El Gobierno está a punto de perder la facultad de subir las retenciones
El ministro Guzmán había incluido una prórroga de esta facultad hasta 2024 en el proyecto de presupuesto 2022, pero éste fue rechazado por el Congreso; la oposición advierte que los aranceles deberían volver a cero
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El rechazo al proyecto de ley de presupuesto no sólo le implicó un duro golpe político al Gobierno: también le provocará un daño fiscal de magnitud si no dicta, en las próximas 24 horas, una medida que determine las alícuotas de las retenciones al campo que regirán para 2022. Sucede que el 1° de enero el Poder Ejecutivo perderá la facultad que le delegó el Congreso para fijar dichas retenciones, por lo que, de no actuar a tiempo, correrá el riesgo de que éstas vuelvan a cero.
El ministro de Economía, Martín Guzmán, no previó semejante complicación. La facultad que hoy goza el Poder Ejecutivo para subir los derechos de exportación al campo -hasta un 15% en trigo y maíz, entre otros productos, contra el actual 12% para esos cereales, le fue concedida por el Congreso en la ley de emergencia económica sancionada en 2019. Sin embargo, esta facultad delegada vence mañana. Guzmán pretendía prorrogar esta potestad hasta 2024 (es decir, ya completado el mandato de Alberto Fernández) y, para ello, coló un artículo en ese sentido en el proyecto de presupuesto 2022. Empero, como la iniciativa nunca se sancionó, la prórroga quedó trunca.
Si bien es cierto que el Gobierno prorrogó por decreto el presupuesto 2021 para el próximo ejercicio, las facultades que le delegó el Congreso –en este caso para subir las retenciones- caducarán el último día de este año porque así lo estableció la ley de emergencia de 2019. Ergo, el Poder Ejecutivo ya no contará con la herramienta que le permitió, hasta ahora, fijar el valor de las alícuotas a su discreción. Para tener una dimensión del problema, vale recordar que los derechos de exportación hoy significan nada menos que 2 puntos del PBI.
Frente a esta situación, el Gobierno tiene tres alternativas. Una de ellas es dictar, contra reloj, una resolución o un decreto que fije las alícuotas de las retenciones que regirán para el año próximo amparándose en la delegación que le confirió el Congreso antes de que venza mañana. En este caso, podría mantenerlas en los valores actuales (33% para el grano de soja; 31% para la harina y el aceite de soja; 9% para la carne y 12% para el trigo y maíz) o bien incrementarlas hasta los topes que fijó la ley de emergencia económica de 2019 (la soja ya subió de 30 a 33%).
Si el Gobierno no emite ninguna medida antes de fin de año, una segunda alternativa sería apelar al artículo 755 del Código Aduanero que le faculta establecer los derechos de exportación y establecer por decreto las alícuotas. Sin embargo, este camino presenta complicaciones pues en 2014 la Corte Suprema, a través del fallo “Camaronera Patagónica SA S/Amparo c/ Ministerio de Economía de la Nación”, fue categórica en cuestionar la validez constitucional de dicha facultad. En dicho fallo, el máximo tribunal afirma la naturaleza tributaria de los derechos de exportación; ergo, sólo el Congreso –y no el Poder Ejecutivo- tiene la atribución de fijarlos.
“A partir del 1 de enero las retenciones sólo pueden ser establecidas por ley del Congreso. Los decretos o resoluciones del Poder Ejecutivo en materia de retenciones son inconstitucionales, porque así lo dispuso un fallo de la Corte en 2014″, ratificó el diputado Alejandro Cacace (Evolución Radical). “A falta de una ley del Congreso que las establezca, las retenciones a partir del día 1 de enero de 2022 deberán ser 0%”, advirtió.
En el mismo sentido se expresó el diputado Ricardo Buryaile (UCR), especialista en temas agropecuarios. “Al caducar las facultades delegadas del Congreso al Poder Ejecutivo para fijar los aranceles en los derechos de exportación, estos aranceles caen. Vuelven al cero. Si el Gobierno apela al Código Aduanero para fijarlos por decreto, la cuestión se va a judicializar pues ya está el antecedente del fallo de la Corte de 2014″, sostuvo.
Un camino espinoso
Sin las facultades delegadas y con un fallo de la Corte Suprema que cuestiona el uso del Código Aduanero, la tercera alternativa es enviar un proyecto de ley al Congreso. Este es el camino más espinoso para el Gobierno, pues no tiene mayoría en ninguna de las cámaras y la oposición ya demostró en la Cámara de Diputados, con el rechazo al presupuesto 2022, su capacidad de fuego.
En el Gobierno son más que conscientes de estas dificultades. “Para aumentar las retenciones, hay que tener los votos, y hoy no los tenemos. Sin pasar por el Congreso, podemos subirlas tres puntos; pero eso no alcanza y, por lo tanto, si las queremos subir más tenemos que dar una batalla legislativa que tenemos perdida, porque ni nuestros propios legisladores de Córdoba o Santa Fe nos apoyarían”, se sinceraron fuentes ministeriales.
Consultados por LA NACION, los voceros de los ministros Guzmán y de Agricultura y Ganadería, Julián Domínguez, indicaron que por ahora no hay novedades sobre la acción a seguir. La oposición se refriega las manos ante la posibilidad de que la cuestión de las retenciones al campo se discuta en el Congreso.
“El Congreso no le ha dado al Ejecutivo ninguna facultad para fijarlas. Estamos en nueva época y corresponde ir reduciendo gradualmente las retenciones hasta terminar con ellas, pasándolas progresivamente a Ganancias”, sostiene Alejandro “Topo” Rodríguez, jefe del interbloque Federal.
Dicho proyecto se presentará en marzo próximo, anticipó el diputado Carlos Gutiérrez, del bloque Córdoba Federal e integrante del interbloque que preside Topo Rodríguez. “Las retenciones son un gravamen absolutamente regresivo que atenta contra la producción y castiga al productor. Por eso propondremos una baja progresiva en los derechos de exportación y que esta caída en la recaudación sea compensada con una suba, también progresiva, del impuesto a las ganancias”, anticipó Gutiérrez, mano derecha en el Congreso del gobernador cordobés Juan Schiaretti.
Rodríguez y Gutiérrez advirtieron, además, que el Poder Ejecutivo incumplió con el artículo 53 de la ley de emergencia económica, el cual lo obligaba a establecer mecanismos de segmentación y estímulo destinados a los pequeños productores y cooperativas cuyas actividades estén gravadas por las retenciones.
“Si bien este mecanismo de segmentación se aplicó durante 2020, en 2021 no se instrumentó nada. Les robó un año a los pequeños productores”, asestaron.
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