Coronavirus en la Argentina: avanza una ley que otorga protección jurídica a los laboratorios que suministren la vacuna
A instancias del Ministerio de Salud, la Cámara de Diputados se apresta a aprobar mañana un proyecto de ley que le otorgará facultades al Poder Ejecutivo para avanzar en la compra de la vacuna contra el Covid-19 por medio de contratos que, a pedido de los laboratorios productores, los protejan jurídicamente ante eventuales juicios.
La iniciativa, que cuenta con el apoyo de todos los bloques, fue elaborada por el diputado oficialista Pablo Yedlin, presidente de la Comisión de Salud de la Cámara baja. Según explicó el legislador, el objetivo del proyecto es incorporar herramientas contractuales que hoy no están contempladas en la legislación argentina para facilitar la compra de las vacunas en un contexto de alta demanda mundial.
Entre esas cláusulas figura la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales y judiciales con sede en el extranjero, una de las principales exigencias de los laboratorios. Esta cláusula permitiría que los juicios que pudiesen entablarse por cualquier inconveniente en el proceso de compra de la vacuna no se realicen en la Argentina, sino en el país donde está radicado el laboratorio con el que se celebró el contrato.
"Renunciamos a oponer defensa de inmunidad soberana en temas particulares que tengan que ver con esto, como se ha hecho varias veces, por ejemplo, con la deuda externa", explicó Yedlin, y aclaró que "este es un pedido que hace la industria farmacéutica a todos los países".
La cláusula no regirá para "terceros residentes" en el país, sean "personas humanas o jurídicas", quienes conservarán su derecho de acudir a los tribunales locales o federales del país por sus contratos.
Por otra parte, el proyecto faculta a que los contratos a celebrarse incluyan cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecuniarias hacia quienes participen de la investigación, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas. "Las indemnizaciones van a tener que ser asumidas por la industria y por nosotros como compradores", indicó Yedlin.
Además, y también a pedido de los laboratorios, los contratos incorporarían cláusulas de confidencialidad para que no se develen los datos técnicos de la vacuna. "En cambio, todo lo referido al precio que se pagó por la vacuna, cuántas dosis se adquirieron, será público y será revisado por la Auditoría General de la Nación y ambas comisiones de Salud del Congreso", aclaró Yedlin.
El diputado tucumano aclaró que estas cláusulas regirán solo para las vacunas contra el Covid-19 y advirtió que si el Estado no cuenta con esas herramientas contractuales, la Argentina podría quedar rezagada en la compra de las vacunas.
El legislador explicó que en la actualidad hay dos modalidades de compra de las vacunas contra el coronavirus. Una es por medio del fondo Covax, que administra la Organización Mundial de la Salud, en el cual participa la Argentina: este fondo se nutre de los aportes que realizan los distintos países para garantizarse un suministro mínimo de vacunas. "Sin embargo, en nuestro caso, no creemos que alcance para cubrir siquiera la población de riesgo", advirtió Yedlin.
La otra modalidad tiene que ver con los contratos bilaterales que celebran los gobiernos de los distintos países con los laboratorios productores de la vacuna, entre los que se cuentan AstraZeneca, Moderna, Pfizer, entre otros. Algunos de estos laboratorios (como AstraZeneca) manejan modelos de contratos denominados "sin ganancias pero sin pérdidas", por el que proveen vacunas subsidiadas a bajo costo pero donde se traslada a los Estados compradores parte de los riesgos propios del desarrollo de la vacuna. Por esa razón exigen cláusulas especiales en los contratos. "Por eso resulta necesario otorgar las autorizaciones y las facultades al Ministerio de Salud para que pueda eventualmente celebrarlos", sostuvo Yedlin.
El legislador añadió que, de aprobarse esta iniciativa, la compra de las vacunas quedará exenta del pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o portuario, de cualquier naturaleza u origen, incluido el IVA.
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