El oficialismo propone ampliar el régimen de licencias parentales y extenderlo a casos de violencia de género y aborto
La iniciativa tuvo dictamen de comisión y sería llevada al recinto de la Cámara de Diputados antes de las elecciones; rechazo de Juntos por el Cambio
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El proyecto promete generar tanta polémica como reparos desde el sector empresario. Merced a su mayoría, el kirchnerismo aprobó en un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados un dictamen que amplía el régimen de licencias por maternidad y paternidad, aunque en el mismo proyecto extiende este derecho a problemáticas como violencia de género, tratamientos de fertilidad asistida e interrupción voluntaria del embarazo.
El dictamen en cuestión, que está listo para ser llevado al recinto, se basa en un proyecto que diseñó el Ministerio de Mujeres y Diversidad con el argumento de extender el régimen de licencias hoy vigente a sectores no incluidos. La oposición de Juntos por el Cambio, si bien está de acuerdo con la premisa de ampliar las licencias por maternidad y paternidad, objetó por “irresponsable” el dictamen oficialista por su impacto en el mercado laboral.
El proyecto modifica el artículo 158 de la ley de Contrato de Trabajo y establece las siguientes licencias especiales:
- Por matrimonio o unión convivencial, 12 días corridos
- Por fallecimiento de cónyuge, conviviente, hijo o hija, hijo afin o hija afin, 10 días corridos.
- Por fallecimiento de padre, madre, padre afín o madre afín, hermano o hermana, nieta o nieto, 3 días corridos.
- Para el cuidado por enfermedad de un o una miembro del grupo familiar, persona a cargo, o referente afectivo conforme a la declaración que efectúe la persona beneficiaria ante la autoridad competente, un máximo de 20 días por año que podrán ser utilizados en forma continua o discontinua. Esta licencia podrá extenderse hasta 60 días anuales, sin goce de haberes.
- e) Para rendir examen en cualquier nivel educativo de la educación formal, 2 días corridos por examen, con un máximo de 10 días por año calendario.
- Para el cuidado o atención de un o una miembro del grupo familiar, y persona a cargo, con discapacidad, ya sea por causas congénitas o sobrevinientes, 3 días corridos con un máximo de 15 días por año calendario. Para el acompañamiento en actividades de formación y rehabilitación de los sujetos alcanzados por este inciso, hasta 15 horas por año calendario.
- Por interrupción del embarazo 10 días corridos contados a partir del día en que se solicita la licencia, tanto para la persona gestante como para la persona no gestante con la cual hubiera compartido la responsabilidad parental. La persona trabajadora deberá presentar certificación médica que acredite dicha situación.
- Para la asistencia a entrevistas con fines de adopción, audiencias, encuentros o visitas a un niño, una niña o adolescente que se pretende adoptar, hasta 12 días hábiles anuales, desde el inicio de los trámites de adopción y hasta la resolución judicial que ordena su otorgamiento.
- Por Técnicas de Reproducción Humana Asistida, 15 días laborables continuos o discontinuos por año calendario como persona gestante, ovodonante o manifestando su voluntad procreacional.
- Por encontrarse atravesando una situación de violencia de género y/o de violencia laboral, 15 días hábiles por año calendario, prorrogables por una única vez por otro periodo igual.
- Por controles preventivos de cáncer de mama, cérvico uterino o prostático, 1 día por año calendario, mediante la presentación del certificado médico expedido por el o la profesional o centro de salud interviniente.
- Por adaptación escolar de hijo/a en los niveles de jardín maternal, preescolar y primer grado, 4 horas diarias durante 5 días en el año calendario; y por reuniones organizadas por el establecimiento educativo, hasta 15 horas por año calendario. En estos casos los permisos se ampliarán proporcionalmente a la cantidad de hijos/as.”
La oposición de Juntos por el Cambio, en la voz de Silvia Lospennato, cuestionó el proyecto oficialista y presentó una iniciativa propia.
“Pese a los infructuosos esfuerzos del interbloque para que la comisión de trabajo inicie un debate sobre la modernización de la regulación laboral en nuestro país, el oficialismo se ha negado sistemáticamente a poner los proyectos en tratamiento. Por el contrario, pretenden avanzar modificación sistema de licencias agravará la situación deficitaria del sistema de seguridad social otra vez promoviendo leyes sin la correspondiente asignación presupuestaria y desoyendo las advertencias del sector privado”, advirtió.
El dictamen de Juntos por el Cambio mantendría los 90 días para personas gestantes y adoptantes. Para personas no gestantes se elevaría escalonadamente (a lo largo de 6 años) de 15 días hasta 45.
En caso de interrupción del embarazo luego del sexto mes de gestación o fallecimiento del bebé, la persona gestante tendrá una licencia laboral de 30 días para recuperarse. No se suman licencias especiales y en su lugar se otorgan 30 días sin goce de sueldo por temas a elegir, definidos como “razones particulares no planificadas”.
El proyecto de los socialistas Enrique Estévez y Mónica Fein estipula un término medio, con licencias para personas gestantes de 110 días (entre 15 y 45 días antes del parto y el resto después del nacimiento) y de 15 días para progenitores no gestantes.
En caso de padres adoptantes, plantea una licencia de 65 días para uno de los dos, y para la pareja o persona con la que comparte la responsabilidad parental, 15 días.
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