Anulan una sentencia contra Sala y ordenan dictar nuevo fallo en la causa por el escrache a Morales
La Casación Penal apuntó a la prescripción de los delitos; en 2017, la misma Cámara, con otros jueces, había ordenado lo contrario
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La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un recurso interpuesto por la defensa de Milagro Sala y ordenó que se dicte una nueva sentencia “conforme a derecho” en la causa en la que la líder de la organización Tupac Amaru fue condenada a tres años y medio de prisión por daños y amenazas, en el marco de un escrache al actual gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, en 2009, cuando este era senador nacional.
La decisión fue adoptada por los jueces de la sala IV de la Cámara, que entendieron que la sentencia no estaba debidamente fundada, e hicieron lugar al planteo de la defensa de Sala, que sostuvo que se trataba de delitos prescriptos, por lo que correspondía dictar su sobreseimiento, según reprodujo la agencia Télam.
La mayoría conformada por los jueces Javier Carbajo y Liliana Catucci fue la que propuso anular la sentencia y reenviar el expediente al tribunal que intervino para que dicte un nuevo fallo, mientras que la jueza que votó de forma distinta fue Ángela Ledesma, quien directamente propuso declarar extinguida la acción penal y sobreseer a todos los acusados.
La decisión de hoy de la Cámara de Casación va en contra de lo resuelto en 2017 por la misma sala de la Cámara, pero integrada entonces por Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani, quienes habían considerado que la prescripción de la acusación por amenazas estaba mal dictada y ordenaron al Tribunal Oral Federal de Jujuy resolver una nueva sentencia. Esa nueva sentencia, dictada el 17 de junio de este año por el TOF, es la que había agravado la condena.
En el fallo dado a conocer hoy por Télam, Ledesma propuso “anular el decisorio impugnado y declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto de Milagro Amalia Ángela Sala, María Graciela López y de Ramón Gustavo Salvatierra y, en consecuencia, sobreseer a los nombrados en orden a los hechos de daño agravado y amenazas coactivas imputados en la presente causa”, según consta en el fallo al que accedió Télam.
Lo que finalmente decidieron Carbajo y Catucci fue “anular el decisorio impugnado y reenviar las presentes actuaciones a su origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte una nueva resolución conforme a derecho”.
El fallo deja en manos del TOF jujeño el dictado de una nueva sentencia que sobresea a los acusados, toda vez que los jueces del tribunal superior compartieron el criterio de que la sentencia condenatoria fue arbitraria y que los delitos investigados estaban prescriptos.
El antecedente de la Casación
Por esta causa, la líder de la Tupac Amaru fue condenada a tres años de prisión en suspenso en 2016, pero el expediente pasó a la Cámara de Casación, que en 2017 confirmó esa sentencia por el delito de daños, pero consideró que la prescripción de la acusación por amenazas estaba mal dictada y ordenó al TOF resolver una nueva sentencia.
En aquella oportunidad, la sala IV de Casación estuvo integrada por Hornos (como presidente), Borinsky y Gemignani.
En ese marco, en junio de este año los jueces del TOF jujeño Mario Héctor Juárez Almaraz, Alejandra Cataldi y Liliana Snopek agravaron con seis meses la resolución condenatoria. La defensa de Sala los denunció por “mal desempeño” ante el Consejo de la Magistratura.
Esa segunda sentencia fue recurrida por la defensa de Sala y, esta vez, la Casación, con otra conformación, ordenó dictar una nueva sentencia.
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