Sólo la política podrá garantizar la libertad de prensa
A estas alturas, argumentar en torno a las bondades o las "maldades" de la ley de medios se ha convertido en una práctica meramente testimonial.
Y esto es así porque, mientras esta discusión se llevaba a cabo fuera y dentro de los estrados judiciales, el Gobierno fue avanzando, sin prisa pero sin pausa, en el control de los contenidos periodísticos. Por un lado, se consolidó un conjunto de medios y sistemas de transmisión y redes de propiedad del Estado. Por el otro, importantes conglomerados de medios audiovisuales privados fueron adquiridos por amigos del Gobierno, que gozan, entre otros favores, de ingresos extraordinarios provenientes de la publicidad oficial.
Por su parte, los artículos de la ley todavía cuestionados legalmente tienden a reducir el poder económico del principal grupo de medios del país y a mantener a raya, por escala económica inviable, a los medios no colonizados, condenándolos a depender también de fondos públicos, o de fondos privados "condicionados" por el poder.
Por lo tanto, la ley de control directo o indirecto de los contenidos de los medios de comunicación se encuentra, en la práctica, casi totalmente vigente, y lo seguirá estando aun cuando la Corte Suprema declare inconstitucionales los artículos mencionados. En ese hipotético caso, el espectro audiovisual productor de contenidos quedará dividido, como está ya hoy, en tres partes bien desiguales: el mencionado gran grupo oficial y paraoficial; algunos grupos privados con escala y capacidad económica para enfrentar la presión oficial, y un conjunto numeroso y variado de pequeños medios independientes, sin margen de maniobra económica, por tamaño y, por lo tanto, con limitaciones claras para difundir sus ideas (no sólo hace falta buena producción de contenidos; son necesarios, asimismo, medios técnicos y de publicidad y marketing para respaldarlos y darlos a conocer).
En el caso de la ratificación de la constitucionalidad de esos artículos, quedarán, solamente, el grupo oficial en sentido amplio, y, como se mencionara, empresas pymes con escaso poder económico para operar libremente.
En síntesis, con plena o parcial vigencia de la ley, el objetivo central del Gobierno se habrá cumplido: como ningún contenido puede ser "impuesto" a la audiencia, se habrá logrado, al menos, confinar a los productores de contenidos que son independientes de los grandes grupos a zonas marginales o poco potentes del espectro radioeléctrico. A su vez, se busca, por otros mecanismos, imponer limitaciones a la información y opinión que se difunde en los ultramodernos medios electrónicos vía Internet y las redes sociales.
Es un error, por lo tanto, suponer que la llave de la libertad de prensa la tiene hoy la Justicia. Esa libertad, definida como la capacidad de un medio independiente de tener la escala necesaria no sólo para expresarse, sino, fundamentalmente, para hacer llegar esa opinión a la mayor cantidad de audiencia posible, y en calidad aceptable, se ha perdido ya.
Con todo lo expuesto, la garantía de la libertad de expresión y prensa en su verdadero sentido vuelve a la política. Los mismos responsables de la situación actual serán entonces los encargados de corregirla en el futuro. Por eso, así como los legisladores de la oposición se comprometieron a no facilitar una eventual reforma constitucional que incluya la reelección indefinida, propongo que los mismos firmantes presenten un compromiso en torno a restituir la libertad de prensa perdida.
Ese compromiso debería incluir, como mínimo, tres pilares. En primer lugar, la reducción de los medios públicos a un sistema mínimo y federal, con un esquema de pluralidad controlado por un organismo independiente que conforme un ámbito estatal y no gubernamental de medios, con contratos públicos y transparentes de los involucrados. En el resto del sistema hoy público, redes digitales, etcétera, habrá que introducir el capital y la administración privada, mediante capitalismo popular o métodos similares.
En segundo lugar, una ley que establezca parámetros objetivos de asignación de publicidad oficial, supervisada por un comité técnico designado por concurso.
Y, en tercer lugar, la introducción seria de competencia en dónde es posible y necesaria, permitiendo la multiplicidad de ofertas de servicio para empresas de cable, telefónicas, satelitales, de Internet o de medios.
Insisto, el daño actual sobre la libertad de prensa ya está hecho, cualquiera que sea el destino final de los artículos 45 y 161 de la ley. En un caso será más grave que en otro, pero no va a revertir el panorama actual.
Como en otros temas, la responsabilidad de revertir este proceso de destrucción institucional estará en manos de la política. Entonces sabremos distinguir entre quienes han sido cómplices por ingenuidad o buena fe y quienes ya no podrán disimular que esto que está pasando era lo que verdaderamente querían, más allá de los discursos y declamaciones.
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