A pesar del pedido de la Corte Suprema, la Casación volvió a absolver a los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa
El camarista Borinsky llegó a argumentar que la causa debería prescribir, pese a que Ricardo Echegaray sigue siendo funcionario público
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La Cámara Federal de Casación Penal volvió a absolver a los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa en la causa por la retención de impuestos de la empresa Oil Combustibles, donde el extitular de la AFIP Ricardo Echegaray fue condenado a 4 años de prisión.
El fallo fue firmado por los jueces Alejandro Slokar y Mariano Borinsky, con la disidencia -con duros argumentos- del juez Guillermo Yacobucci.
La mayoría rechazó así el pedido del fiscal Mario Villar para condenar a López y a de Sousa. Ahora la acusación va a volver a recurrir a la Corte Suprema para tratar de conseguir una condena.
El caso ya había llegado a la Corte, que en términos enfáticos había pedido a la Cámara de Casación que dictara un nuevo fallo. El máximo tribunal había considerado que la absolución de López y De Sousa resultaba “arbitraria”, tanto por “dogmática”, como por “fragmentaria”.
En 2018, con los votos de Gustavo Hornos y Eduardo Riggi, la Cámara Federal de Casación Penal había confirmado los procesamientos de López y De Sousa, acusados de liderar una administración fraudulenta agravada en perjuicio de las arcas públicas por cerca de $8000 millones. Hornos había ido más lejos: alertó que se trataba de un grave hecho de corrupción con la participación criminal de la AFIP.
Sin embargo, López y de Sousa, dueños de C5N, fueron absueltos en 2021 por el Tribunal Oral Federal N° 3. Tras ello, la fiscalía apeló por lo que el caso fue revisado en Casación, que confirmó el sobreseimiento con la firma de Diego Barroetaveña y Daniel Petrone. No obstante, el recurso de apelación llegó hasta la Corte Suprema, que pidió a la Casación que dictar un nuevo fallo con otra sala. Dijo la Corte que no respondieron los argumentos del fiscal.
Lo hizo y ahora la Casación, con la firma de Slokar y Borinsky, volvió a fallar en favor de los empresarios. Los jueces no lo enviaron nuevamente al tribunal oral para que dicte una nueva sentencia.
El fiscal Villar volverá a llevar el caso a la Corte, que sugirió que dictar una nueva sentencia contra las absoluciones.
Slokar, que fue funcionario del gobierno de Néstor Kirchner, dijo que la acusación “no logró demostrar que existió un entramado delictivo entre privados y funcionarios públicos para obtener recursos del Estado en beneficio propio”.
Argumenta que no se probó un tratamiento preferencial a Oil Combustibles SA por parte de la AFIP.
Slokar propuso rechazar el recurso del fiscal por el beneficio de la duda en favor de los acusados.
El juez Mariano Borinsky en tanto, argumentó sobre la posible prescripción de la acción penal seguida contra Fabián De Sousa y Cristóbal López.
Borinsky argumentó que el caso estaba prescripto por el paso del tiempo, a pesar del carácter de Echegaray de funcionario. El Código Penal establece, en su artículo 67, que la prescripción se suspende en los casos de delitos cometidos en el ejercicio de la función pública.
La ley establece que si hay un funcionario entre los imputados, se interrumpe la prescripción para todos los acusados.
En su interpretación Echegaray es funcionario en el Arca, pero no con la misma influencia de cuando era jefe de la AFIP.
Consideró que la Corte Suprema de Justicia de la Nación excluyó lo relacionado a la “trama densa de relaciones personales y comerciales” entre los imputados y funcionarios públicos.
El juez Yacobucci, en disidencia, postuló que la acción penal contra López y De Sousa mantiene su vigencia. Dijo que ambos resultaron beneficiarios directos de algo que ya ha sido considerado ilícito por la Corte Suprema. Argumentó que la causa no está prescripta porque Echegaray sigue siendo funcionario público del ARCA, ex AFIP y que desde su posición púede seguir entorpeciendo la investigación.
Dijo Yacobucci que “luego de analizar las resoluciones que oportunamente adoptaron tanto la mayoría del tribunal a quo como dos colegas de esta Cámara, consideró que los argumentos para absolver a los acusados López y De Sousa -que resultaron beneficiarios directos de aquella maniobra en los términos que allí se postularon resultaban arbitrarios”.
El juez mencionó que “tras analizar la prueba rendida, en los términos impuestos por el máximo tribunal, entiendo que aquella es idónea para imputar penalmente a los acusados Cristóbal López y Fabián De Sousa”.
Y concluyó que “existen razones suficientes para atribuir relevancia penal a los actos -intervención penalmente relevante en términos de aporte cumplidos por ambos ciudadanos López y De Sousa en connivencia con el titular por aquel entonces del ente estatal”, Echegaray.
“Los empresarios López y De Sousa recibieron, a través de su empresa, un tratamiento privilegiado, irregular y, por sobre todo, ilegítimo por parte de AFIP y de su titular de aquel momento, que les permitió beneficiarse de un modo indebido en desmedro del erario público, lo que da sustento a su condena en los términos en los que la acusación postuló.”
El fiscal Villar en la acusación que llevará de nuevo a la Corte citó diversas causas penales en las que están acusados López y De Sosa e indicó que debía tenerse en cuenta que el contexto delictivo más amplio.
Los planes de pago dijo que no fueron simples peticiones a las autoridades inocuas o neutrales, sino que existió una correlación entre los contribuyentes, que se beneficiaban con planes que no cumplían con las condiciones legales para su otorgamiento y que la vinculación se extendía a una relación que se refleja en las causas en las que se imputa el lavado de activos, por ejemplo Hotesur-Los Sauces.

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