El Gobierno cambió la normativa para los viajes de funcionarios y dirigentes del Estado: “La vía más corta y el menor costo posible”
A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el Ejecutivo avanzó con recortes para las comitivas y delegaciones oficiales que viajen al exterior, las cuales ahora deberán presentar de ante mano los costos que tendrán que ser aprobados por el jefe de Gabinete
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En sintonía con los recortes en los gastos del Estado, el Gobierno decidió realizar cambios y modificaciones en los viajes y traslados de funcionarios y dirigentes de la Administración Pública Nacional. A través de la Decisión Administrativa 888/2024 publicada este miércoles a la madrugada en el Boletín Oficial, el Ejecutivo estableció que se deben buscar los vuelos más baratos, justificar el objetivo y el número de las comitivas, y estableció diferentes requisitos para el cobro de los viáticos.
En su artículo primero, la medida firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la Canciller, Diana Mondino, establece que los traslados en cumplimiento de misiones o comisiones al exterior de carácter oficial deberán efectuarse por la vía más corta y de menor costo posible. En tanto intima a que estos deberán “gestionarse con la suficiente antelación, a efectos de posibilitar el acceso a las mejores tarifas y rutas ofrecidas por el mercado”.
En ese sentido, explica que con el objetivo de abaratar costos, se deberá buscar “la aerolínea que realice la ruta más corta y cuente con la tarifa más apropiada, en la medida en que ello fuera posible”. “Los pasajes deberán emitirse por una misma aerolínea, en ruta de ida y vuelta, cuando esta fuese la opción más económica, con carácter de no endosable y reintegrable únicamente en la oficina de origen”, aclara.
Asimismo, ordena que desde ahora todo viaje deberá ser informado en carácter de declaración jurada, identificando “que el evento no cuenta con alternativas que permitan la intervención adecuada a distancia -a través de reuniones virtuales o de videoconferencias- y que la presencia en el evento resulta impostergable para los intereses del Estado Nacional”.
Tanto los viajes como traslados, sin importar el objetivo, deben ser debidamente comunicados ante la Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante el formulario “Informe de Planificación de Gestión Internacional”. Sera el propio jefe de Gabinete quien autorice o niegue la misión y firmada de manera conjunta por el funcionario con nivel no inferior a Subsecretario y el titular de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado del cual dependan.
Además, la autorización y firma de las autoridades correspondientes irán de la mano con la formulación del mencionado informe de planificación, el cual deberá contener:
- La copia de la invitación a la misión y/o el detalle de las razones que la justifiquen.
- Un cronograma de actividades; los montos a cubrir en concepto de pasajes, alojamiento y/o viáticos, en caso de corresponder.
- La reserva de pasajes, documento del que surja su coincidencia con el calendario de trabajo.
- La identificación de la cuenta en la que los viáticos y los gastos de alojamiento deberán ser depositados, en caso de corresponder.
- Una solicitud y propuesta del agente que realizará la comisión al exterior de carácter oficial.
- La situación de revista del agente que realizará la misión o comisión al exterior de carácter oficial.
Por último detalla que “los montos en concepto de viáticos y alojamientos en moneda extranjera serán establecidos sobre la base de la cotización de dicha divisa al día anterior a la fecha de partida, al tipo de cambio vendedor informado por el Banco Central” y aclara que “cuando en las invitaciones se garantice al funcionario o autoridad la cobertura de comida se liquidará, como máximo, un 50 % de los viáticos que le correspondieren”; y que cuando “las invitaciones garanticen al funcionario o autoridad la cobertura de alojamiento, no se liquidará asignación alguna en concepto de gasto de alojamiento”.
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