Además de la Corte, el fuero contencioso administrativo define el futuro de los jueces Bruglia, Bertuzzi y Castelli
El futuro de los trasladados de los camaristas Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Germán Castelli está en manos de la Corte Suprema de Justicia, aunque, en paralelo, su caso es analizado por la justicia en lo contencioso administrativo federal. Este fuero se ocupa de analizar casos que tratan sobre la legalidad de las decisiones de los otros dos poderes del Estado. Hasta ahora, la respuesta que los tres jueces tuvieron en ese fuero siempre fue negativa.
El presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, convocó para el martes próximo a un acuerdo extraordinario para resolver el caso de los tres jueces, que presentaron un recurso de per saltum ante el máximo tribunal, de modo de pasar arriba de esos fallos adversos y obtener un pronunciamiento de la Corte.
Pero en la justicia contencioso administrativo, de todos modos tramitan sus reclamos. La jueza María Alejandra Biotti ya rechazó los recursos de medida cautelar y de amparo que presentaron Bruglia y Bertuzzi para seguir en sus cargos. Ahora el caso está en manos de los jueces de la Cámara Contencioso Administrativo Federal Guillermo Tracy y Jorge Alemani, luego de que su colega Pablo Gallegos Frediani se excusó de intervenir en el caso, porque él mismo es un juez trasladado.
Tracy y Alemany ya rechazaron la medida cautelar de los jueces para quedar en sus cargos y ahora se pronunciarán sobre el recurso de amparo. Ya dieron vista al Consejo de la Magistratura,que defendió la necesidad de dar marcha atrás con los traslados de Bruglia y Bertuzzi, pidieron la versión taquigráfica de la sesión del Senado donde se les denegó el acuerdo y, ahora, dieron una nueva vista al fiscal de la causa. Con estos elementos, el lunes o, a más tarde, el martes a primera hora estarán en condiciones de dictar una sentencia.
En paralelo, ese día y a esa misma hora está convocado el acuerdo extraordinario que citó Rosenkrantz para tratar el per saltum. Si los camaristas firman su sentencia antes del acuerdo extraordinario, será ociosa la reunión de la Corte, pues ya con un fallo de Cámara no hay instancia a la que saltar.
En cambio, si la Corte decide el martes rechazar el per saltum (lo que parece una probabilidad cierta), la Cámara podría decidir si avala o no los traslados. Incluso, la Corte Suprema podría rechazar el per saltum y exhortar a la Cámara a que se pronuncie de inmediato. Todo hace pensar que la Cámara Contencioso firmará entonces la sentencia enseguida y seguirá fiel a los que viene diciendo, es decir rechazará la pretensión de Bruglia y Bertuzzi.
Así las cosas, los dos jueces trasladados tienen allanado el camino para llegar a la Corte mediante un recurso extraordinario, el camino natural para pedir que el máximo tribunal respalde lo que firmó en 2018.
Los argumentos de Bruglia y Bertuzzi para evitar que los saquen de sus cargos en la Cámara Federal están contenidos en dos acordadas de la propia Corte.
En la Acordada 4/18, con el voto de Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, el máximo tribunal dijo que "queda descartada la designación permanente de magistrados que ya ostentan tal calidad para ejercer en un tribunal con una competencia específica, en otro tribunal con otra competencia radicalmente distinta bajo la forma de una transformación o de un traslado. Èste no está previsto en parte alguna de la Constitución nacional y no constituye una categoría constitucional autónoma respecto del nombramiento". En el caso de Bruglia y Bertuzzi se trata de la misma competencia.
En disidencia parcial, los jueces Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco dijeron que los traslados de jueces eran mecanismos constitucionalmente válidos y que no era necesario instrumentar un nuevo procedimiento de designación, ni requerir un nuevo acuerdo del Senado para los casos de los traslados de jueces, siempre que se respetaran el consentimiento de los magistrados involucrados y que se trate de cargos de igual jerarquía.
También sostuvieron en esa acordada: "Exigir una nueva designación -con intervención del Consejo de la Magistratura, acuerdo del Senado y decreto del Poder Ejecutivo- en virtud de la reforma del artículo 99, inciso 4, de la Constitución para los jueces que se trasladan, resultaría a todas luces inaceptable".
"Si un nuevo acuerdo fuese exigible para el traslado, por razones de consistencia también debería exigirse un nuevo acuerdo para todos los magistrados designados mediante el procedimiento constitucional vigente con anterioridad a la reforma de 1994, ya que ellos tampoco han sido designados de acuerdo con el nuevo procedimiento de la Constitución reformada", argumentaron.
La otra decisión de la Corte, de 2018, en la que los camaristas sustentan su reclamo es la acordada 7/2018, firmada por Lorenzetti, Maqueda y Rosatti. Allí dijeron que "la hipótesis de traslado -consultada por el señor ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación [que era la situación de Bruglia]— de un magistrado nacional de la Capital Federal para desempeñar funciones de la misma jerarquía dentro de la jurisdicción nacional, con igual o similar competencia material, mediando el consentimiento respectivo, resulta diametralmente diferente de la considerada y definida en la acordada 4/2018. De ahí, que en tales situaciones cabe concluir que no es necesaria la instrumentación de un nuevo procedimiento de designación conforme a las exigencias del artículo 99, inciso 4, de la Constitución nacional. Idéntico criterio corresponde aplicar con relación al supuesto de traslado de magistrados federales para desempeñar funciones de la misma jerarquía dentro de la jurisdicción federal, con igual o similar competencia material, mediando consentimiento del magistrado respectivo, a que hace referencia el mismo solicitante en el último párrafo de fs. 1 de su escrito".
La hipótesis de traslado específicamente consultada a la Corte fue la del juez Bruglia, desde el Tribunal Oral Federal N° 4 a la Sala I de la Cámara Federal.
En el caso del juez Castelli, en primera instancia la jueza contencioso le rechazó la medida cautelar de la magistrada Macarena Marra Giménez, quien ahora se dispone a dictar sentencia sobre el fondo del amparo. El fiscal ya dictaminó en contra y todo hace pensar que también lo rechazará, con lo que el juez quedarà en manos de la Corte, ya sea para llegar por apelación o porque se trate su per saltum el martes próximo.
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