El artículo 13. Diplomáticos, en alerta por el fin de la jubilación de "privilegio"
El gremio que nuclea a los diplomáticos están en estado de alerta. Expondrá hoy en la reunión de comisión de Diputados su preocupación por el proyecto del Gobierno que prevé recortes en las jubilaciones para jueces y el personal de carrera del servicio exterior.
De la iniciativa oficial, el artículo que consideran que más los perjudica es el 13, que establece que los futuros egresados de la carrera del Servicio Exterior sean "obligatoriamente comprendidos en el régimen previsional general". Es decir, sería el fin para las jubilaciones especiales o llamadas de "privilegio".
"Dejan de considerar la especificidad del funcionario diplomático que implica el desarraigo, los traslados constantes y más años de aportes, entre otras cosas", dijeron desde la Asociación Profesional del Servicio Exterior de la Nación (Apsen) a LA NACION. A su vez, detallaron que son 1046 los diplomáticos activos y que los que realizan a la carrera cada año varía entre 20 y 50 ingresantes, según disponga el Poder Ejecutivo.
Hubo reuniones durante las últimas semanas en un auditorio del ministerio de Relaciones Exteriores para buscar una postura común y tratar de impulsar cambios en el proyecto que el Gobierno prevé tratar mañana en Diputados. Según pudo saber LA NACION, las inquietudes de los diplomáticos provenían de todos los rangos y sin distinción de edad.
En una carta al canciller Felipe Solá, el gremio había recurrido a una cita del expresidente Juan Domingo Perón para manifestar su disconformidad con el proyecto: "[Perón] propuso que el Servicio Exterior tuviera características especiales dentro de la Administración Pública, y contara con 'un régimen previsional adecuado a las peculiaridades y necesidades propias del sector'".
Y agregaron: "Es evidente que el Presidente Perón entendía muy bien que los diplomáticos son un cuerpo estratégico dentro del Estado; que no son privilegiados, sino trabajadores sometidos a condiciones laborales atípicas; con estrictas incompatibilidades; y que cuestiones como el desarraigo, la dedicación exclusiva, la posibilidad de ser convocados al servicio activo en cualquier momento y la imposibilidad de trabajo y aportes para sus cónyuges, entre otras, los afectan tanto a ellos como a sus familias a lo largo de toda su vida y ameritan consideraciones especiales".
El artículo 13 establece: "Los funcionarios de carrera del Servicio Exterior de la Nación que sean designados en alguno de los cargos previstos en el artículo 1°de la Ley N°22.731 a partir de la entrada en vigencia de la presente, estarán obligatoriamente comprendidos en el régimen previsional general instituido por la Ley N°24.241, sus complementarias y modificatorias, quedando a su respecto derogado el régimen previsional especial instituido por ley 22.731".
Los cargos que menciona son todos los que se contemplan dentro de los rangos diplomáticos: embajadores, ministros y secretarios de diferentes categorías.
También hay malestar por la suba de aportes, ya que el proyecto prevé una suba del índice.
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