Después de 15 años, finalmente es ley el acceso a la información pública
La norma obliga a los tres poderes del Estado, a partidos políticos, empresas y gremios, entre otros, a responder los pedidos de cualquier ciudadano; obtuvo 182 votos a favor y sólo 16 en contra
Después de 15 años de espera, es ley el proyecto que regula el acceso a la información pública, una herramienta clave para promover la participación ciudadana en la transparencia y el control en la administración pública. La norma obliga a los tres poderes del Estado, al Ministerio Público, a empresas, partidos políticos, universidades y gremios que reciban aportes públicos, a responder las solicitudes de información que eleve cualquier ciudadano en un plazo no mayor a un mes.
La flamante ley, inspirada en un proyecto que elevó el Gobierno al Congreso en abril, se sancionó ayer en la Cámara de Diputados en un trámite raudo y sin debate. Con el propósito de no dilatar más los tiempos, la mayoría de los diputados acordaron ratificar la versión que aprobó la Cámara en mayo y descartar los cambios que había incorporado el Senado la semana pasada. La iniciativa se aprobó con 182 votos positivos frente a 16 negativos, estos últimos provenientes de los bloques de izquierda, del socialismo y de Libres del Sur.
Una paradoja: el kirchnerismo, que mientras ejerció el gobierno trabó y demoró la aprobación de la ley, ayer no sólo apoyó la norma, sino que incluso facilitó los dos tercios de los votos para apurar la sanción.
Eufórico, el ministro de Modernización, Andrés Ibarra, celebró la sesión de ayer. "Hoy la Argentina se ubica en el puesto 54 en el mundo en materia de apertura de datos públicos. El acceso a la información es un derecho, pero nuestro objetivo es ser uno de los 10 países más transparentes del mundo", exaltó.
La flamante ley impone plazos muy precisos para que los distintos órganos del Estado cumplan con su deber de informar: 15 días, y la posibilidad de una prórroga "excepcional" por otros 15 días. Al respecto, el diputado Pablo Tonelli (Pro), presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, calificó de "gran avance" la sanción de la ley. "No sólo toda persona humana o jurídica tiene derecho a requerir información pública, sino que el proceso es muy simple y las excepciones son de alcance limitado", destacó.
Justamente, entre las excepciones a la obligación de informar figura la información clasificada como reservada, confidencial o secreta por razones de defensa o de política exterior.
También, toda aquella información que pudiera poner en peligro el funcionamiento del sistema financiero; secretos industriales, comerciales, financieros, científicos cuya revelación pudiera perjudicar el nivel de competitividad.
La Argentina era, junto a Bolivia, Cuba y Venezuela, el único país de la región sin una ley de acceso a la información pública. Ahora que fue sancionada, los distintos organismos del Estado tendrán un año para adaptarse a las condiciones que le impone la norma. Reemplazará, así, al decreto 1172/2003, un instrumento que permitía acceder a la información pública pero sólo del ámbito del Poder Ejecutivo. Ahora estarán afectados los tres poderes.
"En adelante veremos cuál de los tres poderes del Estado cumple más acabadamente con las obligaciones de la ley. Esa es ahora nuestra tarea: verificar la instrumentación de la norma", enfatizó la diputada Karina Banfi (UCR-Cambiemos).
La advertencia parece dirigirse hacia el Poder Judicial y el Poder Legislativo (sobre todo la Cámara de Diputados), que hasta ahora se muestran reticentes a brindar información. Sin ir más lejos, la Corte Suprema rechazó la semana pasada un pedido que había formulado la diputada Elisa Carrió (Coalición Cívica) para acceder a las declaraciones juradas de su presidente, Ricardo Lorenzetti.
"En muchas oportunidades, Lorenzetti se expresó a favor de la ley de acceso a la información. Esta es una contradicción que ahora deberá resolver", desafió Banfi.
Agencia independiente
La ley crea una Agencia de Acceso a la Información Pública, un ente autárquico que funcionará con autonomía funcional en el ámbito del Poder Ejecutivo. Su director, propuesto por el gobierno nacional, deberá ser elegido en un procedimiento público y durará cinco años en su cargo. Tendrá el rango de un subsecretario de Estado.
Asimismo, cada uno de los poderes del Estado deberá crear sus propias agencias cuyo funcionamiento deberá ser acorde al de la Agencia de Acceso a la Información Pública.
El Senado, en las modificaciones que incluyó y fueron descartadas, había propuesto que el titular de la agencia debía contar con el acuerdo del Senado. Asimismo, los senadores habían incorporado una cláusula para que las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, como es el caso de YPF, también fueran obligadas a informar. También fue desechada.
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