El Consejo de la Magistratura de Santa Cruz deja en evidencia la doble vara de Cristina Kirchner
Preside el organismo un miembro del Tribunal Superior de Justicia, al igual de lo que sucede ahora con Rosatti; el ente fue creado en 1998 en medio de una reforma constitucional que no estuvo libre de escándalos
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EL CALAFATE.- Pese a que hoy el kirchnerismo cuestiona que el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Horacio Rosatti, quede al frente del Consejo de la Magistratura, en Santa Cruz el organismo que evalúa a los magistrados está presidido por un miembro del Tribunal Superior de Justicia, según quedó establecido en la ley que rige su constitución y que fue impulsada por el kirchnerismo hace más de dos décadas.
La vicepresidenta Cristina Kirchner, que ayer se quejó por “la casta de la que nadie habla” en su cuenta de Twitter, fue constituyente en 1998 cuando en Santa Cruz se reformó la Constitución Provincial entre cuyos cambios se estableció el Consejo de la Magistratura. La reforma constitucional terminó en un escándalo y fue aprobada solo por los constituyentes que respondían al kirchnerismo.
¿En serio que sólo el periodista Matías Mowszet se dió cuenta de lo que va a pasar mañana en Argentina tu país? Qué raro… con tantos periodistas independientes y de investigación que hay en la tele y en los grandes diarios.
— Cristina Kirchner (@CFKArgentina) April 17, 2022
La casta de la que nadie habla. pic.twitter.com/rq2K703WVi
“El Presidente del Consejo de la Magistratura será el miembro representante del Tribunal Superior de Justicia y ejercerá las atribuciones que dispone esta ley y las demás que establezca el reglamento que dicte el Consejo. El Presidente tiene los mismos derechos y responsabilidades que los miembros del Consejo, y en caso de empate en una votación su voto se computará doble”; así lo establece el artículo 8° de la ley 2.552 que regula el Consejo de la Magistratura promulgada en el año 2000.
La ley local le da al Consejo de la Magistratura, facultades solo para el concurso y elección de ternas para magistraturas inferiores que envían al poder Ejecutivo, pero no tiene facultades de jury de enjuiciamiento, en tanto que el artículo 13 establece que los postulantes para llegar a ser juez deben ser natural de la provincia o bien contar con cuatro años de residencia efectiva y continua en la provincia.
En tanto que es una de las pocas provincias, donde hay un miembro que resulta directamente elegidos por el pueblo, y tiene jerarquía constitucional, la elección del mismo, coincide con las elecciones provinciales a gobernador y su nombre suele incluirse en las boletas partidarias, por lo cual, su suerte suele estar atado al partido que gane la gobernación.
En Santa Cruz, el Consejo de la Magistratura, desde que se implementó en 2000, siempre tuvo mayoría kirchnerista. La ley establece que se integra por siete miembros: un miembro del Tribunal Superior de Justicia, un diputado provincial, un representante del Poder Ejecutivo, uno de los magistrados, uno de los empleados judiciales, uno por los abogados de la matrícula provincial, y un representante del pueblo de la provincia.
La reforma que terminó con escándalo
En 1998 los Kirchner impulsaron la segunda reforma a la Constitución en Santa Cruz – la primera fue en 1994 y permitió la reelección- que tenía por principal objetivo instaurar la reelección indefinida y le agregaron dos motivos más: la creación del Diputado por Pueblo y del Consejo de la Magistratura.
Por tal motivo convocaron a una consulta popular el 17 de mayo de 1998. Se presentaron dos boletas en el cuarto oscuro: una por el SI y otra por el NO. La palabra “reelección” tenía una tipografía destacada. El radicalismo decidió dar la batalla en tribunales e hizo una presentación judicial en todos los juzgados de la provincia: un recurso de amparo pedía que se declare la inconstitucionalidad de la reforma. Disciplinadamente todos los jueces lo rechazaron.
Una semana antes de la elección, el juez subrogante de Puerto Deseado, Marcos Oliva Day dio lugar al amparo. La entonces fiscal de Estado Angelina Abonna le pidió al TSJ que se aboque en forma urgente al expediente en manos de Oliva Day ya que se había “arrogado facultades que no le corresponden”. El TSJ acató y pidió la remisión del expediente en 12 horas. Y habilitó la elección.
A Oliva Day lo tuvieron con la amenaza del juicio político por casi dos años y Abonna luego sería la Procuradora del Tesoro de la Nación durante la presidencia de Cristina Kirchner. Mientras tanto la oposición denunció un per saltum y el fin de la legalidad en Santa Cruz. Ganó el SI a la reforma con el 55% de los votos. Con el plebiscito a favor, se convocó a la elección de constituyentes y la lista del PJ encabezaba Cristina Kirchner, ganó con el 54%.
“Esta reforma no se realizará entre cuatro paredes sino de cara a la gente que no se tuvo que enterar por los diarios como hizo Alfonsín con Menem en la casa de Caputo”, aseguró la entonces diputada nacional Cristina Fernández de Kirchner. La oposición cuestionó judicialmente la reforma y llegó con su reclamo a la Corte Suprema con una presentación que entre otros juristas avalaba Eugenio Zafaroni. La misma fue rechazada.
La sesión preparatoria del 9 de noviembre terminó en un escándalo. Duró apenas 38 minutos, el tiempo suficiente para que los convencionales de la oposición se retirasen como protesta. La reforma se concretó con sólo 14 convencionales del PJ. Entre ellos estaban Cristina, Zannini, Héctor Icazuriaga, y el ex gobernador Sergio Acevedo entre los más relevantes.
La reforma de 1998, no solo consolidó un esquema de poder hegemónico en la provincia con la reelección indefinida, sino que desdibujó la representación de las minorías en la legislatura con la creación del Diputado por Pueblo y creó un Consejo de la Magistratura a medida del kirchnerismo.
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