Derechos Humanos: la ONU manifestó su “preocupación” por cambios “regresivos” de la ley ómnibus
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) expresó que el proyecto tiende a “flexibilizar el uso de la fuerza” en las protestas sociales
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En un intento del gobierno de Javier Milei de limitar el alcance de las protestas en la ley ómnibus, junto con el protocolo antipiquetes de Patricia Bullrich, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh) manifestó “preocupación” por los cambios “regresivos” incluidos en el proyecto que el oficialismo busca darle media sanción el martes.
El organismo de la ONU expresó su “preocupación” por el proyecto de la Ley Bases enviado por el Gobierno nacional y en tratamiento por la Cámara de Diputados, ya que “contiene varios cambios que podrían caracterizase como regresivos” porque tienden a “flexibilizar el uso de la fuerza” frente a protestas.
“Preocupa que el proyecto intente flexibilizar el uso de la fuerza, debilitar la rendición de cuentas y la responsabilidad por los resultados de ella y, además, aumentar la posibilidad de violencia por particulares, expandiendo la noción de legítima defensa”, expresó Jan Jarab, representante regional para América del Sur del Acnudh, en una carta con fecha del 22 de enero enviada a los presidentes de los bloques legislativos en la Cámara de Diputados.
Otra vez la ONU advirtió sobre la ley ómnibus. Ahora el Alto Comisionado para los DDHH hizo especial foco en la criminalización de quienes participen u organicen protestas y sobre el permiso para el uso arbitrario de armas de fuego por parte de policías.https://t.co/yd5v1bTMnx pic.twitter.com/aVdi1yob56
— CELS (@CELS_Argentina) January 29, 2024
El texto indicó como un “principal elemento de preocupación” que entre las reformas propuestas al Código Penal por el proyecto de Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, surge la “hipótesis eximente de responsabilidad llamada ‘obediencia debida’”, como también que “la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”.
“En la práctica, esto significaría eliminar uno de los requisitos fundamentales para el uso legítimo de la fuerza, permitiendo un uso indiscriminado y arbitrario, incluso en un contexto de manifestaciones”, agregó Jarab.
Para el representante regional, los cambios en este tipo de normas dificultarían “la rendición de cuentas posterior al uso de la fuerza por parte de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, afectando también el derecho de las víctimas a obtener justicia cuando corresponda”.
“Argentina ya ha tenido problemas con el uso innecesario o excesivo de fuerza por parte de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley”, recordó en ese sentido.
Analizó que también “preocupa” al Alto Comisionado que se amplíen “las hipótesis de la figura eximente de la legítima defensa”, algo que “podría representar un peligro de autotutela y violencia, más aún en un contexto complicado a nivel político, social y económico”.
Por último, Jarab indicó que la protesta “es un derecho que históricamente fue vehículo para conseguir otros derechos, desde los civiles y políticos hasta los económicos, sociales, culturales y ambientales”, por lo que es “deber del Estado garantizar su ejercicio”.
Qué propone la ley sobre las manifestaciones y cortes de calles
La iniciativa incorpora en el Código Penal nuevos controles a las manifestaciones y agrava las penas por los cortes de calle. Tanto que a quien “impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento” del transporte lo castiga con hasta tres años y medio de cárcel; es decir que, de aprobarse esta reforma, el piquete puede tener un castigo de prisión efectiva. Hoy, el máximo de ese delito es de dos años. Además, sanciona especialmente a los organizadores de los cortes y los hace solidarios por los daños que pudieran producirse.
Establece también la obligatoriedad de notificar “fehacientemente ante el Ministerio de Seguridad de la Nación” toda “reunión o manifestación” de más de 30 personas. El proyecto dice que el ministerio podrá “oponerse a la realización de la reunión o manifestación basándose en cuestiones que hagan a la seguridad de las personas o la seguridad nacional”. Y aclara que “podrá proponer modificaciones tanto de horario, ubicación o fecha de realización”. No consigna qué pasa si los manifestantes desoyen esa “propuesta” del Gobierno. Incluso las “manifestaciones espontáneas” deben ser notificadas.
Con información de la agencia Télam.
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