Coronavirus: abre Diputados el debate sobre la regulación del teletrabajo y buscan el apoyo de los gremios
La Cámara de Diputados dará inicio hoy al debate para regular el teletrabajo o home office, una modalidad que la cuarentena impuso forzosamente con la aparición de los primeros casos de coronavirus. Con el aporte de las centrales obreras y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni, la intención de los legisladores es avanzar en una iniciativa acordada con dos ejes fundamentales: que esta modalidad sea opcional para el empleado y que éste goce de los mismos derechos laborales de los que ejercen el trabajo presencial.
La discusión arrancará hoy en la Comisión de Legislación del Trabajo, que preside la diputada y sindicalista Vanesa Siley (Frente de Todos); en la primera jornada está prevista la participación de los principales dirigentes de la CGT, de las dos CTA como así también de representantes de las entidades sindicales del sector informático y de telecomunicaciones.
Mañana, el ministro Moroni, acompañado por el presidente de la Comisión de Trabajo del Senado, Daniel Lovera, cerrarán el debate, tras lo cual se firmaría un dictamen. Los más optimistas confían en llevar la iniciativa al recinto el próximo jueves; sin embargo, los más cautos prefieren no apurar la discusión porque aún prevalecen algunas diferencias.
En efecto, si bien el Gobierno, los sindicatos y los legisladores están de acuerdo en la necesidad de regular el teletrabajo, lo cierto es que el jueves último la cúpula de la CGT anticipó sus reparos al borrador de la iniciativa que comenzó a circular en el Ministerio de Trabajo y los principales despachos oficialistas de la Cámara baja. Los gremios reclaman que esta modalidad se discuta por actividad, en cada convenio colectivo y plantearon sus objeciones a que una ley marco -en este caso, el régimen de contrato de trabajo- imponga las condiciones generales.
En ese sentido, Sergio Romero, integrante del consejo directivo de la CGT, apuntó que "es insostenible avanzar en esta materia sin amplios acuerdos sociales y sindicales".
Por de pronto, la intención de los legisladores oficialistas y opositores es acordar una iniciativa común. "Los asesores de los distintos legisladores avanzaron en los últimos días y hay un alto grado de coincidencias. Este es un tema de larga data, aunque ahora la coyuntura que impone la pandemia nos da la oportunidad para sancionar una ley", destacó el diputado Albor Cantard (Juntos por el Cambio) quien, junto a Siley y Sergio Massa, presidente de la Cámara baja, trabajan en un dictamen consensuado.
Entre los puntos más importantes del borrador figuran:
- Ámbito de aplicación. Se establece que la ley regirá para aquellas prestaciones que se efectúen en forma parcial o total en el domicilio del trabajador o en lugares distintos al establecimiento del empleador y que requieran la utilización de tecnologías de la información y comunicación. De aprobarse la norma, la negociación colectiva deberá establecer dentro de un plazo de 180 días el régimen y las condiciones de teletrabajo en el sector representado. Vencido ese plazo, el Ministerio de Trabajo dictará las normas complementarias que fueran necesarias.
- Principio de igualdad. Los trabajadores gozarán de igualdad de trato y derechos respecto de aquéllos bajo relación de dependencia que se desempeñen en forma presencial.
- Voluntariedad y reversibilidad. La prestación de tareas bajo la modalidad de teletrabajo está sujeta a la voluntad del trabajador, que tendrá la opción de retornar a la modalidad presencial conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva.
- Principio de indemnidad. Los empleadores deberán proveer el equipamiento tecnológico y el complementario para el correcto desempeño y el soporte técnico para garantizar su correcto funcionamiento, así como el acceso a internet sin costos económicos para el trabajador. Para el caso de no proporcionar dichos elementos, se deberán compensar los gastos, con resguardo de la indemnidad patrimonial de los trabajadores.
- Protección de datos personales. Se garantizará el derecho a la protección de la intimidad de los trabajadores que presten tareas bajo la modalidad de teletrabajo. Los empleadores deberán informar en forma previa al acceso a los dispositivos informáticos en forma remota, lo que deberá limitarse a aspectos vinculados con el objeto del contrato o la relación.
- Domicilio ámbito protegido. Los controles de los empleadores y las inspecciones de la autoridad de aplicación que impliquen un acceso al domicilio deberán contar con autorización previa de los trabajadores.
- Desconexión digital. Se garantizará el pleno derecho a la desconexión digital durante tiempo de descanso y durante las licencias. No se podrán adoptar conductas o prácticas discriminatorias ni imponer sanciones por el ejercicio de este derecho.
- Régimen de cuidados. Se deberán contemplar en los Convenios Colectivos de Trabajo normas de protección de las personas que tengan a su cargo tareas de cuidado en el ámbito del hogar.
- Derechos colectivos. Quienes se desempeñen en forma total o parcial en régimen de teletrabajo gozarán de los derechos colectivos y serán considerados, a los fines de la representación colectiva, como parte del conjunto de trabajadores que se desempeñan en forma presencial.
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