Bullrich le respondió a Casanello su pedido de informes sobre el protocolo antipiquetes y defendió el procedimiento
La ministra afirmó que la resolución para el accionar de las fuerzas federales “fue dictada de conformidad a la normativa” y en el marco de “una actitud pasiva” de anteriores gobiernos; sostuvo que la legisladora Fierro, que inició la causa, no tiene legitimidad para cuestionar sus decisiones
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La ministra de Seguridad nacional, Patricia Bullrich, respondió un pedido de informes sobre el protocolo antipiquetes que ayer le había realizado el juez federal Sebastián Casanello, quien le había otorgado un plazo de 72 horas para cumplir. La causa se inició por una presentación de la legisladora porteña Celeste Fierro, del Frente de Izquierda, quien reclamó que se declare inconstitucional el protocolo. La ministra subrayó en su respuesta a Casanello que la resolución se adoptó de acuerdo “a la normativa”, enumeró los antecedentes de su aprobación y subrayó que se dictó porque imperaba un “desorden en la vía pública” que tornaba en una “situación insoportable”.
En un escrito firmado por la directora de Asuntos Judiciales del Ministerio de Seguridad, Elisa Sburlati, la ministra Bullrich comenzó con un cuestionamiento a Fierro. Afirmó que “demanda en su carácter de legisladora de la ciudad autónoma de Buenos Aires y autoridad del partido Nueva Izquierda distrito Capital Federal y como del partido Movimiento Socialista de los Trabajadores, distrito Capital Federal, siendo que tal carácter no la habilita para promover dicha acción, una demanda contra distintos organismos de gobiernos, pues el único interés que tiene es la mera legalidad de la actividad administrativa”.
El juez le había pedido al ministerio información sobre “el procedimiento que precedió su emisión [de la resolución del protocolo]”. La cartera que conduce Bullrich contestó que dictó el protocolo “por la urgencia de la situación, así como la confusión introducida por una actitud pasiva sostenida durante mucho tiempo por las autoridades frente al desorden en la vía pública, lo cual ha derivado en una situación insoportable para la población que sufre esos actos ilícitos, en desmedro de su trabajo y de su calidad de vida”.
En la presentación a Casanello (titular del Juzgado Federal Nº7, que aceptó la presentación de Fierro luego de idas y vueltas en otros juzgados y fueros), el ministerio solicitó “el rechazo de la acción” porque “la resolución en crisis fue dictada de conformidad a la normativa que rige en la especie y en miras de la protección del interés público”.
En el mismo apartado sobre los antecedentes de la aprobación del protocolo antipiquetes, se subrayó que “el artículo 194 del Código Penal prescribe que ‘El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años”.
Bullrich afirmó en su respuesta al magistrado que el protocolo no puede considerarse inconstitucional, como pretende Fierro, “en tanto la resolución que nos ocupa de manera alguna intenta ser una disposición de carácter legislativo sino -como reza en sus considerandos- es una mera impartición de instrucciones a las fuerzas policiales y de seguridad federal a fin de ofrecerles un marco de certidumbre para su actuación frente a impedimentos al tránsito de personas o medios de transporte, cortes parciales o totales de rutas nacionales y otras vías de circulación sujetas a la jurisdicción federal”.
El ministerio argumentó que la normativa “tampoco resulta contraria a la legislación vigente en la materia en cuanto a derechos, obligaciones y sanciones de los partidos políticos en el plano colectivo e individual, ni amenaza el menoscabo en el ejercicio legítimo del derecho a las libertades de expresión, asociación y reunión, el derecho de peticionar a las autoridades, y el derecho de protesta”.
Bullrich puntualizó que el protocolo puesto bajo la lupa en la causa “contó con la intervención de las aéreas competentes de esta Cartera de Estado”, al responder otro de los tópicos por los que había consultado el juez Casanello: si el protocolo “fue acompañado y/o precedido del dictado de otros actos administrativos”.
Otro de los puntos que contestó Bullrich en el escrito es el que inquirió sobre denuncias contra el personal de las fuerzas de seguridad al aplicar el protocolo. Negó que se hayan recibido presentaciones en ese sentido. Con respecto a una consulta de Casanello sobre el análisis de recomendaciones vinculadas al protocolo hechas por dependencias de la ONU, Bullrich respondió que “el documento se encuentra en análisis”.
En sus conclusiones, la respuesta de Bullrich a Casanello menciona que el protocolo antipiquetes “integra armónicamente un bloque de legalidad que tiene por finalidad proteger y preservar los valores supremos de los habitantes de la Nación Argentina, como lo son la vida, la libertad y propiedad de sus habitantes”. Además, consideró que “la accionante pretende impugnar dicha resolución en base a afirmaciones dogmáticas carentes de todo sustento jurídico, limitándose a solicitar en su demanda que se dejen sin efecto los mismos, pero sin dar ningún tipo de argumento razonable para fundar su pretensión”.
Para cerrar, Bullrich le dejó una advertencia al juez: “No puede soslayarse que si, hipotéticamente V.S. hiciera lugar a la acción planteada, se estaría entrometiendo en las competencias constitucionales e institucionales propias del Poder Ejecutivo”.
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