De cuánto es la multa por no ir a votar a presidente en Elecciones Argentina 2023
El voto en nuestro país es obligatorio, por lo que los ciudadanos que no se presentaron a sufragar hoy recibirán sanciones; ¿cómo justificar el no voto ante la Cámara Nacional Electoral?
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Las mesas de votación de las elecciones generales de hoy, domingo 22 de octubre, cerraron a las 18. Durante la jornada, los argentinos entre los 18 y 70 años que aparecen en el padrón electoral debieron acercarse a las urnas para elegir a su próximo presidente, entre otros cargos nacionales. Muchos se preguntan qué pasa si no pudieron emitir su voto. Según la Constitución nacional, el sufragio en la Argentina es obligatorio, por lo que recibirán una multa quienes no se hayan presentado a votar en esta ocasión.
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Qué pasa si no voto el día de las elecciones
Quienes no puedan concurrir a los comicios y tengan un justificativo válido, deben ir con su documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentren y solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar. Para evitar la multa y otras sanciones correspondientes, el certificado debe presentarse dentro de los 60 días de celebrada la elección ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que le corresponda al elector o ante la Cámara Nacional Electoral.
En cambio, tal como indica el Gobierno Nacional, a quienes deban sufragar y no puedan justificar ante la Justicia Nacional Electoral por qué no emitieron su voto, les corresponde una multa económica y quedan incorporados en el Registro de Infractores al deber de votar. Asimismo, no pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Además, quienes no paguen la multa, no pueden realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Sin embargo, en la práctica el peso de la ley electoral no se hace sentir y, tal como pudo corroboraren la práctica el peso de la ley electoral no se hace sentir y, tal como pudo corroborar LA NACION, existen casos de gente que no fue a votar, aparece como morosa en la lista de infractores y no experimentó trabas a la hora de efectuar trámites tales como renovar el pasaporte, el DNI o el registro de conducir. También de altos funcionarios que asumieron en el Estado pese a que figuran en el Registro Público de Infractores al Deber de Votar.
De cuánto es la multa por no votar
Quienes no hayan asistido a las urnas y no justifiquen su ausencia ante las autoridades electorales no pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección y, además, les corresponde una multa.
En el artículo 125 del Código Electoral se dispone que la multa es de entre $50 y $500. En caso de que el elector no la pague, no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Sin embargo, además de que quedaron desactualizadas en cuanto a su monto, el Estado no intima a los infractores a pagar las multas.
Cómo pagar la multa por no votar
La manera de abonar la multa y retirar el nombre del Registro de Infractores es acudir a la secretaría electoral asociada al distrito, sede que puede consultarse en la página oficial de la Justicia Electoral. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la secretaría electoral está localizada en la calle Tucumán al 1320.
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