El fiscal Guillermo Marijuan pidió sobreseer a Cristina Kirchner en la causa de “La ruta del dinero K”
El juez Casanello es quien debe resolver; la Cámara Federal había insistido en que sea indagada ante la sospecha de que el dinero en poder de Lázaro Báez le pertenecía
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El fiscal federal Guillermo Marijuan pidió sobreseer a Cristina Kirchner en la causa conocida como “La ruta del dinero K”, la misma en la que Lázaro Báez fue condenado a 10 años de prisión, acusado de lavar 65 millones de dólares de la corrupción. Ahora es el juez federal Sebastián Casanello quien debe decidir el futuro de la vicepresidenta en ese expediente.
Marijuan había imputado a Cristina Kirchner y durante la instrucción del caso se había mantenido la sospecha al punto que la Cámara Federal insistió en varias ocasiones para que el juez indagara a la vicepresidenta ante la suposición de que la fortuna de Báez, valuada en casi 200 millones de dólares, pertenecía en realidad Cristina Kirchner. Pero este extremo nunca se probó como para procesar a vicepresidenta en este caso.
Marijuan entendió que la relación entre Báez y Kirchner está probada pero no encontró evidencia de que el dinero le perteneciera. “Entiendo y no tengo duda alguna, de la estrecha y directa relación personal entre Cristina Elisabet Fernández y Lázaro Antonio Báez”, dijo el fiscal en su dictamen de 46 carillas, al que accedió LA NACION.
El fiscal enumeró los negocios entre ambos: “Cristina Elisabet Fernández, representada por su hijo Máximo Kirchner entregó un inmueble en permuta a Austral Construcciones S.A., mientras que otro bien lo entregó en concepto de dación en pago de la obra ejecutada en la Quinta 10 A, de la ciudad de El Calafate. Además, el matrimonio Kirchner ha vendido a Austral Construcciones S.A., firma insignia de Lázaro Báez, diez propiedades, lo cual corrobora ese vínculo directo”, dijo,
El fiscal fue un paso más allá y señaló que, además de los vínculos comerciales, existieron al menos 372 llamadas entre los entornos de Cristina y Báez y entre ellos mismos. “Si lo expuesto no alcanzara para entenderlo o quisiera verse volcado en este legajo judicial, tenemos que la reciente prueba incorporada a esta causa a instancia del suscripto, en punto al estudio del entrecruzamiento de llamadas entre teléfonos de Lázaro Báez y Cristina Elisabet Fernández y/o sus secretarios y colaboradores, demuestran que el primero tuvo al menos 372 contactos telefónicos en un periodo de poco más de dos años”. Agregó a eso las visitas del empresario a la Quinta de Olivos.
“Con sólo imaginarse lo difícil o casi imposible que es para cualquier ciudadano llamar telefónicamente a un Presidente de la Nación, el resultado de esta medida, pone en evidencia, con esa inmensa cantidad de contactos, que Lázaro Báez y Cristina Fernández eran algo más que simples conocidos de Santa Cruz y tenían un contacto fluido”, escribo el fiscal.
Sin embargo, Marijuan admite en el dictamen su fracaso para ir más allá: “Habiendo transcurrido más de diez años desde el inicio de este proceso penal y casi cinco años desde la declaración indagatoria de la nombrada en el marco de este expediente [Cristina Kirchner], no he logrado reunir elementos probatorios que me lleven a avanzar más allá del estado de sospecha que permitió ordenar la comparecencia” en su declaración indagatoria.
El fiscal dijo que la “debilidad” de las pruebas se conjuga con un fallo de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal en el que se confirmó la condena de Lázaro Báez por lavado de dinero, pero se señaló allí que el dinero no provenía de los contratos de obra pública que recibió el empresario, sino de la evasión fiscal.
“Se suman los desacertados y erróneos fundamentos del reciente fallo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal -al voto mayoritario me refiero-, en punto al delito precedente del lavado de dinero al que vengo aludiendo”, expresó Marijuan y dijo que esto “no hace más que centrar la escena en la actividad ilícita en cabeza de Lázaro A. Báez y la evasión fiscal de su ‘patrimonio’, que yo llamaría botín, dejando a un lado el vínculo del lavado de activos con la obra pública vial y con ello al poder político de turno en ese momento”.
