Con duros argumentos, el fiscal pidió a la Corte que revoque las absoluciones de Cristóbal López y De Sousa en el caso Oil Combustibles
Mario Villar dijo que la sentencia que absolvió a los empresarios es “inarticulada”, “arbitraria”, no tiene dos votos concordantes y por lo tanto no hay una mayoría
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La fiscalía insistió hoy para que la Corte Suprema de Justicia revoque la absolución de los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa, en la causa en que se los investiga por la supuesta retención de 8000 millones de pesos del impuesto a los combustibles.
El fiscal ante la Cámara de Casación Mario Villar presentó hoy recurso extraordinario para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revoque el fallo de la Sala I de la Cámara de Casación que confirmó la absolución de López y De Sousa. En esa causa, el extitular de la AFIP Ricardo Echegaray fue condenado a 4 años de prisión.
El fallo había sido firmado por los jueces Alejandro Slokar y Mariano Borinsky, con la disidencia –con duros argumentos– del juez Guillermo Yacobucci.
El caso ya había llegado a la Corte, que en términos enfáticos había pedido a la Cámara de Casación que dictara un nuevo fallo. El máximo tribunal había considerado que la absolución de López y De Sousa resultaba “arbitraria”, tanto por “dogmática”, como por “fragmentaria”.

Sin embargo, a la hora de dictar un nuevo fallo, los jueces Slokar y Borinsky se apartaron de estas expresiones de la Corte y reiteraron su postura en favor de la absolución. Por eso es que Villar quiere llegar nuevamente a la Corte para que sea revocada.
López y De Sousa estaban acusados de liderar una administración fraudulenta agravada en perjuicio de las arcas públicas por cerca de $8000 millones.
Sin embargo, López y de Sousa, dueños de C5N, fueron absueltos en 2021 por el Tribunal Oral Federal N° 3. La fiscalía apeló, por lo que el caso fue revisado en Casación, que confirmó el sobreseimiento con la firma de Diego Barroetaveña y Daniel Petrone. No obstante, el recurso de apelación llegó hasta la Corte Suprema, que pidió a la Casación que dictar un nuevo fallo con otra sala. Dijo la Corte que no respondieron los argumentos del fiscal.

La Casación, con la firma de Slokar y Borinsky, volvió a fallar en favor de los empresarios. Los jueces no lo enviaron nuevamente al tribunal oral para que dicte una nueva sentencia.
El fiscal Villar dijo que los votos de Slokar y de Borinsky no son concordantes y que no conforman una mayoría, por lo que la sentencia es nula.
Villar afirmó que Slokar, que fue funcionario del gobierno de Néstor Kirchner, dijo que la acusación “no logró demostrar que existió un entramado delictivo entre privados y funcionarios públicos para obtener recursos del Estado en beneficio propio”.

Mientras que Borinsky entendió en su voto que el caso estaba prescripto porque –por mas que Echegaray sigue siendo funcionario público, lo que frena la prescripción– no tiene un rol determinante como para entorpecer la investigación.
El juez Yacobucci, en disidencia, postuló que la acción penal contra López y De Sousa mantiene su vigencia. Dijo que ambos resultaron beneficiarios directos de algo que ya ha sido considerado ilícito por la Corte Suprema. Argumentó que la causa no está prescripta y dijo que “la prueba es idónea para imputar penalmente a los acusados Cristóbal López y Fabián De Sousa”.
“Los empresarios López y De Sousa recibieron, a través de su empresa, un tratamiento privilegiado, irregular y, por sobre todo, ilegítimo por parte de AFIP y de su titular de aquel momento, que les permitió beneficiarse de un modo indebido en desmedro del erario público, lo que da sustento a su condena en los términos en los que la acusación postuló.”

El fiscal Villar dijo que el fallo de Borinsky y Slokar presenta una “mayoría aparente” y una “interpretación arbitraria de las constancias del caso”, lo que vulnera principios constitucionales y los compromisos internacionales de Argentina en la lucha contra la corrupción.
Villar dijo que la Corte debe revertir las absoluciones porque la adhesión del juez Borinsky al voto del juez Slokar se basa en fundamentos discordantes. “Los dos magistrados coincidieron en que correspondía rechazar el recurso fiscal. No obstante, una simple lectura de la sentencia permite advertir que construyeron su respuesta de manera inarticulada”, escribió.
Villar criticó que el juez Borinsky basó su voto en la prescripción de la acción penal, un planteo que considera incorrectamente introducido y resuelto, mientras que el juez Slokar se centró en la valoración de la prueba.
El fiscal citó jurisprudencia de la propia Corte Suprema para sostener que una sentencia con una mayoría aparente y fundamentos normativos discordantes es inválida.

Otro argumento central del Fiscal General se refiere a la “arbitrariedad de las absoluciones de López y De Sousa por valoración de la prueba fragmentaria, contradictoria y descontextualizada”.
Sostuvo que tanto el Tribunal Oral como la Cámara realizaron una evaluación sesgada de las pruebas, omitiendo elementos cruciales que demostrarían la participación culpable de los empresarios en la maniobra de defraudación al Estado.
El fiscal destaca que se acreditó que Oil Combustibles, bajo la dirección de López y De Sousa, acumuló una deuda millonaria por el Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) mientras simultáneamente financiaba a otras empresas del Grupo Indalo con esos mismos fondos.
“Es decir, De Sousa y López, responsables de la sociedad anónima, cobraron el impuesto al consumidor y, en lugar de dar cumplimiento a la obligación tributaria que pesaba sobre ellos y en perjuicio del patrimonio del Estado nacional, se apropiaron del dinero y deliberadamente lo utilizaron en su propio beneficio para sostén y expansión de su grupo económico”, dijo Villar.
Destacó el “interés institucional” del caso, dado que se investigan hechos de corrupción que involucran a particulares, funcionarios del Estado y un entramado de sociedades.
En su petitorio final, el Villar pidió a la Corte Suprema que admita el recurso extraordinario, deje sin efecto la resolución de la Cámara de Casación, de modo de ordenar este tribunal “dictar un nuevo pronunciamiento conforme a derecho”.
“¿Cómo es que puede condenarse por defraudación contra la administración pública al Administrador General de la AFIP y no a las personas que se beneficiaron de ese delito y que motivaron su actuación? ¿Pueden ser realmente ajenos a esa situación, que fueran contribuyentes ‘cumplidores’, que de casualidad fueron elegidos para hacer el mal por parte de aquel?”, remató la fiscalía, que reclamó un análisis integral de la prueba.

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