Alberto Fernández deroga tres decretos de Mauricio Macri en materia electoral
Se trata de normas que habilitaban el voto por correo de argentinos residentes en el exterior y el sufragio anticipado de personas en prisión preventiva y del comando electoral
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El Gobierno volverá a llevar a foja cero normativas elaboradas por la gestión de Mauricio Macri. Esta vez, en materia electoral. El Ministerio del Interior, a cargo de Eduardo “Wado” De Pedro anulará en las próximas horas tres decretos de 2019 que habilitaban el voto postal y anticipado de los argentinos que viven en el exterior, y el sufragio anticipado de las fuerzas de seguridad que integran el comando electoral y de las personas que cumplen prisión preventiva.
Parte de la normativa, decretada por la gestión de Cambiemos en enero de 2019, había sido cuestionada y judicializada por el PJ, el kirchnerismo y el Frente Renovador en un expediente que trepó hasta la Corte Suprema, que aún debe pronunciarse sobre la constitucionalidad de las medidas.
Los decretos 54 y 55 de enero de 2019 habilitaban el voto anticipado de “los argentinos que se encuentran cumpliendo prisión preventiva” (son unas 48.000 personas, según datos de la Procuración Penitenciaria de la Nación de 2019) y del “comando electoral que tiene a su cargo preservar y asegurar el orden durante los comicios”, respectivamente. Esos grupos podían emitir su sufragio entre siete y doce días antes del domingo de las elecciones en mesas estipuladas por la autoridad electoral. Las normas, sin embargo, quedaron suspendidas en 2019 y se fijó su aplicación recién a partir de 2021.
El decreto 45/2019, en tanto, determinó que los argentinos que viven fuera del país podrán votar como hasta ahora -en la sede diplomática argentina más cercana a su domicilio- o “manifestar su voluntad de emitir el sufragio por correo postal, inscribiéndose hasta 90 días antes de la fecha de la elección”. A partir de allí se elaboraba un padrón de estos ciudadanos, y se les enviaría tres sobres, con una boleta única, un instructivo y una declaración jurada para acreditar su identidad. El elector debía enviar la documentación en sobres separados hasta cuatro días antes de las elecciones.
Este último decreto podría tener una fuerte incidencia electoral porque, según fuentes oficiales hay unos 360.000 argentinos residiendo en el exterior, una cifra superior al padrón electoral de provincias como Catamarca, La Rioja, San Luis, Santa Cruz o Tierra del Fuego, de acuerdo a datos de 2019. El voto de los argentinos en el exterior es, de todas formas, optativo y la participación suele ser baja: en los últimos comicios participaron unos 20.000 ciudadanos con esa modalidad, según estimaciones oficiales.
Ahora, esos tres decretos de Macri serán derogados por la gestión de Fernández a través de otros dos decretos: uno contemplando el caso del voto postal en el exterior y otro el caso del voto anticipado de presos y fuerzas de seguridad. “Cualquier modificación del sistema de votación tiene que pasar por el Congreso. Por otra parte, en la Argentina el voto anticipado no está contemplado en el Código Nacional Electoral”, señaló la secretaria de Asuntos Políticos, Patricia García Blanco al justificar la medida.
Además de revertir estas reglas electorales, el Gobierno ya tomó una determinación: cualquier protocolo sanitario que se aplique por la persistencia de la pandemia se hará “con el código electoral actual”. Eso quiere decir que no habilitará formatos digitales o postales excepcionales para votar en el contexto del coronavirus y que el sufragio seguirá siendo simultáneo y presencial. “Se podrán evaluar con el Ministerio de Salud pautas vinculadas al distanciamiento social, pero no se va a cambiar la ley”, enfatizaron fuentes oficiales.
Judicialización
El decreto 45/2019 había buscado reglamentar la ley 24.007, de 1991, que habilitó por primera vez el voto de los argentinos residentes en el exterior. Aún así, la medida había causado el fuerte rechazo de los sectores del PJ, del kirchnerismo y del Frente Renovador, que en 2019 judicializaron la medida porque entendían que era favorable a los intereses electorales de Juntos por el Cambio. Alegaron que las modificaciones introducidas sólo podían hacerse por ley, dado que la materia electoral está vedada para los decretos de necesidad y urgencia (DNU).
La jueza federal con competencia electoral María Servini les dio la razón y anuló el decreto en un fallo en el que determinó que la normativa “ha pretendido reformar normas electorales al establecer un nuevo sistema de votación, una fecha distinta para la celebración del acto electoral y un procedimiento diferente para la realización del escrutinio, todas cuestiones que debían ser analizadas por el Congreso”.
Pero en julio la Cámara Nacional Electoral revocó la decisión de la jueza y convalidó el voto por correspondencia de los argentinos en el exterior. “No se observa que el sistema de voto por correo postal que establece el decreto cuestionado, y que se presenta como una modalidad extendida en el mundo, constituya un exceso que pueda reputarse inconstitucional”, sostuvo la resolución firmada por los jueces Santiago Corcuera y Alberto Dalla Vía.
El caso, así, llegó a instancias del máximo tribunal. La procuradora fiscal ante la Corte Suprema, Laura Monti, se pronunció días atrás por la inconstitucionalidad de los decretos. Faltaba que resolvieran los supremos. En el Gobierno consideran que si se anula el decreto, la controversia se volvería abstracta.
Días atrás, la gestión de Fernández había derogado las modificaciones llevadas adelante por la gestión de Mauricio Macri sobre la Ley Migratoria, mediante la cual se habían impuesto controles más estrictos para evitar el ingreso de delincuentes extranjeros y se agilizaron los trámites de expulsión de inmigrantes con antecedentes penales.
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