"Ocupación temporánea anormal": la figura que creó una ley de Videla y el Gobierno usa para intervenir Vicentin
La intervención de Vicentin que dispuso por decreto Alberto Fernández tiene el formato jurídico de una "ocupación temporánea anormal", figura que fue creada por la última dictadura militar con una ley que lleva la firma de Jorge Rafael Videla.
Se trata de la ley 21.499, "sancionada y promulgada con fuerza de ley" por Videla -según reza su texto- "en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional".
El Decreto 522/2020, firmado por Alberto Fernández y publicado ayer en el Boletín Oficial, dice en sus considerandos: "Que asimismo se dispone la ocupación temporánea por SESENTA (60) DÍAS de la sociedad VICENTIN S.A.I.C. en los términos de los artículos 57, 59 y 60 de la Ley N° 21.499, la que se dispone administrativamente en razón de utilidad pública y con el objeto de asegurar la continuidad de la empresa, la preservación de sus activos y de su patrimonio, y la protección de los puestos de trabajo en peligro, lo que se vuelve urgente en el marco de las emergencias dictadas por la Ley N° 27.541 y la situación de emergencia sanitaria inédita que vive el país, teniendo en cuenta el volumen de la empresa en cuestión, la soberanía alimentaria y la necesidad de evitar impactos de alta negatividad en la economía".
En esa ley regula la expropiación y desarrolla además la figura de la "ocupación temporánea", que es "anormal" cuando el Estado no indemniza al dueño de aquello que se ocupa. Los artículos a los que aludió el Gobierno para intervenir Vicentin son:
- Artículo 57: Cuando por razones de utilidad pública fuese necesario el uso transitorio de un bien o cosa determinados, mueble o inmueble, o de una universalidad determinada de ellos, podrá recurrirse a la ocupación temporánea.
- Artículo 79: La ocupación temporánea anormal, puede ser dispuesta directamente por la autoridad administrativa, y no dará lugar a indemnización alguna, salvo la reparación de los daños o deterioros que se causaren a la cosa o el pago de daños y perjuicios debidos por el uso posterior de la cosa en menesteres ajenos a los que estrictamente determinaron su ocupación.
- Artículo 60: Ninguna ocupación temporánea anormal tendrá mayor duración que el lapso estrictamente necesario para satisfacer la respectiva necesidad.
En el caso de Vicentin, el decreto de necesidad y urgencia firmado por Fernández establece que el plazo de la ocupación será de 60 días.
El uso de esta figura fue cuestionado por especialistas en derecho constitucional.Según Andrés Gil Domínguez, la ocupación "anormal" está pensada para situaciones excepcionales, de emergencia. "Si bien es una empresa que ocupa un lugar estratégico en la economía, es muy discutible que esta intervención responda a una situación así", dijo.
Antecedentes
El kirchnerismo ya utilizó en otras oportunidades esta ley para disponer expropiaciones de alta trascendencia política. Por ejemplo, en abril de 2012, cuando Cristina Kirchner, en su segundo mandato, remitió al Congreso un proyecto de ley para expropiar el 51% del patrimonio de YPF, denominado "Soberanía hidrocarburífera de la República Argentina".
El Presidente anunció el lunes la intervención de la firma exportadora de granos, harinas y aceites Vicentin, que se encuentra en concurso de acreedores y tiene una deuda de $100.000 millones. En paralelo, buscará expropiarla con un proyecto de ley enviado al Congreso.
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