Defraudación al Estado: condenaron a Ricardo Echegaray y absolvieron a Fabián de Sousa y Cristóbal López en la causa Oil
Los empresarios estaban acusados de retener más de 8000 millones de pesos en impuestos al Estado; el extitular de la AFIP recibió una condena de cuatro años y ocho meses de prisión y la inhabilitación perpetua
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El extitular de la AFIP Ricardo Echegaray fue condenado a cuatro años y ocho meses de prisión y a la inhabilitación perpetua para ejercer la función pública por ser considerado autor de la maniobra de defraudación al Estado por el otorgamiento irregular de planes de pago a la firma Oil Combustibles. Por decisión de la mayoría del Tribunal Oral Federal 3, los empresarios dueños del Grupo Indalo Cristóbal López y Fabián de Sousa, que eran acusados como partícipes necesarios, fueron absueltos.
La decisión la tomaron por mayoría los jueces federales Javier Ríos y Fernando Machado Pelloni, en un fallo que puso fin a un juicio oral y público que duró más de dos años y que se extendió a lo largo de 81 audiencias. El juez federal Andrés Basso votó en disidencia, a favor de condenar a cuatro años y cuatro meses a De Sousa y López, y con un criterio distinto para condenar a Echegaray. La justicia corroboró que gracias al delito cometido por Echegaray el Grupo Indalo expandió sus empresas, pero la mayoría no encontró motivos para condenar a los dueños del conglomerado.
Los fundamentos de esta sentencia serán difundidos el 17 de marzo del próximo año. Este fallo, de alto voltaje político, no está firme y podrá ser recurrido en la Cámara de Casación Penal por el Ministerio Público Fiscal. Si bien aún no fueron difundidos los fundamentos de la resolución, LA NACION reconstruyó que el voto de la mayoría para absolver a los empresarios se basa en que eran particulares y no funcionarios públicos. La disidencia, por el contrario, contempla que no se puede considerar culpable a Echegaray sin condenar a López y De Sousa, dado que se encontraría probada la connivencia entre el fisco y los empresarios para llevar adelante la maniobra.
Echegaray estaba acusado de haberles permitido acumular a López y De Sousa más de $8000 millones de deuda por el impuesto a la transferencia de los combustibles líquidos. Fue considerado por la acusación coautor de la maniobra, mientras que López y De Sousa estaban acusados de ser partícipes necesarios del delito de defraudación por administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública.
La fiscalía había acreditado que existía una simetría entre las cifras que acumulaba Oil Combustibles en concepto de deuda con los montos que transfería en concepto de préstamos intercompany a firmas del Grupo que no tenían relación con lo estipulado en el artículo 32 de la ley 11.683, que reglamenta el otorgamiento de los planes de pago particulares.
El objeto procesal del caso era el otorgamiento irregular de cuatro planes de pago generales y particulares de la AFIP a la petrolera Oil Combustibles. A partir de esa hipótesis, en la que se acusó a Echegaray por omitir controles al cumplimiento de los planes, la petrolera funcionaba como la caja del resto de las firmas del Grupo Indalo, que tenían objeto social distintos del de Oil.
López y De Sousa habrían usado, según la acusación, los recursos que le debían al fisco para financiar la expansión del conglomerado, mediante préstamos intercompany, con un sistema de “caja única” reconocido por ellos dos en sus declaraciones indagatorias.
Los fiscales Juan Patricio García Elorrio y Diego Velasco, únicos acusadores tras el desistimiento de la AFIP que conduce Mercedes Marcó del Pont como querellante, habían pedido condenar a Echegaray a cuatro años y ocho meses de cárcel como coautor de la maniobra, y a los empresarios a cuatro años y cuatro meses como partícipes necesarios. Consideraron acreditada la maniobra de la petrolera Oil Combustibles para financiar a las empresas del Grupo Indalo con el dinero que, según dijo, se le debía a la AFIP.
Consultado por LA NACION, el defensor de Echegaray, León Arslanian, dijo: “Nos parece una resolución arbitraria e insólita. Mientras no conozcamos los fundamentos no podemos hacer una crítica puntual, pero esto es insostenible”.
Los fiscales podrán presentar un recurso de apelación para que la Cámara de Casación revise esta sentencia. La Sala del máximo tribunal penal que interviene en esta causa es la 1, igual que en los casos Hotesur, Cuadernos y Memorándum con Irán. Está integrada por los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa.
El juicio oral por esta causa comenzó en junio de 2019. Tuvo una interrupción de cinco meses por la pandemia de coronavirus, hasta que fue retomado vía Zoom. Hay un tramo restante de la causa que todavía no fue elevado a juicio, en el que exfuncionarios de la AFIP son investigados por haber intervenido en el otorgamiento de los planes de pago a Oil Combustibles. En los últimos tres años, Echegaray se liberó de una veintena de causas judiciales. El fallo dictado hoy por el TOF 3 representó, acaso, su primera derrota en los tribunales federales de Comodoro Py.
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