
Acotan subsidios por desaparecidos
El Gobierno rechazará pagar una indemnización por un asesinato provocado por la Triple A, en 1974; hay otros 105 pedidos.
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Sobre el escritorio del ministro del Interior, Carlos Corach, descansa un escrito que promete reabrir viejas heridas de la historia política argentina.
En un texto de cinco páginas, el Poder Ejecutivo niega a los hijos de Rodolfo Ortega Peña, asesinado el 31 de julio de 1974, el derecho a cobrar una indemnización como descendientes de una víctima del terrorismo de Estado.
A Ortega Peña lo mataron fuerzas paramilitares que actuaban durante el gobierno justicialista de María Estela Martínez de Perón. "Reconocer el derecho de los hijos de Ortega Peña a cobrar una indemnización es reconocer que hubo terrorismo de Estado durante un gobierno justicialista", asegura el senador Jorge Yoma (PJ-La Rioja).
Además, el expediente Ortega Peña es de vital importancia ya que, al ser un "leading case", sentará precedente sobre otros casos similares.
Si los hijos de este ex diputado peronista obtuviesen un dictamen favorable a su pedido, lo que les permitiría cobrar la indemnización, el Estado se vería en la obligación de hacer frente económicamente a otros 105 juicios de familiares de víctimas del terrorismo de Estado que murieron antes del golpe de 1976 y que actualmente esperan definiciones judiciales.
La polémica surgió a partir de una ley de 1994, la 24.411, que establece que el Estado deberá pagar 224.000 pesos de indemnización a los familiares de "toda persona que hubiese fallecido como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de seguridad, o de cualquier grupo paramilitar".
El problema es que, según esa norma, el período en el cual los asesinatos políticos son objeto de indemnizaciones tiene fecha de culminación (10 de diciembre de 1983, día en el que Raúl Alfonsín asumió la presidencia), pero no de comienzo. Ante la falta de acuerdo, los legisladores evitaron fijar el momento del comienzo de la violencia política en la Argentina.
La deliberada omisión de los legisladores dio pie a que el Ministerio del Interior hiciera una interpretación restringida de la ley: la indemnización fue otorgada únicamente a los familiares de personas asesinadas durante la última dictadura militar.
Para aplicar este criterio, los asesores legales de la cartera del Interior, a cuya cabeza está Jorge Castells, no se basaron en la letra, sino en los fundamentos de la ley.
Interpretación
"En el debate parlamentario quedó claro que la idea era beneficiar a las víctimas de la última dictadura militar", afirma Castells.
El Estado ya ha invertido casi 100 millones de pesos en resarcir a los familiares de esas víctimas. Pero esta interpretación hizo que en más de un centenar de casos de personas asesinadas antes del golpe de 1976 los familiares no obtuviesen reparación económica.
La negativa del ministerio que conduce Corach motivó varios reclamos ante la Justicia y el de Ortega Peña es el más avanzado. Cuando ese funcionario finalmente estampe su firma en la resolución que niega el citado derecho de indemnización, los hijos de Ortega Peña apelarán nuevamente ante la Justicia.
Lo curioso es que la interpretación que Castells hizo de la ley se contradice con lo dictaminado por el organismo que entiende directamente en el tema y que también depende de Interior: la Subsecretaría de Derechos Humanos.
Allí es donde los familiares de Ortega Peña y de otras 105 víctimas políticas muertas antes del golpe de 1976 obtuvieron un predictamen favorable a su reclamo de indemnización.
El criterio aplicado en Derechos Humanos, a cuyo frente está Inés Pérez Suárez, fue rebatido por Castells una vez que el trámite entró en su fase final. La paradoja del caso es que esta diferencia jurídica tiene implicancias domésticas: Pérez Suárez y Castells son marido y mujer.
Pero tampoco los legisladores que sancionaron la ley están de acuerdo con el criterio restringido con que Interior la aplica. Actualmente hay aprobados varios proyectos de declaración que rebaten los argumentos de Castells, que basa su posición en que lo único que puede hacerse es "aplicar el texto de la ley". De lo contrario -dice- "podrían venir los familiares de (Manuel) Dorrego a reclamar una indemnización".
El propio Corach se refirió al tema en la reunión del Consejo Federal de Derechos Humanos. Dijo que hace falta una nueva ley que subsane la ambigüedad de la 24.411.
El diputado Juan Pablo Cafiero (Frepaso-Buenos Aires) tomó el desafío del ministro y presentó un proyecto por el que establece el 6 de septiembre de 1930, día del golpe que derrocó a Hipólito Yrigoyen, como fecha inicial para que los asesinatos políticos puedan ser indemnizados.
Una larga nómina, con un caso de 1955
La larga lista de quienes aguardan ansiosos que el Ministerio del Interior comience a pagar indemnizaciones a víctimas de la violencia política muertas antes del golpe de 1976 guarda algunas sorpresas.
Mezclado junto con el nombre del sacerdote Carlos Mugica y de otras personas asesinadas durante el gobierno constitucional que comenzó en 1974, figura un caso atípico: el de Juan Carlos Marino. A diferencia de la mayoría de los reclamos, el certificado de defunción de Marino no data de la década de 1970: él murió el 16 de junio de 1955.
Al mediodía de esa jornada, el entonces empleado de la Aduana emergió del subte A en la salida de Plaza de Mayo. No llegó a comprender que las bombas que caían eran arrojadas por un grupo de marinos que intentaba derrocar al presidente Juan Perón.
Marino apenas pudo caminar unos pasos antes de que una ráfaga de metralleta le surcara el pecho quitándole la vida. Tenía 42 años y ninguna militancia política, salvo la foto de Perón, que presidía el living de su casa en Ramos Mejía.
Marino fue uno más en la lista de 400 víctimas que los diarios publicaron al día siguiente, cuando el intento del golpe ya había sido sofocado.
Pesada herencia
Su hijo, Miguel Angel, tenía entonces 16 años y heredó el puesto en la Aduana. Hoy, a más de 40 años de haber esperado en vano que su padre volviese de trabajar, lucha para cobrar la indemnización de 224.000 pesos que la ley 24.411 fija para los descendientes de las víctimas del terrorismo de Estado.
Su pedido fue denegado por el Ministerio del Interior con dos argumentos: su padre murió antes del golpe de 1976, fecha de inicio que actualmente rige para el pago de indemnizaciones, y no falleció por la represión de las Fuerzas Armadas, sino por el obrar de un grupo sedicioso.
Miguel Angel Marino intenta rebatir ambos argumentos. Para ello, cita al diputado Marcelo López Arias (PJ-Salta), que solicita que la ley 24.411 se aplique de manera "amplia, generosa y sin restricciones".
(Télam).- La defensora oficial de Alfredo Astiz, Perla Martínez de Ruck, consideró que no existen pruebas suficientes para procesar al ex marino, acusado de apología del delito y de haber atentado contra el orden constitucional.
La letrada señaló que si se confirma que el juez Claudio Bonadío dispuso el procesamiento de Astiz, apelará esa decisión.






