Reserva Agujero Azul: preservando nuestros intereses
En respuesta a las imprecisiones de la columna “Áreas Marinas Protegidas: una peligrosa simulación”, como firmante de la iniciativa apoyada en el trabajo de un prestigioso grupo de investigadores argentinos conservacionistas, debo decir que la creación del Área de Reserva Estricta Bentónica Agujero Azul generará beneficios ambientales, científicos y estratégicos, honrando el lugar donde yacen los restos del submarino ARA San Juan y su tripulación, localizada sobre el lecho de aguas internacionales dentro de los límites de extensión de plataforma continental aprobados por la CLP de Naciones Unidas y por Ley 27.757. Incluye cañones submarinos en área del talud, protección de especies bentónicas vulnerables (por ejemplo, corales de profundidad, que generan espacios de refugios y condiciones para la reproducción y cría de otras especies) y especies que viven en asociación al fondo. Protegeríamos fondos marinos con profundidades de 200 metros en aguas internacionales, condición poco frecuente en océanos y que propicia la pesca intensiva legal e ilegal. (Recomiendo leer ttps://www.lanacion.com.ar/opinion/la-pregunta-correcta-ante-la-depredacion-de-la-riqueza-en-nuestro-mar-nid12042021/)
En altamar rigen las libertades del mar, y la problemática de la flota extranjera debe ser resuelta por los canales diplomáticos, conforme lo establecido en Convemar. La herramienta jurídica “área marina protegida” es la más efectiva disponible para garantizar la protección de la biodiversidad y nuestros intereses. Actualmente existe tecnología satelital que aporta herramientas especializadas de bajo costo para vigilancia y control de aéreas remotas. Alternativa desconocida por la autora de la columna, la diputada Mariana Zuvic, quien no explica cómo tal cuestión podría afectar la gobernanza, contrariamente, la creación del Área obligaría al Estado a mejorar la efectividad del control sobre el espacio y mayor comprensión de las necesidades complementarias para monitorear la zona.
Pareciera desconocer además, el principio precautorio (Ley Gral Ambiente 25.675) y demás principios ambientales. Es cuanto menos inaudito aducir ausencia de información o certeza científica como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para la conservación de la biodiversidad bien entendida y aplicada en este proyecto, que procura la equidad intergeneracional y no atiende solamente a una mirada del corto plazo y miope. La supuesta insuficiencia de partidas presupuestarias coyunturales no es un motivo para frenar los esfuerzos de conservación de lo que está bajo jurisdicción argentina. Es necesario trabajar para mejorar la financiación de todo el Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas (Snamp).
La propuesta no favorece los proyectos de exploración y explotación petrolera, sino que los concilia con el ordenamiento espacial del mar. El recorte del área responde a no vulnerar compromisos que el gobierno que integró quien así opina tomara, otorgando concesiones off shore, la revocación de esa decisión importarían reclamos judiciales al Estado. Esto además, no impide que pueda extenderse al finalizar esas concesiones.
Sostiene que el proyecto no sumaría al porcentaje de Metas Aichi, ignorando que el área se integraría al Snamp (Ley 27.037) y que el objetivo primario de las AMP es la protección de ambientes marinos y biodiversidad, no solo sumar a indicadores de compromiso de conservación acordados internacionalmente.
El argumento del “efecto espejamiento” es una expresión sin sustento. La reciprocidad de medidas suele ser una alternativa en la práctica del derecho internacional. En defensa de la visión diplomática que impregna nuestro proyecto de ley, observamos que éste reafirma los derechos argentinos en la zona reconocida por la legislación vigente y particularmente por nuestra Constitución.
La propuesta hace uso del marco legal existente de extensión de plataforma, su régimen no es aplicable a la columna de agua por su condición de Alta Mar (Comvemar) y no afecta otros esfuerzos que se negocian para definir herramientas de conservación. El Acuerdo para la Protección de la Biodiversidad Marina en Áreas Fuera de la Jurisdicción Nacional (AFJN) (BBNJ en inglés), aborda muchos temas importantes además de la creación de AMP en aguas internacionales, como confunde la nota (aborda también recursos genéticos marinos, mecanismos de ordenación basados en zonas geográficas, evaluaciones de impacto ambiental y creación de capacidad y transferencia de tecnología). Conozco y apoyo estas negociaciones de AFJN, que de ser exitosas aportarían una herramienta habilitante para incorporar la conservación de la columna de agua, que actualmente no se encuentra habilitada.
Es preocupante la carencia de opinión y debate de la autora de la nota en el Congreso, ámbito donde se discuten y argumentan las leyes, y se apele a emitir generalizaciones falaces en notas de opinión. El proyecto reivindica nuestros derechos sobre el lecho y subsuelo de nuestra Plataforma Continental Argentina Extendida. Habría que preguntarse: ¿a quién beneficia no proteger lo que es nuestro? ¿qué intereses hay detrás de ello?
Diputada Nacional, Consenso Federal