¿Cómo se sanciona una ley en el Congreso?
Una vez que un proyecto ingresa por la mesa de entrada de la Cámara de Diputados o del Senado, empieza a transitar por una serie de pasos que lo harán o no convertirse en ley; conocé cómo es ese recorrido
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Un proyecto de ley puede ser presentado en el Congreso por uno o por varios legisladores, por el Presidente de la Nación o por iniciativa ciudadana, siempre que se junten firmas equivalentes al 1,5% del padrón electoral y se vean representados, al menos, seis distritos electorales.
La cámara en la que se presenta el proyecto se considera cámara de origen y la que se encarga de volver a analizarlo es la cámara revisora. Para convertirse en ley, los proyectos deben ser tratados y aprobados por las dos cámaras.
Pero desde que son presentados, el tiempo para discutirlos no es indeterminado. Los proyectos de ley que no obtuvieron sanción en una de las cámaras en el año parlamentario en el que fueron presentados ni en el siguiente, vencen.
En cambio, si son aprobados por alguna de las cámaras, ese tiempo se prolonga un año más, así suman en total tres años parlamentarios de vigencia. El período ordinario de sesiones, es decir, cada año parlamentario, comienza cada 1° de marzo y termina cada 30 de noviembre. A su vez, el período de sesiones puede ser prorrogado por el Presidente de la Nación.
Una vez que un proyecto es recibido en la mesa de entrada de la Cámara de Diputados o del Senado, la Presidencia de dicha cámara le asigna comisiones, que son grupos temáticos de trabajo integrados por legisladores que se ocupan de estudiar los proyectos de ley. Por lo general, el promedio de comisiones es de dos o tres por proyecto, y cuando se presenta más de un proyecto sobre un mismo tema, estos reciben tratamiento conjunto y simultáneo.
Si todos los legisladores llegan a un acuerdo, firman un dictamen de unanimidad, que es un documento que emite una comisión -o comisiones, dependiendo de sus giros- y que propone una decisión sobre una o varias iniciativas. Otras veces, cuando no hay acuerdo, se elaboran dos o más dictámenes con opiniones diferentes: uno por la mayoría y otros por la minoría.
Sea de unanimidad, de mayoría o de minoría, si hay dictamen, el tema está en condiciones de ser tratado en el recinto. Si en la votación en la cámara de origen se rechaza el tema, este no puede volver tratado por un año. En cambio, si el texto se aprueba, obtiene media sanción y el mismo proceso de trabajo en comisiones se repite en la cámara revisora hasta estar en condiciones de ser discutido en el recinto.
En esta instancia, además de convertir en ley o rechazar el texto del proyecto en su totalidad, los legisladores también pueden aprobarlo, pero con modificaciones. Cuando esto pasa, los cambios propuestos necesitan ser discutidos por la cámara de origen. En una tercera instancia de votación, los legisladores de dicha cámara tienen la posibilidad de aprobar la redacción propuesta por la revisora o insistir en la que ellos aprobaron inicialmente.
En cualquier caso, haya sido aprobada con o sin modificaciones, todas las leyes sancionadas por el Poder Legislativo siempre pasan al Poder Ejecutivo para que este las promulgue. Es decir, que las publique en el Boletín Oficial. El Presidente también tiene la potestad de vetarlas. Este veto puede ser parcial, es decir solo de algunos artículos, o de la ley en su totalidad.
*Con la colaboración de Fundación Directorio Legislativo
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