Un problema de ética política
Los argumentos que consideran al embrión persona basados en su potencial y totalidad orgánica están subordinados normativa y fácticamente al uso del cuerpo de la mujer. La potencialidad sobre la cual se sostienen depende enteramente de la utilización del cuerpo de otra persona que ya existe. No hay consumación factible de la persona potencial sin la simbiosis física con una persona existente. El devenir de esa potencialidad no es autónomo ni autosuficiente, y por lo tanto la idea de un organismo completo es equívoca e inexacta.
Este punto central -que la absoluta existencia de una persona potencial depende de los órganos vitales y la capacidad emocional de una persona existente- puede ser analizado desde dos perspectivas: la moralidad o la ética política. Considero que el problema del aborto es un problema normativo que atañe fundamentalmente a la ética política. Es necesario revertir los términos del debate: no es la moralidad la que limita las decisiones políticas sobre el aborto, sino que son los valores de ética política democrática los que determinan su corrección moral. La decisión de no transformar la biología en opresión social es una cuestión ético-política. Son entonces los ideales de igualdad y libertad política -centrales en un régimen democrático- los que establecen la corrección moral del aborto. No hay posibilidad de garantizar la igualdad de género y condiciones de libertad equivalentes para todos los ciudadanos en la medida en que el aborto sea ilegal.
El concepto de persona es en sí mismo un concepto político cuya ponderación normativa debe comprenderse dentro del marco democrático que define a las personas como agentes libres e iguales. Es nuestra condición de sujetos políticos democráticos -es decir, personas que interactúan colectivamente y determinan en virtud de esa interacción los límites de inclusión social- la que condiciona la moralidad del aborto, no a la inversa. Desde esta perspectiva, afirmar que el blastocisto, cigoto o embrión reviste el mismo carácter ético que la capacidad de autonomía, realización, libertad e igualdad de la mujer contradice todos los preceptos de la concepción de persona entendida desde los parámetros democráticos.
¿De qué manera la penalización del aborto degrada la concepción de persona femenina en un contexto democrático? Filósofas feministas como Alison Jaggar han argumentado que la justicia de género requiere el diseño de instituciones sociales que no atribuyan desproporcionados o inequitativos beneficios y obligaciones sociales en base al género. La penalización del aborto y su consecuente restricción de la libertad que padece solo el género femenino reduce a la mujer a una categoría degradada de ciudadanía. Se fuerza a la mujer a una maternidad no deseada, que acarrea un impacto físico y emocional (durante la gestación, la crianza o posible adopción) no comparable con ninguna situación social coercitiva que se le imponga al hombre. La mujer, y solo la mujer, está destinada a un trauma emocional y social que genera un impacto estructural adverso sobre su vida y sus posibilidades de desarrollo en virtud solo de su anatomía.
Este hecho tiene implicancias de magnitud. En primer lugar restringe a la mujer a su rol de madre, independientemente de su consentimiento. Al transformar la biología en destino social, y las diferencias físicas aleatorias en desigualdades sociales y políticas permanentes, se reduce a la mujer y al placer sexual femenino a la procreación. La mujer queda atrapada en los confines de un ser humano biológico con un rol social específico: procrear. Esto refuerza la idea de que la verdadera mujer debe colocar la maternidad por encima de cualquier otra experiencia vital.
Segundo, una decisión como la maternidad -que si es autónoma puede constituir una fuente de autorrealización y de extraordinario valor ético- se degrada a un caso de violencia institucional sobre el género femenino. El embarazo pasa a ser una imposición que doblega la voluntad de la mujer, un instrumento de control social que reduce la agencia femenina. La penalización del aborto le roba autonomía a todas las mujeres que confrontan un embarazo no buscado, incluso a ellas que, a pesar de todas las dificultades y condiciones sociales adversas, deciden proseguir con la gestación y crianza. La decisión de la maternidad es jurisdicción de las personas cuyas cuerpos, vidas e identidades cambian significativamente en virtud de esa decisión y no la de un Estado paternalista que intercede arbitrariamente en los intersticios de la identidad femenina. Tercero, ha sido documentado por filósofas liberales como Susan Moller Okin, que el embarazo forzado arroja a la mujer a una trampa social sin salida: le impone la crianza de un hijo que usualmente la coloca en desventaja en el mercado laboral afectando su nivel adquisitivo y dejándola más vulnerable física y emocionalmente en el plano doméstico. Esta trampa es, por supuesto, más fatal para mujeres de menores recursos económicos.
Cuarto, históricamente, el cuerpo femenino ha sido un bien público que ha sido abusado, golpeado, matado, disciplinado, ridiculizado, demonizado, sexualizado, desexualizado, silenciado, infantilizado, comercializado. Este fue constreñido a los confines de su naturaleza y de la esfera público-privada sin nunca tener igual capacidad política. Es difícil, pues, concebir que ese mismo cuerpo que facilitó una relación de sujeción es en realidad una precondición de la libertad. El punto es simple: no existe concepción de libertad en la historia del pensamiento occidental que no incluya la autodeterminación sobre nuestro cuerpo.
Todas estas consideraciones expresan el insalvable daño que la penalización del aborto inflige sobre solo una parte de la ciudadanía democrática, institucionalizando la coerción no solo corporal, sino vivencial de la mujer.
El debate sobre el aborto no es acerca de "la vida" entendida como un quantum abstracto que el Estado tiene el interés de preservar. Tampoco se basa en una concepción de persona que se abstrae de los parámetros ético-políticos que la invisten de significado y valor. Esas perspectivas saltan sin intermediación de la naturaleza a la ética (es decir, lo que determina la naturaleza es lo moralmente correcto) y omiten las condiciones políticas en las que la vida se desarrolla. En el caso de un régimen democrático, la vida se preserva en la medida en que no se degrade la condición moral de personas que se definen por su libertad e igualdad. El interés del Estado en proteger la vida humana (no solo en el caso del aborto, sino en lo que se refiere a la salud pública, la pobreza, la violencia política, etcétera), se entiende dentro de un marco de consideraciones normativas democráticas que hacen esa protección viable y deseable.
El Estado no puede en pos de ese interés consumar un orden social que requiera la estructural subordinación de las mujeres con respecto a las condiciones y oportunidades de los hombres. La discusión del aborto debe estar delimitada por una ética democrática que determina la incorrección moral de su penalización.
La autora es Ph.D en Ciencia Política por la Universidad de California, Berkeley. Enseñó Filosofía Política y Teoría Social en Harvard. Profesora visitante en la UTDT