de mesa electoral
Quienes realicen tareas vinculadas al acto electoral recibirán un pago en concepto de viáticos; además, reciben un extra por capacitación
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El Gobierno dio a conocer a medidos de septiembre el monto que reciben las personas que se desempeñen como autoridades de mesa tanto en las elecciones generales del 22 de octubre con el balotaje, en concepto de viáticos. Se definió que recibirán una remuneración adicional a la que se había establecido antes de las PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) para promover la máxima asistencia de autoridades de mesa y garantizar con el normal, ágil y transparente desarrollo de los comicios.
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Así se estableció mediante la resolución 753/23, que fue publicada en el Boletín Oficial. Los ciudadanos que desempeñen y cumplan efectivamente la función de presidente de mesa recibirán una asignación adicional de $4000 por elección ―en comparación a las PASO 2023, en las que se abonaron $7000―, por lo que el pago en concepto de viático asciende a $11.000 por la jornada.
Dicho monto se suma a los valores establecidos en la resolución 88/2023, mediante la cual se fijó en $3000 el pago por la capacitación y en $10.000 en concepto de suma adicional en caso de cumplir la función en las tres instancias electorales. Si no se celebrara una segunda vuelta, entonces este último importe adicional será de $7000.
Para recibir este dinero, los ciudadanos seleccionados para desempeñarse como autoridad de mesa deberán concurrir con su DNI al lugar y en la forma que oportunamente se indique para percibir los viáticos. En este link es posible consultar el cronograma de pagos. Pasados los 12 meses de la elección nacional o la eventual segunda vuelta, prescribirá el derecho de las autoridades de mesa y delegados a percibir esos viáticos.
Por otro lado, quienes son designados por la Justicia Nacional Electoral como delegados en los locales de votación, y cumplen efectivamente tal función, recibirán $18.500.
En tanto, perciben $3500 quienes se desempeñan como delegados judiciales que efectivamente dan cumplimiento a la remisión de reportes de eventos, incidencias o datos adicionales solicitados por la Cámara Nacional Electoral (CNE).Por último
Por último, se distribuyen $22.000 por elección a los delegados tecnológicos de la Justicia Nacional Electoral que se desempeñan en los establecimientos de votación donde se realiza la verificación de la identidad de los electores mediante herramientas de identificación biométrica, y cumplen efectivamente tal función.
Qué documentos son válidos para votar
El Ministerio del Interior informa que los siguientes tipos de documentos, expedidos por el Estado nacional a lo largo de los años, son válidos para emitir el sufragio en las elecciones generales del 22 de octubre:
- Libreta cívica
- Libreta de enrolamiento
- DNI libreta verde
- DNI libreta celeste
- DNI tarjeta
Desde la cartera confirman que los documentos que contienen la leyenda “No válido para votar” sí son válidos para sufragar, aunque estas tarjetas no informan de qué tipo de ejemplar de DNI se trata. También se recuerda a los electores que el documento a presentar en la mesa de votación debe ser el mismo que figura en el padrón o uno posterior.
Asimismo, desde la cartera oficial advirtieron que no se puede votar con un certificado de DNI en trámite, ni tampoco si el DNI está en el celular.
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