El Congreso fija límites para las prisiones preventivas
Una comisión bicameral del Congreso ordenó la entrada en vigor en todo el país de nuevas pautas que fijan límites a las prisiones preventivas.
Establece que el fiscal o la querella pueden pedirle al juez el dictado de una prisión preventiva únicamente cuando otras nueve medidas de coerción, menos lesivas, "no fueren suficientes para asegurar" el proceso. Esas otras medidas incluyen desde la promesa del acusado de que no se va a fugar hasta prohibiciones de asistir a determinados lugares y la vigilancia con medios electrónicos, como una tobillera.
La resolución de ayer establece también la entrada en vigor de pautas más concretas para determinar cuándo existe peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación (los requisitos para disponer prisiones preventivas). Estas normas implican un límite a la discrecionalidad de los jueces, que de todos modos seguirán teniendo atribuciones amplias para juzgar si existe o no necesidad de mantener detenido a un acusado.
El presidente electo, Alberto Fernández, denunció en los últimos meses un "abuso" de las prisiones preventivas contra exfuncionarios kirchneristas, pero en el gobierno de Mauricio Macri también hubo críticas a los magistrados por este tema. El ministro de Justicia, Germán Garavano, desde hace tiempo cuestiona las largas prisiones preventivas. Dijo incluso que nunca es bueno que se pida la detención de una expresidenta, lo que le generó un pedido de juicio político de Elisa Carrió.
Esta coincidencia entre la oposición y parte del oficialismo va en línea con la conversación que mantuvieron Fernández y Macri el día después de las elecciones generales de octubre, cuando el presidente electo le dijo a Macri que no podían seguir siendo "rehenes" de los jueces federales.
Todas estas pautas que entrarán en vigor ahora están previstas en el nuevo Código Procesal Penal, sancionado por el Congreso, que pone en práctica un sistema acusatorio y empezó a aplicarse en el Norte del país, como parte de un plan de implementación progresiva a lo largo del territorio nacional.
Lo que decidió ayer la Comisión Bicameral de Implementación del nuevo código es que, mientras se avanza en ese proceso, se vayan aplicando estas normas de inmediato en todo el territorio.
Estableció concretamente cuáles son los once artículos que deben empezar a aplicarse de inmediato; entre ellos, tres referidos a prisiones preventivas.
Esto va en línea con fallos que había dictado ya la Cámara Federal de Casación, máximo tribunal penal, que había advertido que el método de implementación elegido para el código no podía impedir que un acusado tuviera acceso a nuevos institutos que podrían mejorar su situación -cuando sí eran aplicables a imputados de Salta y Jujuy, donde el código ya rige plenamente- porque eso afectaba los principios de igualdad y de la ley penal más benigna.
La Comisión Bicameral, que preside Rodolfo Urtubey (PJ), estableció además que, siguiendo el proceso de aplicación progresiva, se iniciará ahora el proceso de implementación del nuevo código en Mendoza y Rosario.
Además de las pautas para ordenar las prisiones preventivas, la resolución dispone que se implementen también otras previsiones novedosas del nuevo código, como la conciliación penal y el principio de oportunidad, que faculta a la fiscalía a no impulsar, por ejemplo, investigaciones por hechos insignificantes (en la Justicia Penal argentina se llegó a llevar adelante un largo proceso por el hurto de un pedazo de queso).
La conciliación permite que el imputado y la víctima lleguen a un acuerdo en casos de delitos "con contenido patrimonial cometidos sin grave violencia sobre las personas" o de "delitos culposos si no existieran lesiones gravísimas o resultado de muerte".
La resolución de ayer pone en vigor también nuevos derechos de las víctimas, como ser escuchadas "antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal".
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