Boggiano cobrará jubilación aunque fue destituido
El ex juez de la Corte Suprema podrá acceder a ese derecho previsional a pesar de que una ley establece lo contrario; el fallo de la sala I de la Cámara de la Seguridad Social no fue unánime
El ex ministro de la Corte Suprema de Justicia Antonio Boggiano, integrante de la denominada "mayoría automática" de los 90, podrá cobrar la jubilación pese a haber sido destituido en 2005 por mal desempeño de sus funciones, indicaron fuentes judiciales.
Los camaristas Lilia Maffei de Borghi y Bernabé Chirinos, con la disidencia de su colega Victoria Pérez Tognola, confirmaron un fallo que le reconoció a Boggiano el derecho previsional pese a que no tiene derecho a percibirlo según una ley.
El artículo 29 de la ley 24.018 -sobre jubilaciones para jueces de la Corte, Poder Ejecutivo y otros magistrados y funcionarios políticos- establece: "Los beneficios de esta ley no alcanzan a los beneficiarios de la misma que, previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones".
Maffei de Borghi y Chirinos, de la sala I de la Cámara de la Seguridad Social, declararon "inconstitucional" ese artículo y y justificaron que "la destitución no implica más que abandonar la función que desempeñaba como ministro de la Corte".
"La Constitución Nacional prevé la remoción para el supuesto de progresar el juicio político pero nada dice en orden a que simultáneamente se pierdan beneficios previsionales", sostuvieron.
Qué pasó
Antonio Boggiano dejó de ser miembro de la Corte el 28 de septiembre de 2005. Estaba acusado de mal desempeño de sus funciones. Seis de los catorce cargos que le imputó la Cámara de Diputados alcanzaron en el Senado la mayoría de dos tercios que requiere la Constitución para destituir a un juez sometido a juicio político.
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