Causa de los cuadernos: la plata o la cárcel
El histórico caso de corrupción podría tener una sorprendente derivación sobre los empresarios involucrados; la Casación define la sentencia en juicio por el atentado a la AMIA
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Importantes sectores de la Justicia trabajan en estos días para darle impulso a dos causas judiciales que se tramitan desde hace mucho tiempo, demasiado, en los tribunales penales. Una de ellas es la llamada causa de los cuadernos, que podría tener una sorprendente derivación si prosperara una iniciativa pensada para agilizar el demorado juicio oral y público sobre ese voluminoso expediente. La otra es la causa que investigó el criminal atentado que voló la sede la AMIA el 18 de julio de 1994; una sentencia, que podría ser inminente, de la Cámara de Casación Penal comprometería aún más, de manera indirecta, a la expresidenta Cristina Kirchner por la firma del tratado con Irán. Las dos causas (la de los cuadernos y la del tratado) esperan el juicio oral y público para juzgar a exfuncionarios kirchneristas, entre ellos a la expresidenta, y a destacados empresarios en la causa de los cuadernos.
La llamada causa de los cuadernos es una de las más grandes investigaciones del periodismo argentino, realizado en este caso por el periodista de LA NACION Diego Cabot. Cabot se respaldó en ocho cuadernos escritos por el chofer Oscar Centeno, que manejaba el auto de Roberto Baratta, quien había sido la mano derecha del entonces ministro de Planificación, Julio De Vido. Centeno escribió, tal vez sin proponérselo, la biografía más precisa y prolija de la corrupción kirchnerista. Contó con información sobre lugar, día y hora la forma en que se pagaban y se cobraban los sobornos entre funcionarios kirchneristas y los más empinados empresarios contratistas o concesionarios del Estado. A Cabot le llevó varios meses la investigación para corroborar que los datos incluidos en esos cuadernos eran ciertos o verosímiles. La causa judicial tomó estado público el 1º de agosto de 2018 cuando el juez Claudio Bonadio, ya fallecido, dispuso espectaculares allanamientos, citaciones indagatorias y detenciones. La investigación estuvo a cargo de Bonadio y del fiscal Carlos Stornelli; este último tropezó meses después con una maniobra del kirchnerismo para desacreditarlo y para descalificar también a toda la causa de los cuadernos, a su juez y a su fiscal. La maniobra no prosperó porque era extremadamente burda.
Por la cantidad de personas involucradas y por la dimensión de los hechos de corrupción investigados, la causa de los cuadernos se convirtió en un proceso sin precedentes en la historia judicial argentina. Hay 159 personas imputadas o procesadas entre empresarios y exfuncionarios por delitos de dádivas, cohecho (la manera elegante de llamar a las coimas) y asociación ilícita. El juicio oral y público no tiene todavía fecha de realización, pero es previsible, por su volumen y complejidad, que insuma mucho tiempo y recursos económicos. Se ventilarán 540 hechos de supuesta corrupción, ya investigados en las instancias inferiores de la Justicia. Solo la fiscalía solicitó casi 900 testigos para el juicio oral y muchas medidas suplementarias. Estarán, además, los testigos convocados por las defensas. Hay más de un centenar de estudios jurídicos trabajando en las defensas de los acusados.
Sectores destacados de la Justicia no descartaron, ante ese panorama, que se usen algunas herramientas alternativas previstas por el Código Procesal Penal para resolver, al menos, el caso de los empresarios. Las fuentes subrayaron que esos mecanismos alternativos fueron pensados precisamente para el avance de los procesos penales, como puede ser la reparación económica integral del perjuicio al Estado. El Código Penal prevé que no habrá cárcel para los acusados en caso de conciliación o de reparación integral del daño. La negociación debería ser liderada por el fiscal del tribunal oral y público, y después ser homologada por el tribunal de ese juicio. Todo el trámite debería hacerse, desde ya, antes de que comience el juicio.
Sobre todos los empresarios imputados o procesados pesan medidas cautelares, como embargos o inhibiciones de bienes, precisamente para asegurar que, tras la realización del juicio, haya un eventual reintegro al Estado por los daños económicos que provocaron. Es decir, los empresarios ya tienen bienes incautados por el Estado. “Con las herramientas que tenemos, podemos utilizarlas de manera previa al juicio y acordar la total reparación al Estado y a la sociedad. Evitaríamos así juicios orales interminables y costosos para el Estado”, explicó uno de los funcionarios judiciales que trabajan en la alternativa de un acuerdo. No serán sentenciados a cárcel los empresarios que aceptaran tal acuerdo. Otra cosa sucederá con los exfuncionarios políticos porque la responsabilidad institucional de estos, sostienen esas fuentes judiciales, tiene una dimensión mucho mayor.
