Una reforma democrática de la reforma judicial
Desde hace treinta años he dedicado mi práctica profesional desde organismos internacionales y desde centros académicos de EE.UU. y de Europa a dirigir a equipos de colegas para asistir conjuntamente a poderes judiciales, legislativos y ejecutivos en 119 países en donde junto a sociedades civiles se implementaron reformas institucionales cuyo objetivo era alcanzar una mayor efectividad judicial para fortalecer al estado de derecho de acuerdo con la tradición socio-jurídica de cada nación.
Nuestra experiencia internacional se basa en la premisa, ya verificada por los más variados estudios científicos que documentan que el mejoramiento del sistema de administración de justicia en una democracia requiere de reformas institucionales socialmente consultadas e integrales, o sea, que incluyan a todos los fueros judiciales y a todos los eslabones del sistema de administración de justicia. Es así que las reformas judiciales internacionalmente exitosas han sido parte de una mucho más amplia reforma política de Estado y no solo parches judiciales para proteger a políticos.
El mejoramiento del sistema de administración de justicia en una democracia requiere de reformas institucionales socialmente consultadas e integrales
Claramente, todos los indicadores internacionales disponibles dan cuenta de que Argentina urgentemente requiere de una reforma judicial integral para así alcanzar un mínimo estado de derecho basado en una cultura de la legalidad aún no desarrollada. Pero si uno observa hoy el contexto político internacional, es claro que la Iniciativa de Ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal enviada por el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación posee una naturaleza perniciosa debido a las siguientes tres dañinas características:
- No ha sido consultada con las más amplias bases sociales de organizaciones civiles, incluidas asociaciones de víctimas de los más diversos delitos graves, ni tampoco ha sido consultada previamente con los actores del sistema judicial ni con los colegios de abogados ni con las cámaras de comercio;
- A través de solo concentrarse en agregar más jueces políticamente afines y de redistribuir juzgados sin agregar fiscalías ni policías especializadas, esta "Iniciativa" posee un objetivo de debilitamiento y de control político del sistema judicial localizada en un área muy limitada encargada de procesar a políticos y a empresarios asociados a gobiernos previos;
- Finalmente, esta "iniciativa" veladamente aspira a una posterior reforma constitucional con una mayor concentración del poder político y económico en manos del Poder Ejecutivo, rompiendo así con la actual Constitución y su división de poderes.
En un contexto internacional, esta más reciente "iniciativa" de reforma judicial argentina parece enmarcarse en la aceleración hacia sistemas políticos autoritarios que hoy observamos en países tan diversos como China en su relación con Hong Kong, Hungría, Polonia, Turquía o Zimbabwe, en donde los regímenes políticos de estos países aprovechan la alarma y distracción psicosocial causada por la pandemia del coronavirus para así justificar la aceleración de medidas de concentración del poder extraordinarias que, bajo condiciones normales, nunca serían aprobadas por los poderes legislativos los que en su mayoría hoy son bloqueados, limitados o silenciados por los poderes ejecutivos para limitar o anular deliberaciones parlamentarias.
Es así que las reformas judiciales que emanan de estos gobiernos que aspiran a acelerar un avance hacia un modelo autoritario de concentración de poder siempre intentan, bajo justificativos diversos, licuar el poder de las cortes supremas a través de un aumento de su membresía para incorporar a jueces afines para después marchar hacia una reforma constitucional que rompa con el equilibrio entre los tres poderes del estado y para concentrarlo en el Ejecutivo. Posteriormente, estos gobiernos intentan implantar un "capitalismo de Estado" inspirado en el modelo político económico imperante en China, forzando la incorporación de títeres políticos en los directorios de las más importantes empresas privadas que quiebran o que requieren de préstamos subsidiados debido a la pandemia, colocando así al sector privado al servicio de un modelo político de concentración de poder. Solo así se puede comprender, por ejemplo, la persecución incesante del Primer Ministro de Hungría Viktor Orbán contra las organizaciones empresariales, sociales y universidades privadas de su país que el percibe cooperando con la oposición o la continua actitud belicosa del círculo político de Kirchner-Kicillof contra empresas argentinas de, por ejemplo, el sector agropecuario. En este mismo sentido, funcionarios de alto rango que hoy forman parte del partido gobernante en los poderes ejecutivos federal y provincial de Argentina, tal como la vicepresidenta Cristina Kirchner y el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, por sus acciones y declaraciones aparentan aspirar a instalar una reforma constitucional de naturaleza autoritaria que rompa con el equilibrio de los tres poderes a favor del poder ejecutivo.
Experiencias internacionales
Lo cierto es que todas las experiencias internacionales de reformas judiciales que fueron autoritariamente sesgadas desde su inicio a través de iniciativas de ley impulsadas de arriba hacia abajo por jefes ejecutivos, aún con las mejores intenciones, siempre han causado menor efectividad judicial, menor desarrollo social y un debilitamiento del estado de derecho.
