Corrupción. Menos del 1% de los investigados son condenados en Comodoro Py
El dato surge de una auditoría del Consejo de la Magistratura; el debate se reactualizó por la decisión de liberar a Lázaro Báez; la opinión de los juristas
Como si fuera la boca ancha de un embudo, Comodoro Py investiga cientos decausas por corrupción,como parte de la llamada "politización" de la Justicia. Sin embargo, sobreseimientos, faltas de mérito, archivos y prescripciones hacen más angosto el camino para llegar hasta un juicio oral. Y si se trata de condenas, podría decirse que hace falta, todavía, superar varios filtros, como los recursos y las revisiones.
Solamente el 2% de los investigados por delitos vinculados a la corrupción llegan a juicio oral, según una auditoría del Consejo de la Magistratura. Si llegar al juicio es una excepción, las condenas con prisión efectiva son un milagro: sobre ese porcentaje, apenas uno de cada tres acusados es sentenciado culpable, una cifra atenuada, además, porque una buena parte ya acumula años de prisión preventiva. En definitiva, menos de un 1% de los investigados por corrupción es condenado.
La excarcelación de Lázaro Báez, que permaneció detenido durante más de cuatro años bajo prisión preventiva, volvió a exponer estas falencias. La Justicia no logró dictarle una sentencia en 51 meses pese a que acumula causas por asociación ilícita, lavado de dinero y hasta por evasión impositiva, incluso cuando la mayor parte de las investigaciones contra el empresario transcurrieron con el kirchnerismo fuera de la Casa Rosada.
Las estadísticas son contundentes: lo que ocurrió esta semana con las investigaciones que involucran a Lázaro Báez - punto de ser liberado- no es un caso aislado. Jueces, consejeros y juristas coincidieron -ante la consulta de LA NACION- en que la Justicia Penal está lejos de los estándares de funcionamiento que debería tener. Ya sea por falencias de sus protagonistas o por problemas sistémicos.
Mariano Borinsky, juez de la Cámara de Casación Penal, enumera algunos de los factores que afectan la celeridad de los procesos dentro de tribunales: un Código Penal que se aprobó hace un siglo, las numerosas vacantes en los juzgados y un sistema que promueve vericuetos legales, entre otros.
"Estas cuestiones son fundamentales para darle celeridad a la Justicia (pues se abrevian los plazos), transparencia y equidad en la distribución del poder entre jueces y fiscales, como así también plena autonomía a estos últimos", sostiene el camarista, uno de los autores del proyecto de Código Penal que está pendiente de tratarse por el Senado.
El juezDaniel Rafecas, candidato a procurador general, resumió ante LA NACION las problemáticas más sistémicas: "Es muy difícil avanzar con un modelo procesal del siglo XIX, lento, inquisitivo, escrito y plagado de recursos que dilatan los tiempos. Hoy en día, las defensas pueden recurrir casi todo lo que decide un juez instructor, primero ante la Cámara, luego a la Casación y a veces hasta en la Corte Suprema".
Darle celeridad a la Justicia es también uno de los postulados de los referentes del oficialismo, que impulsaría -junto con la reforma judicial- la implementación del nuevo Código Procesal, que les entrega la llave de las investigaciones a los fiscales, pero que también incentiva procedimientos de flagrancia para otros delitos y, así, se puedan destinar más recursos a las causas complejas.
"Hay que acelerar los juicios y habrá que considerar si el régimen del [nuevo] Código Procesal acusatorio puede ayudar. Ahora bien, hay que señalar que en los tribunales orales hay un altísimo numero de vacantes, un problema que debe considerarse en la próxima reforma judicial. Los jueces están subrogando en dos o tres juicios complejísimos a la vez. Están al límite", señaló Alberto Lugones, presidente del Consejo de la Magistratura.
Aunque no existe estadística oficial sobre los plazos promedio de las investigaciones por corrupción, la auditoría del Consejo -que analizó 20 años de Comodoro Py- detectó una docena de causas complejas que llevaban más de 15 años en trámite y que aún no se resolvieron. El nuevo Código Procesal, que ya se implementó en algunas provincias, pero que todavía no llegó a la ciudad de Buenos Aires, tiene previsto un plazo de seis años para la instrucción de delitos complejos como éstos.
La auditoría del Consejo detalló en 2018 que el motivo de las demoras se debe principalmente al letargo de los expedientes en varios juzgados, que permitieron trámites de expedientes por más de diez años. El informe oficial -de más de 400 páginas- expuso las demoras de jueces federales como Rodolfo Canicoba Corral, Norberto Oyarbide (ya renunciado), Luis Rodríguez y Ariel Lijo.
Marcelo Galle Tagle, presidente de la Asociación de Magistrados, señaló, justamente, el tiempo que se toma en la primera etapa como una de las falencias de la Justicia Penal: "Seguimos con la idea de que la investigación debe reunir las pruebas con un grado de certeza casi como el de la sentencia y no es así. La prueba definitiva es la del juicio".
"Cajoneo"
Buena parte de las soluciones planteadas por los especialistas están en manos del Gobierno. Apenas desembarcó en la Casa Rosada, Alberto Fernández ordenó retirar casi 200 pliegos de jueces pendientes de aprobar por el Senado, un número vital para bajar la cantidad de vacantes. Sobre otro de los reclamos para lograr mayor celeridad, la intención del Gobierno mediante la reforma judicial es licuar el poder de los jueces de instrucción de Comodoro Py, los más apuntados por las demoras.
El jurista Roberto Gargarella aportó una mirada más realista sobre los problemas que acechan a Comodoro Py. "Más allá de las obvias ineficiencias y los largos procesos judiciales que la imparcialidad exige, las demoras en los casos sensibles políticamente se deben a otras cuestiones. Son decisiones conscientes por parte de los jueces, que "cajonean" o aceleran expedientes sensibles, conforme al propio interés", afirmó ante la consulta de LA NACION.
"De modo muy habitual, los jueces celebran recibir tal tipo de casos, que sirven como 'moneda de cambio' frente al poder político y económico. Ya no importa, entonces, la sustancia del caso, sino lo que puede obtenerse a través del mismo y su intercambio: protección sobre el propio puesto; un modo de amenaza extorsiva al poder, frente a amenazas posibles; o beneficios no públicos, de cualquier otro tipo", sentenció Gargarella.
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