Caso Maldonado: denuncian a un organismo de DDHH por presentar un testimonio falso
El tratamiento del caso Santiago Maldonado por parte de organismos de derechos humanos desencadenó su primera derivación judicial. El Ministerio de Seguridad demandó hoy en la fiscalía federal de Esquel a dos abogados de la "APDH Córdoba" que obtuvieron sanciones contra el Estado argentino tras presentar como verdadera la declaración de un testigo clave, el de Lucas Pilquiman, conocido como el testigo E, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Tras asumir el rol de querellante, la cartera de Patricia Bullrich acusó a los letrados Fernando Cabaleiro y Carlos María González Quintana de haber engañado al tribunal internacional y a la sociedad argentina en vísperas electorales y de haber contribuido mediante una falsa denuncia con estafa procesal al armado de "uno de los fraudes judiciales más graves de la historia judicial argentina: la desaparición forzada de Santiago Maldonado".
En la demanda, de 49 páginas, a la que accedió LA NACION, se les imputa a los abogados mediterráneos la posible comisión de seis delitos: "Propiciar fraudulentamente sanciones políticas contra el Estado argentino, inducir a sufragar en contra del gobierno nacional, falsa denuncia, estafa procesal, asociación ilícita y usurpación de títulos y honores".
Firmada y presentada por el penalista Fernando Soto—conocido por su actuación en la causa Cromañón— , que ahora actúa en representación del Ministerio de Seguridad, en el planteo solicita que se investigue además a las "personas que, necesariamente, han intervenido como instigadores, coautores, partícipes o encubridores" de esos delitos.
El planteo judicial se suma a otras dos denuncias por falsos testimonios de mapuches, radicadas en Esquel, tanto por la cartera de Bullrich como por la Gendarmería y, según pudo saber LA NACION, antecede a otra demanda por "complot político" que estudiarían legisladores de Cambiemos para interponer en Comodoro Py.
Tras una primera presentación ante la CIDH en agosto pasado por la "desaparición forzada" de Maldonado, Cabaleiro y González Quintana ampliaron su denuncia contra el Estado nacional al elevar un informe que contenía el supuesto testimonio del mapuche Pilquiman, al que bautizaron como testigo E, esgrimiendo que lo habían "obtenido en forma directa" y presencial. En ese informe, Pilquiman afirmaba haber visto cómo Maldonado era apresado por tres efectivos de Gendarmería el día de su desaparición en Cushamen.
El 9 de diciembre pasado el testigo E formalizó su única declaración testimonial ante el juez Gustavo Lleral y "contradijo seriamente y en lo fundamental" la versión aportada por los letrados, a los que se les imputa haber falseado hechos arrogándose, además, la representación de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos, para lograr mediante un fraude sanciones contra el país. Oportunamente —dice la demanda—, la APDH desmintió tal representatividad.
"Para sostener la imputación penal (de desaparición forzada de persona), los imputados han presentado declaraciones testimoniales que—aseguraban—habrían obtenido de ´forma directa´, demostrando que el joven Santiago Maldonado había sido ´golpeado, arrastrado y detenido´ ilegalmente por la Gendarmería, en un ´claro hecho´, según afirmaran legalmente, de ´desaparición forzada´", cita la denuncia. Y agrega que los letrados les imputaron ese gravísimo delito a Patricia Bullrich y a su jefe de gabinete, Pablo Nocetti", además de acusarlos de desplegar intencionalmente un ´laberinto de encubrimiento, desviando la investigación y manipulando a la Justicia, del mismo modo que durante el proceso dictatorial del 76 al 83´", recoge el planteo.
En lo medular de la argumentación penal, se exponen al menos nueve divergencias entre las declaraciones del testigo E, cuya identidad los letrados se reservaron, ante la CIDH y, posteriormente, ante la Justicia de Esquel.
Sobre el delito de falsa denuncia (art. 245 del Código Penal) dice la demanda que los letrados "tergiversaron la realidad de los hechos" y ocultaron deliberadamente que el testimonio elevado a la CIDH había sido obtenido de forma indirecta, a través de otros miembros o allegados a la comunidad mapuche.
Sustentan la estafa procesal (art. 172) en que, en su carácter de letrados, los imputados desplegaron un ardid, tanto ante la CIDH como en la Justicia Federal de Esquel donde también realizaron presentaciones, para dar verosimilitud a la desaparición forzada de Maldonado y lograr sanciones indebidas contra el Estado argentino.
Sobre la figura de asociación ilícita (art.210) se argumenta que resta "individualizar a todos los partícipes" que concretaron un engaño sin dudas pergeñado "por una comunidad de personas".
En tanto, fundan "la fraudulenta solicitud de sanciones políticas" en la antigua ley 14.034, que prevé "prisión de cinco a 25 años e inhabilitación absoluta y perpetua" al argentino que de forma maliciosa y "por cualquier medio propiciare la aplicación de sanciones política o económicas contra el Estado argentino.
"Los objetivos buscados por los imputados con las conductas desplegadas—dice la demanda— tuvieron como finalidad "convencer a la opinión pública de que las principales autoridades del gobierno argentino eran lo mismo que la dictadura militar, ya que tenían como política de Estado la desaparición forzada de personas". Y citan el art 140 de la ley 19.945, sobre inducción a engaño en el sufragio, para sostener que su informe intentó "desviar la libre convicción" de los votantes "en las inminentes elecciones nacionales".
Por último, le imputan a González Quintana la usurpación de títulos y honores (art. 247) al haber firmado sus escritos como "abogado, APDH-Córdoba", sin especificar su real pertenencia a la ignota Asociación Permanente de Derechos Humanos. Ello, según se sostiene, "indujo a error al tribunal" internacional, que lo legitimó como parte activa del proceso a pesar de que la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos lo había intimado a que "dejara de invocar el nombre de la APDH", concluye la querella.
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