En contraste, las más reconocidas experiencias de reformas judiciales en países democráticos han sido delineadas a través de mecanismos de consulta con todos los eslabones del sistema judicial y a través de mecanismos de consenso social desde el tejido social hacia el poder legislativo para así acordar uno por uno los componentes y contenidos de las reformas judiciales a través de cientos de comparecencias de organizaciones cívicas ante comisiones legislativas, incluyendo en las comparecencias a las más diversas asociaciones de víctimas, colegios de abogados, academias, gremios sindicales, cámaras empresariales y representantes sociales de minorías étnicas con antecedentes de aplicar sistemas informales de resolución de disputas.
Las más reconocidas experiencias de reformas judiciales en países democráticos han sido delineadas a través de mecanismos de consulta con todos los eslabones del sistema judicial y a través de mecanismos de consenso social desde el tejido social hacia el poder legislativo
Para resumir, las reformas judiciales internacionalmente exitosas siempre logran avanzar hacia los siguientes 6 objetivos hasta ahora no incluidos en la Iniciativa del Poder Ejecutivo federal:
- Un poder judicial funcionalmente (y no solo orgánicamente independiente) en todos los fueros, que junto a fiscalías y policías en materia penal, se sujeten a tres tipos de controles institucionales hoy inexistentes en Argentina que incentiven una mayor calidad y cantidad de resoluciones judiciales: (a) controles internos autónomos y transparentes más allá de las costosas instancias de apelación y recursos de casación; (b) controles continuos por parte del poder legislativo en el ámbito presupuestario vinculado al desempeño de funcionarios judiciales y de necesidades judiciales; y (c) controles sociales a través de auditorías ciudadanas independientes y reguladas para garantizar su autonomía del poder político y del poder económico privado a través de una ley de participación ciudadana;
- Un significativo aumento en el acceso de la población a la justicia presencial y a la justicia digital en todos los fueros a través de una infraestructura tecnológica en el espacio público de todo el territorio para así garantizar el derecho constitucional de acceso a la justicia en todos los fueros. En particular, mejorando el acceso de los segmentos socioeconómicamente más vulnerables de la población a través de mecanismos tales como reducción de barreras del poder legislativo para impulsar iniciativas de ley ciudadana, mayores facilidades para impulsar acciones populares o acciones colectivas en sentido estricto y difusas para tutelar el bien jurídico de una colectividad de personas, la expansión de mecanismos alternativos de resolución de disputas o el derecho de acceso colectivo a una justicia ambiental a través de tribunales especializados en temas ambientales y de bienestar social. Todos estos mecanismos en otros países demostraron disminuir enormemente los costos económicos de acceso a la justicia para las personas en los estratos socioeconómicamente más vulnerables de las poblaciones;
- La implementación de alternativas a la prisión para delitos sin violencia y sin otros agravantes, que hoy conllevan menos de 5 años de condena, siendo su aplicación sujeta a mecanismos comunitarios y a la aprobación procesal de las víctimas del delito en cada causa y a la posterior revisión de auditorías ciudadanas;
- La mas efectiva coordinación interinstitucional entre los diferentes eslabones del sistema de administración de justicia y un mayor equilibrio en la asignación de recursos presupuestarios para las esferas policiales, fiscalías y de poderes judiciales federales y provinciales junto a una más frecuente coordinación con órganos judiciales del exterior ante violaciones de derechos humanos y delitos transnacionales;
- Una mucho mayor frecuencia y alcance de los decomisos aplicados a redes criminales de "cuello blanco" en los sectores público y privado (hoy casi inexistentes en el sistema judicial de Argentina) y de extinciones de dominio patrimonial y demás reparaciones de daños en materia civil con el fin de reasignar recuperaciones de activos a la reasignación social para reparar daños de víctimas individuales y de la comunidad afectada, lo cual representa también una potencial fuente significativa de recursos presupuestarios futuros dirigidos a la inversión social;
- Creación de tribunales, fiscalías y policías especializados en los delitos complejos con mayor daño social que hoy se multiplican en la impunidad, los cuales incluyen delincuencia organizada principalmente dedicada a la trata de personas, tráfico de migrantes, tráfico de armas, drogas y corrupción política así como delitos contra el medio ambiente y violencia de género.
Ninguno de estos 6 objetivos de mejor práctica internacional han sido abordados por la Iniciativa de Ley del Poder Ejecutivo. Por lo tanto, el Congreso de la Nación hoy posee la oportunidad histórica de reemplazar a esta parcial, políticamente sesgada y autoritaria iniciativa de ley con otra reforma judicial socialmente consensuada, con nuevos fueros que reflejen los desafíos sociales de futuras generaciones, tecnológicamente moderna, que evite las peores consecuencias de alimentar nuevamente a un sistema judicial dependiente del gobierno de turno y que equilibre los pesos y contrapesos de los tres poderes para así fortalecer a la democracia argentina.
Académico Senior en Derecho y Economía de la Universidad de Columbia y Presidente del Instituto de Acción Ciudadana