Calendario Elecciones 2023: cuándo sería el ballottage presidencial
El domingo 22 de octubre son los comicios presidenciales, pero los argentinos podrían votar una vez más este año; ¿qué debe pasar para que haya una segunda vuelta?
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Las elecciones generales son este domingo 22 de octubre, día en que los ciudadanos de la Argentina eligen a su presidente para sus próximos cuatro años. Sin embargo, puede que haya un ballottage o segunda vuelta, una tercera instancia en la cual los votantes deberán sufragar por tercera vez para definir quién ocupará el sillón de Rivadavia a partir del 10 de diciembre.
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Qué debe pasar en las elecciones para que haya ballottage
En el caso de que ninguno de los candidatos presidenciales obtenga el 45 por ciento de los sufragios o el 40 por ciento sumado a una diferencia de 10 puntos con respecto al segundo postulante, se desarrollará una segunda vuelta o ballottage entre los dos que obtuvieron la mayor cantidad de votos.
Cuándo sería un eventual ballottage
El calendario electoral prevé la posibilidad de una segunda vuelta, que debería realizarse el 19 de noviembre. Además, en caso de acceder a esta instancia electoral, también se realizará un debate presidencial entre los dos contendientes, que está programado para el 12 de noviembre, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Qué se vota en las elecciones del 22 de octubre
Las elecciones generales son presidenciales y legislativas. Es decir, que se define quién ocupará la titularidad del Poder Ejecutivo y también buena parte de la composición del Poder Legislativo Nacional.
En el Congreso se renuevan 130 bancas de Diputados y un tercio del Senado, es decir, 24 miembros. Cabe recordar que la Cámara alta se renueva cada dos años, de a tercios, y que sus parlamentarios tienen seis años de mandato. Las provincias que votan a sus representantes en 2023 son Jujuy, La Rioja, San Luis, Buenos Aires, Formosa, Misiones, San Juan y Santa Cruz.
Asimismo, algunas provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires realizan sus elecciones locales para gobernador, parlamentarios locales y autoridades municipales en paralelo con los comicios nacionales. Además de la capital nacional, los distritos que realizan sus votaciones el 22 de octubre son: Santa Cruz, Entre Ríos, la provincia de Buenos Aires y Catamarca.
Por otro lado, también se define la composición del Parlasur, que es el Parlamento del Mercosur. En esta ocasión, la Argentina elige a 19 representantes en una lista nacional cuyos votos se suman como un distrito único, y otros 24 en el nivel regional por cada una de las provincias y la ciudad de Buenos Aires.
Quiénes son los candidatos a presidente en las elecciones generales 2023
Los comicios del 22 de octubre reúnen a los candidatos que superaron a sus rivales en las internas partidarias de las PASO o superaron el piso previsto de 1,5 por ciento del padrón electoral previsto en dicha instancia.
De esta forma, la oferta electoral de la cual saldrá el próximo presidente se reduce a cinco candidatos:
- Javier Milei (La Libertad Avanza)
- Patricia Bullrich (Juntos por el Cambio)
- Sergio Massa (Unión por la Patria)
- Myriam Bregman (Frente de Izquierda y de los Trabajadores Unidad)
- Juan Schiaretti (Hacemos por Nuestro País)
Quiénes deben votar en las elecciones generales
En la Argentina, el sufragio es universal, secreto y obligatorio, por lo que deben participar obligatoriamente todos los ciudadanos a partir de 18 años y hasta los 70. Esto aplica a las personas que se encuentran inscriptas en el padrón nacional electoral.
En tanto, entre los 16 y los 18 años, el sufragio es optativo, al igual que entre los mayores de 70. Asimismo, también existe distintos grupos sociales que por sus características, el día de la votación están exentos de la obligación de sufragar.
¿Puedo votar en las generales si no lo hice en las PASO?
Si alguien no votó en las PASO y figura en el padrón electoral, tiene el derecho y la obligación de votar en las elecciones generales del 22 de octubre. Sin embargo, debe justificar su inasistencia a las internas ante la Secretaría Electoral que le corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección, para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.
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