Cómo es la boleta de Sergio Massa para la votación de hoy, 22 de octubre
Tras la oficialización de Cámara Nacional Electoral, quedó conformada la lista definitiva que presenta al candidato de Unión por la Patria junto a su compañero de fórmula, Agustín Rossi
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Sergio Massa es uno de los cinco candidatos a presidente que se presentan en las elecciones generales de este domingo 22 de octubre. El actual ministro de Economía, que encabeza la boleta oficialista de Unión por la Patria, va acompañado por el jefe de Gabinete Agustín Rossi como vicepresidente.
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Cómo es la boleta de Sergio Massa
En el cuarto oscuro, los votantes se encontrarán con esta boleta de Unión por la Patria, que fue oficializada por la Cámara Nacional Electoral tras las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que tuvieron lugar el 13 de agosto.
¿Puedo votar en las generales si no lo hice en las PASO?
Si alguien no votó en las PASO y figura en el padrón electoral, tiene el derecho y la obligación de votar en las elecciones generales del 22 de octubre. Sin embargo, debe justificar su inasistencia a las internas ante la Secretaría Electoral que le corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección, para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.
Quiénes deben votar en las elecciones generales
En la Argentina, el sufragio es universal, secreto y obligatorio, por lo que deben participar obligatoriamente todos los ciudadanos a partir de 18 años y hasta los 70. Esto aplica a las personas que se encuentran inscriptas en el padrón nacional electoral.
En tanto, entre los 16 y los 18 años, el sufragio es optativo, al igual que entre los mayores de 70. Asimismo, también existe distintos grupos sociales que, por sus características, el día de la votación están exentos de la obligación de sufragar.
Quiénes están exceptuados de ir a votar
De acuerdo al artículo 12 del Código Electoral Nacional, las personas que quedan exentas de la obligación de sufragar en las elecciones son las siguientes:
- Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
- Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Deben obtener el certificado en la comisaría más próxima y, luego, subir la documentación en el sitio web de la CNE.
- Las personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deben ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares.
- El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.