Ciccone: los fiscales insisten en que Amado Boudou debe volver a la cárcel
Los fiscales Marcelo Colombo y Guillermina García Padín pidieron que el juez Daniel Obligado revoque el arresto domiciliario del exvicepresidente Amado Boudou y ordene que cumpla en la cárcel la condena de cinco años y diez meses de prisión que pesa en su contra por haberse quedado con el 75 % de las acciones de la imprenta Ciccone, que fabrica papel moneda.
"La regla es el cumplimiento de la pena privativa de libertad en prisión, y hacerlo en el domicilio, su excepción. Sobre eso no hay el mínimo espacio a la duda", subrayaron.
Ahora, el juez Obligado estaría mañana en condiciones de decidir si Boudou debe cumplir su condena firme en su casa, donde está ahora, o debe regresar al penal de Ezeiza, donde estuvo hasta abril pasado.
La Corte Suprema dejó firme la condena contra Boudou el 3 de diciembre pasado y el juez Obligado analiza qué hacer desde ese momento. Boudou pidió quedarse en su casa, los fiscales instaron a que regrese a prisión. El juez antes de decidir le pidió opinión a Boudou, a los fiscales y al asesor de menores. Con la respuesta de hoy, ya contestaron todos. Estos trámites insumieron un mes.
Boudou argumentó que debe quedarse en su casa, al igual que el asesor de menores que interviene en el caso, porque dijo que está en juego el bienestar superior de sus dos hijos mellizos.
Sin embargo, los fiscales rechazaron estos argumentos porque señalaron que la situación familiar de Boudou no pone en riesgo el bienestar de los niños y que la propia Convención Internacional de los Derechos del Niño prevé la posibilidad de que los padres estén separados de sus hijos ante una situación así.
Escribieron los fiscales que "el grupo familiar cuenta con ingresos económicos provenientes del alquiler de un departamento de Boudou, del alquiler de un departamento de la señora García de la Fuente en México, del sueldo de la nombrada como asesora en la Cámara de Senadores, de la pensión que recibe Boudou como vicepresidente de la Nación, ahorros, y apoyo económico de familiares y compañeros de la política". Además sostuvieron que, en cuanto a lo habitacional, "el grupo familiar reside desde el 23 de septiembre del corriente en una vivienda emplazada en la provincia de Buenos Aires que cuenta con cuatro plantas, jardín, pileta, quincho, cinco dormitorios y ascensor propio".
"Una situación económica holgada, un hábitat más que adecuado, la posibilidad cierta porque así ya ocurrió en el pasado de contar con auxilio adicional además de la propia madre para el cuidado de los mellizos, escolarización en curso y atención en salud a través de una cobertura privada, son características que se proyectan como suficientes para garantizar los derechos de seguridad, protección, cuidado, salud y educación necesarios para el bienestar y desarrollo de esos niños junto a su madre, aún en el caso de que su padre fuera nuevamente encarcelado", sostuvieron los fiscales.
El fin del estado de inocencia
Los fiscales indicaron que se está ante una nueva etapa del proceso con una sentencia firme y que solo resta que se cumpla de la manera en que lo indicó el tribunal oral que impuso la condena. "La acción penal y el estado de inocencia de la persona involucrada en el sistema judicial penal han perimido, resta solo el contralor de la condena", escribieron.
Colombo y García Padín dijeron que comparten la interpretación de la ley que permite otorgar el arresto domiciliario tanto a una madre o a un padre cuando deben velar por sus hijos menores de cinco años, pero señalaron que no se aplica al caso. "La interpretación biparental que también admitimos no puede significar por supuesto una automática concesión", dijeron. Indicaron que es una alternativa excepcional como forma de cumplimiento de la condena.
La Corte avaló el arresto domiciliario en casos en que está en juego el interés de niño, pero dijo que "son los propios tratados [Convención sobre los Derechos del Niño] los que contemplan la posibilidad, en casos excepcionales y de conformidad con las leyes y procedimientos aplicables, de que los menores sean separados de sus progenitores", pues "… el derecho a que los niños crezcan en el seno de una familia no puede ser interpretado en abstracto y de manera absoluta en contraposición con el resto del ordenamiento legal vigente".
Tras decir que el asunto hay que analizarlo en cada caso, es lógico pensar que es disfuncional para una familia tener a un padre preso, pero eso no convierte la excepción en normalidad.
En ese sentido dijeron que la regla no es de aplicación automática, es excepcional y extraordinaria y el caso debe demostrar que los efectos de la separación del padre comprometen la situación física, espiritual y moral del niño o niña.
Con estos elementos analizaron el caso de Boudou y concluyeron que "el único status jurídico del condenado Amado Boudou está representado por el tipo de pena que el Tribunal Oral le impusiera en el momento de dictarle sentencia; eso es, pena de prisión de efectivo cumplimiento" y la sentencia quedó firme.
"Boudou posee dos hijos en común con su actual pareja, la señora Mónica García de la Fuente, -dijeron los fiscales- y no recae solo en él la obligación de tutelarlos y custodiarlos, sino que, como demuestran con claridad los informes, la señora García de la Fuente, de nacionalidad mexicana, se ocupa plenamente de ellos. Además, la esposa de Boudou conserva muy buen vínculo con sus dos progenitores y hermanos, todos residentes en su país de origen. De los informes surge incluso que ambos padres y uno de los hermanos han venido a la República Argentina en oportunidad del nacimiento de los niños. Por otro lado, a comienzos del año en curso, la nombrada viajó a México a visitar a su familia, retornando en aquella oportunidad en compañía de una amiga que convivió con ella durante un período de meses."
Los fiscales describieron que la familia mexicana de los niños se comunica a diario con ellos además de que "el condenado cuenta con dos hermanos, uno residente en España y otro en este país, con quienes sostiene un vínculo positivo, estrecho".
Los fiscales destacaron que la familia cuenta con la ayuda de una empleada doméstica para el cuidado de los chicos. También, que Boudou era visitado por su esposa cuando estaba en la cárcel de manera semanal y llevaba a sus hijos. Sostuvieron además que ahora podrían visitarlo porque desde septiembre se reanudaron las visitas a los penales, que habían sido suspendidas por la pandemia.
"No es cierto que el condenado sea el único núcleo de contención familiar de los niños, porque su madre también lo es", remarcaron y entendieron que con estos argumentos Boudou debe volver a la cárcel.
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