En otros corredores de la Justicia, una sala de la Cámara de Casación está terminando de redactar la sentencia definitiva de las causas vinculadas al atentado a la AMIA. Según fuentes del máximo tribunal penal del país, la redacción inicial de esa sentencia quedó en manos del juez Carlos Mahiques; la sala la integran también dos jueces subrogantes: Diego Barroetaveña y Angela Ledesma. Fuentes inmejorables dijeron que la sentencia señalará que el atentado fue un designio político y estratégico de Irán, y que fue ejecutado por la organización terrorista Hezbollah. Este grupo actuó, según las conclusiones de la justicia argentina, bajó la inspiración y la financiación del gobierno de Teherán. El fallo tiene especial importancia, porque el tribunal penal más decisivo de la Argentina condenará definitivamente a Irán como autor intelectual y financiero del atentado a la mutual judía que dejó 85 muertos inocentes. Para la Justicia argentina, no quedarán dudas de quién fue el autor, de cómo se hizo el atentado y de quiénes son sus responsables.
Un dato novedoso de la sentencia consistirá en que avanza en la determinación de por qué la Argentina fue víctima de dos atentados terroristas (a la AMIA y a la embajada de Israel) en el corto lapso de dos años. Fue la venganza, sostendrían los jueces, porque el gobierno de Menem canceló tres contratos de provisión de material y de tecnología nuclear acordada con Irán durante la administración de Raúl Alfonsín. El primer escrito del juez Mahiques abundaría en que fue la réplica del estado iraní frente a lo que consideró un intolerable incumplimiento argentino. El magistrado estaría convencido de que Irán intentó, con esos atentados, que la Argentina revirtiera la cancelación de los acuerdos por la fuerza de la coacción. La sentencia concluiría en que son diversas y sólidas las pruebas que confirmaron la responsabilidad que tuvo Hezbollah y los máximos dirigentes del entonces gobierno iraní. Por eso, el fallo sostendrá que el atentado debe calificarse como “crimen de lesa humanidad”, que significará que las secuelas judiciales del atentado a la AMIA serán imprescriptibles para la justicia argentina. Un interesante punto de visto señala que un acto terrorista financiado por un Estado, aunque sea perpetrado fuera de las fronteras del país gobernado por ese Estado, tiene responsabilidades internacionales aun cuando haya sido cometido por una organización paraestatal. La sentencia de los jueces pone especial énfasis en el derecho a la verdad de las víctimas y sus familiares y a la posibilidad de que demanden a los que tuvieron relación con el atentado, incluido el Estado de Irán. Por primera vez, una alta instancia judicial se pronunciará sobre los alcances internacionales del delito terrorista jihadista.
Según se sabe, la Cámara de Casación ordenó el acceso completo de la Justicia a la documentación producida por dependencias del Estado, incluidos los servicios de inteligencia. Mandó a desclasificar, digitalizar y sistematizar la información de los archivos secretos, cuyo volumen, trascendió, alcanzaría un metraje equivalente a 20 cuadras. También instó a que se activen los canales diplomáticos para reunir la información que los servicios de inteligencia extranjeros conservan sobre ese brutal atentado en territorio soberano argentino. La Casación les reclamará también a los jueces que llevan las causas conexas al expediente central del atentado a la AMIA que avancen con mayor celeridad. También les reclamarán a los poderes Ejecutivo y Legislativo que definan políticas públicas para la instauración de juicios en ausencia, que podrían, por ejemplo, condenar a los exjerarcas iraníes que permanecen protegidos en su país.
La sentencia caerá como una enorme lápida moral, política y judicial sobre Cristina Kirchner, porque ella firmó el tratado con Irán; el asesinado fiscal Alberto Nisman denunció luego a la expresidenta por encubrimiento de los responsables iraníes de los atentados. Cristina Kirchner había firmado el acuerdo con el entonces gobierno iraní para crear una Comisión de la Verdad, que iba a estar integrada por juristas internacionales. En verdad, ya entonces, en 2013, existía una verdad para la justicia argentina y consistía en la responsabilidad de Irán en la voladura de la AMIA. Esa es la verdad que podría ser confirmada en los próximos días por la instancia más alta de la justicia penal argentina. El tratado de Cristina Kirchner significó en los hechos una intolerable cesión de soberanía judicial argentina en favor de los autores de uno de los más grandes atentados que haya sufrido en el mundo la comunidad judía. La sentencia, probablemente inminente, servirá también para hacer más inconcebible la ola de antisemitismo que se propagó por el mundo tras la invasión del grupo terrorista Hamas al territorio de Israel hace seis meses. Todavía hay 134 rehenes israelíes en poder de Hamas, mientras influyentes sectores políticos e intelectuales internacionales están buscando a los culpables entre las víctimas.
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