Confirmaron el sobreseimiento de Horacio Rodríguez Larreta en la causa por la obra del Paseo del Bajo
La Cámara Federal ratificó un fallo de Claudio Bonadio que beneficiaba al jefe de gobierno y a Guillermo Dietrich, acusados de irregularidades en una licitación que ganó Angelo Calcaterra
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La Cámara Federal confirmó los sobreseimientos del jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, y del exministro de Transporte Guillermo Dietrich, acusados de irregularidades en la licitación de la obra Paseo del Bajo.
La decisión, que dejó firme un fallo firmado por el fallecido juez Claudio Bonadio, la tomaron los camaristas Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, quienes consideraron que no se produjeron irregularidades durante el proceso licitatorio de la obra, y que tampoco hubo un perjuicio al Estado por su ejecución o su adjudicación.
Rodríguez Larreta y Dietrich habían sido acusados de los delitos de administración fraudulenta, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público por la adjudicación de uno de los tramos de la emblemática obra de la gestión macrista a la firma Iecsa, cuando todavía pertenecía a Ángelo Calcaterra, primo de Mauricio Macri.
La denuncia señalaba que se había direccionado la licitación del tramo más caro de la obra (a un precio más alto del que supuestamente correspondía) para favorecer a la firma que entonces pertenecía a Calcaterra, que había integrado una unión transitoria con la empresa Fontana Nicastro. Los funcionarios fueron acusados de haber alterado las normas de la licitación a través de “circulares inconsultas” libradas por AUSA.
También, indicaba la denuncia, se había modificado el orden de apertura de los sobres que contenían las ofertas formuladas por cada empresa para definir cuál de las oferentes se quedaría con cada tramo de la obra. Había tres tramos, A, B y C, este último, el más costoso.
La historia de la causa
Bonadio sobreseyó a Rodríguez Larreta y a Dietrich en diciembre de 2019, sin haberlos indagado. En su defensa, los funcionarios habían presentado escritos ratificando que los procesos habían sido transparentes. Bonadio había considerado que no fueron detectadas irregularidades en los procesos licitatorios y que los imputados no habían incumplido sus deberes como funcionarios públicos.
La fiscal del caso, Alejandra Mángano, y el titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Sergio Rodríguez, habían solicitado medidas de prueba que Bonadio no ordenó. Ambos fiscales apelaron el cierre de la causa y dijeron que la decisión había sido “prematura”.
También fueron beneficiados con este fallo el director general de Autopistas Urbanas Sociedad Anónima (AUSA), Carlos María Frugoni; el exministro de Desarrollo Urbano y Transporte porteño Franco Moccia y la jefa de compras de AUSA, Natalia Bustos, que firmó las licitaciones.
La causa tuvo su origen en una denuncia del abogado Fernando Míguez, un frecuente denunciante en los tribunales federales, pero la PIA también aportó una investigación al expediente. El informe de la PIA estaba basado en un estudio de la Auditoría General porteña, entonces a cargo de Cecilia Segura, actual legisladora del Frente de Todos.
Según ese informe, la supuesta manipulación del proyecto provocó que Iecsa resultara la adjudicataria del tramo C del proyecto, por 4480 millones de pesos. El presupuesto total de la obra fue de 8700 millones de pesos, y AUSA fue la firma encargada de las contrataciones.
El fallo de la Cámara Federal se hizo esperar. Mángano y Rodríguez apelaron la decisión de Bonadio en febrero de 2020, y el primer voto fue redactado a mediados del año pasado. Los otros dos jueces se debatían, según supo LA NACION, entre dictar la falta de mérito a los imputados -y por ende reabrir la investigación-, o confirmar sus sobreseimientos, lo que finalmente ocurrió. El fiscal ante la Cámara Federal José Luis Agüero Iturbe también dictaminó a favor de reabrir la investigación.
Los argumentos del fallo
Ante el planteo de los fiscales Mángano y Rodríguez para profundizar la investigación, los camaristas consideraron que con las medidas de prueba tomadas por Bonadio, entre las cuales había declaraciones testimoniales, emails que ratificaban la licitud de las circulares, y prueba documental, bastaba para sobreseer a los acusados.
Descartaron, además, que se haya alterado el orden de apertura de los sobres licitatorios para favorecer a Iecsa. “La valoración de los elementos de prueba incorporados en autos permiten descartar que la alteración del orden de apertura de los sobres en la licitación haya tenido algún propósito merecedor de reproche penal”, sostuvieron los jueces en el fallo.
“Se encuentra acreditado que la variación referenciada se debió a un objetivo lícito y razonable, dirigido exclusivamente a obtener un préstamo bancario que beneficiaría el financiamiento y concreción de la obra, circunstancia que se encuentra plenamente corroborada en autos y anula toda sospecha relacionada con un posible direccionamiento del proceso licitatorio tendiente a beneficiar a una empresa en particular”, agregaron.
Otro de los planteos de los acusadores era que la UTE Corsan – Corviam, que había hecho una oferta más económica y que meses después de las licitaciones declaró su quiebra, había sido perjudicada por estas maniobras. “En razón de que el favorecimiento a la UTE integrada por IECSA se invoca a partir de una serie de presunciones que no encuentran respaldo en las circunstancias del caso”, consideraron los camaristas.
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