Una nueva iniciativa para poner fin a las leyes “congeladas”
Fue presentado en el Congreso un proyecto para establecer un mayor control del Poder Legislativo con respecto a la facultad reglamentaria del Ejecutivo
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En la Argentina existen numerosos casos en los que el Poder Ejecutivo no dicta los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación, pese al expreso mandato legal. La gravedad de esta situación reside en que, hasta que no se dicta la reglamentación, la ley queda como letra muerta, congelada y sin operatividad. Un proyecto presentado recientemente en Diputados apunta a dar solución a esta falla institucional.
Como caso ejemplificador, basta citar el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo, que quedó sin reglamentar durante varias décadas, hasta que luego del dictado del fallo de la Corte Suprema en el caso Etcheverry fue reglamentada por el Poder Ejecutivo. En numerosos casos, la reglamentación se dicta fuera del plazo establecido en la ley sancionada por el Congreso. Citando otro ejemplo, la Ley N° 26.281 de Prevención y Control de todas las formas de Transmisión de la Enfermedad de Chagas, que establecía un plazo de reglamentación de 90 días, recién fue reglamentada en 2022, luego de 14 años de sancionada.
Entre los ejemplos de leyes que hoy esperan la reglamentación se puede citar la 27.669 de cannabis medicinal y cáñamo industrial, respecto a la cual recientemente el Ministerio de Economía y Energía de Mendoza solicitó al Ejecutivo Nacional contar con este marco regulatorio para el desarrollo de su matriz productiva.
A diferencia de algunas constituciones provinciales y extranjeras, no existe en el orden federal una previsión constitucional ni legal que contemple un remedio específico para los casos de omisión reglamentaria. Sólo existe la vía judicial del amparo, en el artículo 43 de la Constitución Nacional, para reclamar la operatividad de una ley.
Frente a esta situación, el pasado 3 de abril, once diputados nacionales presentaron un proyecto de ley con el objetivo de establecer un régimen jurídico para los decretos reglamentarios que dicta el Presidente, conforme la atribución conferida en el artículo 99, inc. 2° de la Constitución Nacional. El proyecto fue presentado bajo el Nº 1215-D-2023 y tiene giro en las Comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General.
Este proyecto de ley utiliza algunos de los instrumentos previstos en la Constitución Nacional para otorgar una mayor transparencia a las leyes vigentes sin reglamentación y establecer un mayor control del Poder Legislativo con respecto a la facultad reglamentaria del Ejecutivo.
Hace unos años atrás, Carlos Nino advertía en su libro Un país al margen de la ley que una de las causas que contribuye a la “anomia boba” en la Argentina es la indeterminación de la ley. Por ello, a fin de remediar de modo general la patología constitucional que representa la omisión reglamentaria en un Estado de Derecho, el proyecto prevé no solo la fijación de plazos determinados para la reglamentación, sino la publicidad de la fecha de reglamentación en el Boletín Oficial, un informe trimestral del Jefe de Gabinete de Ministros, y la creación de un Registro actualizado de leyes vigentes cuya reglamentación esté pendiente, en la órbita de la Comisión Bicameral Permanente.
Es tiempo de que el Congreso reasuma su función y atribuciones constitucionales, a través de un mayor control de la facultad reglamentaria del Poder Ejecutivo. Solo así se logrará equilibrar nuestro sistema institucional “hiperpresidencialista”. Es inadmisible que el Congreso sancione leyes que requieren reglamentación por parte del Poder Ejecutivo y que no exista un mínimo de control posterior.
¿De qué sirve que el Congreso sancione leyes que luego el Presidente no reglamenta ni las torna operativas? ¿Las leyes son simple enunciado de buenas intenciones, un catálogo de ilusiones sin consecuencias concretas en beneficio de los ciudadanos?
Las normas no solo están para ser cumplidas por los individuos, sino también por las autoridades. Si quienes ejercen una función pública no cumplen con su deber, poco podemos pretender que lo haga el resto de la sociedad. Por lo tanto, es deseable –y necesario- que pronto este proyecto pueda convertirse en ley.
Profesora e investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral