Cómo es la boleta de Javier Milei para el balotaje de las elecciones 2023
La boleta del pasado 22 de octubre será válida para la segunda vuelta, así como también lo será el diseño específico para la segunda vuelta, que ya fue aprobado por la Cámara Nacional Electoral
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Nota actualizada automáticamente el 19/11/23.
El balotaje es este domingo 19 de noviembre, fecha en que los argentinos eligen un nuevo presidente. Javier Milei es uno de los dos candidatos que competirá en la segunda vuelta. El diputado y economista libertario que encabeza la boleta de La Libertad Avanza y va acompañado por la legisladora nacional Victoria Villarruel como vicepresidenta.
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Milei se enfrenta en el balotaje con el actual ministro de Economía, Sergio Massa, quien encabeza la fórmula de Unión por la Patria y está acompañado por el jefe de Gabinete, Agustín Rossi, como candidato a vicepresidente.
La Junta Electoral Nacional determinó que la boleta utilizada en la primera vuelta del pasado domingo 22 de octubre será válida para estos comicios, tal como informó la agencia Télam. Además, se añadirá el nuevo diseño, preparado especialmente para el balotaje, que ya fue aprobado por el tribunal con sede en la Capital Federal.
Cómo es la boleta de Javier Milei
Cuando ingresen al cuarto oscuro, los electores se encontrarán con esta boleta autorizada por la Cámara Nacional Electoral (CNE) especialmente para el balotaje. De hecho, en su margen superior es posible leer la fecha de los comicios: “Elecciones generales. 19 de noviembre 2023″.
Además de esta boleta, también se podrá votar con esta boleta de La Libertad Avanza que tiene como fecha el 22 de octubre.
En ambas se puede ver que trata de la lista 135, que lleva la imagen de los candidatos en su frente.
Quiénes deben votar en el balotaje 2023
En la Argentina, el sufragio es universal, secreto y obligatorio, por lo que deben participar obligatoriamente todos los ciudadanos a partir de 18 años y hasta los 70. Esto aplica a las personas que se encuentran inscriptas en el padrón nacional electoral.
En tanto, entre los 16 y los 18 años, el sufragio es optativo, al igual que entre los mayores de 70. Asimismo, también existe distintos grupos sociales que, por sus características, el día de la votación están exentos de la obligación de sufragar.
¿Puedo votar en el balotaje si no lo hice en las elecciones generales?
Si alguien no votó en las elecciones generales y figura en el padrón electoral, tiene el derecho y la obligación de votar en la segunda vuelta del 19 de noviembre. Sin embargo, debe justificar su inasistencia a las internas ante la Secretaría Electoral que le corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección, para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.
Quiénes están exceptuados de ir a votar
De acuerdo al artículo 12 del Código Electoral Nacional, las personas que quedan exentas de la obligación de sufragar en las elecciones son las siguientes:
- Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
- Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Deben obtener el certificado en la comisaría más próxima y, luego, subir la documentación en el sitio web de la CNE.
- Las personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deben ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares.
- El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.