Ese fallo de la Casación fue firmado por los jueces Mariano Borinsky y Ángela Ledesma, con la disidencia del juez Javier Carbajo, que entendió que el dinero blanqueado por Báez provenía de la obra pública corrupta que recibió del kirchnerismo.
La imputación de Marijuan se basaba, entre otras cuestiones, en la declaración del financista arrepentido Leonardo Fariña, que mencionó una conversación con Báez en la que el empresario le dijo que la vicepresidenta le había advertido que la Embajada de Estados Unidos estaba preocupada por sus maniobras de lavado de dinero. Fariña dijo: “Me llama Lázaro que vaya a Carabelas [domicilio de la empresa de Báez], voy a Carabelas, me atiende solo y me dice que había venido de hablar con la jefa, que es Cristina Kirchner y que le había preguntado si él estaba sacando dinero al exterior porque desde la Embajada de Estados Unidos le habían comunicado eso. A lo cual él me dice que le responde que de ninguna manera, pero me dice que seamos más prudentes con los movimientos”.
Fariña había mencionado que supuestamente parte del dinero de Lázaro Báez era de Néstor Kirchner. Marijuan mencionó en su dictamen la condena contra Cristina Kirchner a seis años de prisión por favorecer a Báez con la obra pública y dijo que el dinero del empresario provenía de esa fuente.
Pero Marijuan dijo que cuando la Cámara de Casación confirmó la condena a Báez por lavado de dinero y le rebajó la pena de 14 a 10 años de prisión señaló que la fuente del dinero no era la obra pública, sino la evasión fiscal, en alusión al voto mayoritario de los camaristas Borinsky y Ledesma. Y que esa decisión debilita su acusación.
Para Marijuan, ese fallo desvincula a Cristina Kirchner del empresario y desliga ambas causas. El fiscal criticó el fallo de Ledesma y Borinsky y señaló que si bien Fariña dio elementos para indagar a la vicepresidenta, la sentencia de la Cámara de Casación desvincula las maniobras de lavado del eje del poder político.
Dijo que la condena de Báez y Kirchner en la misma causa no le bastan para un procesamiento ni para elevar el caso a juicio oral con la vicepresidenta como coautora, partícipe o instigadora del lavado de dinero.
Llamados y visitas a Olivos
Llamó la atención el hallazgo sobre las visitas y contactos entre Báez y Cristina Kirchner. El fiscal escribió que el 2 de diciembre de 2010 y el 23 de diciembre de 2012 está asentado el ingreso de Báez a la Quinta de Olivos. Además, se entrecruzaron las llamadas entre octubre de 2010 y abril de 2013 de 84 abonados, divididos en dos grupos: el primero correspondiente a teléfonos vinculados a Cristina Kirchner, incluidas líneas personales y las de sus secretarios privados y colaboradores; y el segundo, correspondiente a abonados atribuidos a Lázaro Báez. Se determinó la existencia de 372 comunicaciones entre sí.
De esas comunicaciones, cuatro se registraron entre líneas a nombre de Cristina Kirchner y teléfonos registrados como de Lázaro Báez. También existieron 23 comunicaciones con líneas de Casa de Gobierno, una con la residencia de Olivos y las restantes con colaboradores de Kirchner. También se registraron diez comunicaciones con la línea asignada a Mariano Cabral, 73 con Jorge Isidro Baltazar Bounine y 251 con Pablo Erasmo Barreiro, todos secretarios de Cristina Kirchner.
Marijuan también destacó que Báez ingresó a Olivos el 2 de diciembre de 2010 y registró otro llamado el 20 de diciembre de ese año, en coincidencia con el momento en que Fariña dijo que le hizo el comentario sobre la Embajada de Estados Unidos.
El fiscal afirmó que, a pesar de las 300 comunicaciones y visitas, que se desconocían hasta el momento, no alcanza para avanzar mas allá de la sospecha y por eso pidió sobreseer a la vicepresidenta. “El innegable vínculo con Lázaro Báez junto con quien se encuentra condenada ante este fuero federal, por sí sólo no permite avanzar en su procesamiento y menos aún en un juicio oral”, señaló.
“Este escenario deja al descubierto una falencia insalvable, esto es, la ausencia de elementos que permitan sostener la imputación que se dirigiera contra Cristina Elisabet Fernández y por dicha razón, corresponde dictar el sobreseimiento de la nombrada”, señaló el funcionario.
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