Dónde voto: cuándo se podrá conocer el padrón electoral para las elecciones 2023
El cierre de listas ya definió los candidatos que competirán en las PASO del 13 de agosto y en las generales del 22 de octubre; a qué edades el voto es optativo y quiénes están exceptuados de sufragar
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La oferta electoral de candidatos para este 2023 quedó definida tras el cierre de listas. Sin embargo, los ciudadanos todavía no tienen disponible la información de dónde votan, la cual está contenida en el padrón electoral, cuya versión definitiva se encuentra aún en confección por parte de la Cámara Nacional Electoral.
Según lo anunciado por este tribunal competente, la lista de todos los votantes habilitados en el país se conocerá el 14 de julio, cuando falte menos de un mes antes para la realización de las PASO (Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias), pautadas para el domingo 13 de agosto.
Una vez publicado, el plazo para subsanar errores u omisiones en el padrón se abrirá por diez días más y se cerrará el próximo 24 de julio.
Cómo realizar un reclamo al padrón electoral
Una vez que se habilite nuevamente la opción de hacer reclamos en el padrón electoral, se podrá acceder al mismo a través de la página oficial de la Cámara Nacional Electoral. Allí habrá que ingresar al botón con la leyenda ‘Reclamos’ que figura en la parte inferior del portal para revisar el padrón. Esta pestaña permite realizar un reclamo nuevo, pero también seguir el estado de una notificación previa.
Quienes empiecen un reclamo tendrán que completar el formulario electrónico en el que pueden precisar el origen del pedido entre las siguientes opciones:
- Error en los datos
- Domicilio incorrecto o desactualizado
- Nunca figuró en el padrón
- Naturalizados o argentinos por adopción
- Denuncia de fallecimiento
El punto seleccionado deberá ser acompañado de la documentación que acredite el caso: documento de identidad, partida de nacimiento o partida de defunción. Además de remitirse online, el conjunto también podrá imprimirse y presentarse en persona hasta las 16.30 del 24 de julio en la mesa de entradas de la Secretaría Electoral del distrito. También se podrá enviar por correo a la Secretaría Electoral de la Capital Federal, ubicada en Tucumán 1320 (C1050AAB).
Cómo será el padrón electoral 2023
Habitualmente, este servicio ciudadano sirve para todos los electores de la Argentina. Ingresando allí el número de DNI, el género y el código de validación, se obtienen el nombre y dirección del establecimiento donde se vota, el número de mesa y el número de orden en al padrón.
Cuándo son las PASO, las generales y un eventual ballotage
La CNE oficializó el esquema de los comicios nacionales, estructurado a partir de lo que dispone la Ley 26.571. Según esta normativa, las PASO (Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias) serán el 13 de agosto, y las elecciones generales se celebrarán el domingo 22 de octubre.
En el caso de que ninguno de los candidatos presidenciales obtenga el 45 por ciento de los sufragios o el 40 por ciento sumado a una diferencia de 10 puntos con respecto al segundo postulante, se desarrollará una segunda vuelta o ballottage entre los dos que obtuvieron la mayor cantidad de votos. Según establece la Constitución Nacional, este se debe realizar en un período de hasta 30 días posteriores a la elección general: es decir, el domingo 19 de noviembre.
A qué edades el voto es optativo
La legislación nacional contempla que los mayores de 70 años quedan exceptuados de emitir el sufragio. Es decir que, si deciden no acudir a los colegios electorales, no se aplican las penalidades económicas e inhibitorias que si tienen quienes no cumplan con esta obligación cívica.
Además, la ley prevé que los jóvenes entre 16 y 18 años también tienen el voto optativo, por lo que —al igual que los mayores de 70 años— pueden elegir sufragar o no.
Quiénes están exceptuados de votar
- Los jueces, juezas y sus auxiliares que el día de la elección estén afectados a los comicios.
- Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 km de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.
- El personal de organismos o empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que les impidan asistir a la votación durante su desarrollo. En este caso, el empleador o su representante legal deberá comunicar al Ministerio del Interior la nómina respectiva con 10 días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.
- Quienes por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener por parte de sus empleadores una licencia especial que les permita concurrir a emitir su voto y, eventualmente, desempeñar funciones en el acto electoral, sin que ello implique una deducción del salario ni recarga horaria posterior.
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