El Gobierno reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado en busca de “mayor regularización”
En línea con la reforma laboral publicada el jueves, la AFIP dispuso la medida para que empleadores rectifiquen los vínculos con sus empleados y sus remuneraciones, entre otros asuntos
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En paralelo con la reforma laboral publicada el jueves, el Gobierno reglamentó por medio de la Resolución General 5577/2024, publicada en el Boletín Oficial, la Promoción del Empleo Registrado, en una medida para regularizar los vínculos entre los empleadores y sus empleados.
De esta manera, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió: “Los empleadores del sector privado que registren a sus trabajadores o rectifiquen la real remuneración o la real fecha de inicio de las relaciones laborales iniciadas con anterioridad al 5 de julio de 2024 y vigentes a la fecha de adhesión, quedarán comprendidos en el Régimen de Promoción del Empleo Registrado”.
Con la resolución, el Gobierno busca evitar que empleados sean registrados con información falsa o en malas condiciones. “Asimismo, la regularización de las relaciones laborales producirá, respecto de los trabajadores regularizados, la condonación del total de la deuda -capital e intereses- originada en la falta de pago de aportes y contribuciones”, establece.
Cuáles son las nuevas condiciones para empleadores
Según impone el documento, a efecto de regularizar las relaciones laborales, los empleadores deberán:
- Dar de alta a los trabajadores, o rectificar la fecha de inicio de la relación, según corresponda, accediendo con Clave Fiscal al servicio denominado “Simplificación Registral”, identificándolos con los “Códigos de Modalidades de Contratación”.
- Presentar, por los períodos fiscales que se regularicen -período devengado julio de 2024 y/o anteriores- las declaraciones juradas -originales o rectificativas- determinativas y nominativas de las obligaciones con destino a la seguridad social, mediante la utilización del sistema “Declaración en línea” dispuesto por la Resolución General N° 3.960 y sus modificatorias o “Sistema de Cálculo de las Obligaciones de la Seguridad Social” (SICOSS).
- Incorporar a los trabajadores regularizados y/o las reales remuneraciones en las declaraciones juradas -originales o rectificativas- determinativas y nominativas de las obligaciones con destino a la seguridad social, correspondientes al período devengado agosto de 2024 y siguientes, mediante la utilización del sistema “Declaración en línea” o “Sistema de Cálculo de las Obligaciones de la Seguridad Social” (SICOSS).
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