RIGI, la “ideología del progreso” y las grandes inversiones
Los constituyentes concebían el progreso como una ideología cuyos beneficios se obtendrían mediante la educación y la construcción de puertos, ferrocarriles y caminos, en línea con la visión de la época. A través de esta enumeración ejemplificativa, visualizaban la “prosperidad del país”. La “cláusula del progreso” (art. 75 inc. 18 Const. Nac.), aunque no siempre interpretada correctamente, instruía al Congreso a “proveer lo conducente a la prosperidad del país, [...] la importación de capitales y extranjeros [...] mediante leyes protectoras de estos fines y con concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo”.
Este mandato, principalmente relacionado con el gasto público del gobierno federal y adoptado de la Constitución de los Estados Unidos, establecía ciertas condiciones para otorgar estímulos económicos, con resultados sorprendentes para el crecimiento económico posterior. La propuesta de incentivos para grandes inversiones presentada al Congreso por el Poder Ejecutivo se alinea con el sentido original de la “cláusula de progreso”. Estas concesiones deben ser temporales y especificar los sectores en los que se realizarán las inversiones. Se establece una lista de sectores: agroindustria, infraestructura, forestal, minería, gas y petróleo, energía y tecnología. Todos ellos requieren la incorporación de tecnología y de montos generalmente alejados de los inversores argentinos. La propuesta establece un límite temporal y otros requisitos constitucionales de dos años, aunque prorrogables, para adherirse a este Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Quienes busquen adherirse a este sistema deben presentar un proyecto único.
Inversiones como límite al corporativismo económico
La desregulación de una economía corporativa, estancada durante décadas, es un proceso laborioso en el que muchos intereses colisionan; a veces, un enfoque gradual es conveniente. Es el inicio de un camino hacia una mayor competitividad empresarial, con regulaciones estables y lejos de la expropiación regulatoria bajo excusas de emergencia.
Una característica clave del proyecto es evitar que una vez iniciada la inversión y con los costos principales hundidos y sin mayor posibilidad de ser recuperados, la reglamentación se convierta en una expropiación oculta. El carácter errático del Estado de derecho en la Argentina durante muchas décadas ha generado una inmensa desconfianza entre posibles inversores. Por lo tanto, una forma de atraerlos es proporcionar una sólida garantía para aquellos que puedan incorporar actividades costosas y complejas a nuestra economía. Similar al momento de la sanción de la Constitución cuando nos enfrentábamos al “desierto”, un vasto territorio despoblado sin medios de comunicación, actualmente nos encontramos ante un nuevo desierto creado por décadas de regulación corporativista y una economía estancada.
Desarticular una economía corporativa consolidada a lo largo de décadas será un proceso gradual, que incluirá la promoción de grandes inversiones y la incorporación necesaria de empresas medianas argentinas competitivas. Se puede plantear la duda de si es posible promover inversiones sin discriminación, pero la cláusula del progreso resuelve este conflicto. Ante la pregunta de si “la igualdad es la base del impuesto”, ¿es legítimo reducirlos a un sector y no a otros? La respuesta radica en la autorización de concesiones temporales de privilegios establecidas en la Constitución, con la certeza de que serán transitorias y dirigidas a proyectos específicos. Al mismo tiempo, no debería sorprendernos estas normas, ya que la discriminación ha existido desde la instauración de la sustitución de importaciones, donde los inversores gozaban de protección frente a productos extranjeros, generalmente más baratos y de mejor calidad. Incluso hubo privilegios para aquellos que desarrollaron actividades consideradas esenciales para una industrialización, en muchos casos estancada en el tiempo. En esta oportunidad se busca atraer inversiones competitivas y genuinas.
Los subsidios tradicionales a la industria en Argentina y la política de sustitución de importaciones
Con el correr de los años, la Argentina ha promovido la búsqueda de rentas ocultas y privilegios no plenamente conocidos por la sociedad, con beneficios por encima de la libre competencia. Tradicionalmente la expropiación regulatoria se defendió con la excusa de la emergencia, una triste tradición argentina.
¿Cuáles son los requisitos constitucionales para conceder concesiones de privilegios según la Constitución? Deben detallarse las inversiones esperadas, como en la minería (especialmente cobre y litio), la energía con la plena explotación de Vaca Muerta, el transporte del gas en los puertos, los montos de la inversión y, dentro de estos, la concesión de limitaciones tributarias y una regulación estable para el futuro. Además, debe establecerse un límite temporal, ya que los privilegios no pueden tener plazos prolongados.
Esta política, como un paso inicial hacia una desregulación más amplia, nos permitirá, como en el pasado, constituir “una Nación para el desierto argentino”.
Profesor Emérito de la Universidad de Buenos Aires. Consejero Académico en la Fundación Libertad y Progreso