Un decreto inconstitucional
La Presidenta dictó el decreto n°1277 por el cual se arroga la facultad de incrementar la intervención que de hecho venía ejerciendo en la economía en general y en el sector de los hidrocarburos en particular.
El mencionado decreto deroga las normas del marco regulatorio de los hidrocarburos vigente, que establecían el derecho a la libre disponibilidad de la producción de éstos (tanto para comercializarlos en el mercado doméstico como para exportarlos) y la exención de todo arancel, derecho y/o retención sobre las exportaciones e importaciones de hidrocarburos.
Asimismo, crea la "Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas", presidida por el polifuncionario Axel Kicillof, e integrada además por un representante de la Secretaría de Energía de la Nación y de la Secretaría de Comercio Interior. Esa Comisión estará encargada de ejecutar el "Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas" y tiene facultades para aplicar sanciones que pueden llegar hasta la caducidad de concesiones.
El decreto exige la registración obligatoria de todas las empresas del sector en un nuevo Registro Nacional de Inversiones como requisito para poder desarrollar actividades hidrocarburíferas en el país y las obliga a suministrar la información técnica, cuantitativa y/o económica que la Comisión requiera, agregando un requisito que no existía al momento en que cada empresa obtuvo el título de su concesión o resultó adjudicataria de la pertinente licitación.
Una visión miope puede hacer pensar que cualquier objetivo de política económica es alcanzable mientras las empresas hidrocarburíferas radicadas en nuestro país no puedan movilizar sus capitales
Un punto que revela la vocación estatista boba de la norma es la autorización que da a la Comisión para fijar precios de referencia para la venta de hidrocarburos y combustibles. La Comisión tendrá, además, la facultad de adoptar "las medidas que estime necesarias para evitar y/o corregir conductas distorsivas en relación al precio, calidad y disponibilidad de los derivados de hidrocarburos".
El decreto viola claramente el artículo 31 de la Constitución Nacional, al derogar disposiciones de normas de mayor jerarquía, como son las que crearon el marco regulatorio del sector. Además, avasalla las autonomías provinciales ya que desde la incorporación del art. 124 de la Constitución en la reforma de 1994, las provincias son titulares de sus recursos naturales. En línea con esa norma, la ley 26.197 les había reconocido la facultad de controlar y fiscalizar los permisos, concesiones y contratos sobre áreas comprendidas dentro de su territorio. Y, por último, viola el derecho de propiedad al afectar derechos adquiridos de los sujetos que son titulares de concesiones y permisos en ese sector. Al cambiar las reglas preestablecidas y violar el orden jurídico, será una gota más de agua en el inmenso mar de las medidas adoptadas por este gobierno que, razonablemente, producen el efecto contrario al que buscan: espantan las inversiones.
La inversión es una de las variables más sensibles de la economía. Lo es, en especial, la vinculada a los hidrocarburos. Los proyectos de inversión en esta área, que nuestro país necesita potenciar imperiosamente para recobrar el autoabastecimiento, revisten un alto grado de riesgo. Esto se debe a que implican la exploración de zonas en las que no está asegurada la futura viabilidad económica de la explotación o siquiera la mera existencia de hidrocarburos. Por otra parte, son por naturaleza proyectos a largo plazo y de empleo de cuantiosos recursos, lo que aumenta el riesgo de las iniciativas y exige un horizonte previsible y estable del marco legal.
En relación al Decreto 1277, una visión miope y de corto plazo puede hacer pensar que cualquier objetivo de política económica es alcanzable mientras las empresas hidrocarburíferas radicadas en nuestro país no puedan movilizar sus capitales. En otras palabras, mientras las empresas no se retiren del mercado por tener -como suele decirse en el campo de las finanzas- capital hundido, se las puede regular tanto como se quiera, en aras de obtener una producción físicamente posible, precios regulados y reinversión de utilidades.
Estamos cada día más lejos de los países desarrollados, serios y respetuosos de las inversiones
Pero en economía, como en tantos otros campos, la virtud de las políticas debe juzgarse a lo largo del tiempo y no solamente en el momento de implementación de una medida. El aspecto económico más sobresaliente del decreto son las dudas que genera en el mercado, pensando en el mediano y largo plazo. No se trata de defender los intereses de las empresas hidrocarburíferas, cualquiera sea su posicionamiento en la cadena de valor del sector. Se trata de entender que si a esas empresas se las priva de una rentabilidad acorde con el riesgo de los proyectos de inversión que se busca que emprendan, al transcurrir el tiempo, los capitales emigrarán, puesto que buscarán otros sitios donde una inversión de igual riesgo presente mejores retornos o más seguros.
La gran mayoría de los argentinos quiere que exista un Estado fuerte y eficaz. Salvo sectores muy minoritarios, nadie postula hoy la ausencia de toda intervención gubernamental en la economía, especialmente en el caso de los servicios públicos y en aquellas actividades que se consideren estratégicas. Pero se trata de fijar marcos regulatorios generales, dentro del concepto de planificación indicativa, que es el único compatible con las garantías constitucionales.
Esta pretendida intervención de hecho en la dirección de las empresas, más allá de afectar derechos adquiridos en los casos de concesiones otorgadas bajo otro status jurídico, vulnera el derecho de propiedad en forma grosera. Estamos cada día más lejos de los países desarrollados, serios y respetuosos de las inversiones. La Constitución exige respetar el derecho de propiedad. Así conviene, además, que ocurra, porque cuando se lesiona la propiedad cae la inversión genuina, único motor sostenible del desarrollo económico, la creación de empleo y la existencia de altos salarios. Cuando las políticas estatales combinan armoniosamente el crecimiento y la equidad social sobreviene el desarrollo; cuando se interviene de manera arbitraria, ilegal y caprichosa, el resultado es el estancamiento, la recesión, el desempleo y la pobreza.
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