El juez Rosenkrantz dejará de apartarse en las causas ligadas a clientes del estudio jurídico que integró
Se lo comunicó a sus colegas del máximo tribunal; su decisión coincide con la renuncia de la jueza Elena Highton de Nolasco: quedarán solo cuatro jueces para resolver
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El juez de la Corte Carlos Rosenkrantz le comunicó a sus colegas que de aquí en adelante dejará de excusarse en las causas en que estuvieran involucradas a empresas o particulares que alguna vez hubieran sido clientes del estudio jurídico que él integró.
La decisión de Rosenkrantz es coincidente con la renuncia de la jueza Elena Highton de Nolasco de la Corte desde el 1 de noviembre próximo, con la que el número de magistrados en el máximo tribunal se reducirá a cuatro. Esto implica que va a ser mas dificultoso reunir mayorías de tres votos coincidentes para firmar una sentencia.
Esta situación sería aún más grave si es que Rosenkrantz hubiera mantenido su criterio anterior, pues desde que asumió en la Corte se venía excusando en causas en las que apareciera entre las partes en litigio de alguno de los clientes de su exestudio.
Las normas establecen que un juez debe siempre excusarse cuando tuviera interés en el pleito o cuando hubiera sido defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o escrito algún dictamen o dado recomendaciones acerca del juicio, antes o después de comenzado. La actuación previa de Rosenkrantz como abogado de una de las partes debe referirse expresamente a la cuestión de que se trata o estar vinculada a ella para que sea necesaria su excusación. Tal es la postura del juez que compartió con sus colegas.
La Corte ya vino resolviendo que no es causal de excusación que un juez haya patrocinado anteriormente a uno de las partes, en otros casos que no sea sobre el que tiene que fallar. Si en el ejercicio de la profesión un juez fue abogado de una persona o empresa, solo tiene el deber de excusarse si asesoró a su cliente sobre la materia específica del juicio.
No obstante, el juez Rosenkrantz se había autoimpuesto un plazo de cinco años para dejar de intervenir en esas causas ligadas a su exestudio y que, cumplido este lapso, no veía ahora impedimento en retomar su intervención.
Ahora les dijo a sus colegas que esa postura con el paso de los años ya no se encuentra justificada. Y en su entorno recordaron que la ley de ética en el ejercicio de la función pública prevé un plazo de tres años durante el cual los funcionarios de otros poderes del Estado deben abstenerse de intervenir en cuestiones relacionadas con personas o asuntos a los que estuvieron vinculados.
Ahora, las partes en el juicio, de todos modos, pueden recusar a Rosenkrantz si es que entienden que hay algún motivo para que no intervenga en el expediente. Si se produce esta circunstancia, el juez recusado puede oponerse y hará un informe y serán sus colegas quienes decidan si lo mantienen en el caso o entienden que corresponde que no vote.
En la Corte hay temas de alta sensibilidad vinculados con empresas que fueron o son clientes del estudio donde se desempeñaba Rosenkrantz y el juez hasta ahora se vino excusando. Por ejemplo en causas donde estaba mencionada Famacity, el Grupo Clarín, empresas energéticas o de comunicaciones.
Al momento de participar de la audiencia pública en el Senado, cuando se le dio acuerdo, el juez presentó un listado de clientes de su estudio entre los que se encontraban el Grupo Clarín, Cablevisión, YPF, Musimundo, América TV, Ávila Inversora, LA NACION, La Rural, Carbap, McDonald’s, y las cerveceras Anheuser-Busch InBev, Quilmes y Grupo Modelo. También representó a Panamerican Energy y Central Térmica Patagónica SA. Bouzat, Rosenkrantz y Asociados declaró haber asesorado a los Fondos de inversión GP, Aconcagua Ventures, HWF Capital y Pegasus.
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