Prevenir la corrupción desde las empresas
Los casos judiciales que inquietan a la opinión pública en estos días han puesto el foco en la necesidad de contar con un sistema judicial penal eficiente que enfrente la corrupción de funcionarios. Se reclama una respuesta legal rápida que sancione a los responsables del manejo ilegal del dinero público. Sin embargo, de momento no ha surgido semejante interés -o por lo menos, no con tanta intensidad- sobre la necesidad de establecer las responsabilidades de empresas privadas que hubieran participado en el vaciamiento de fondos del Estado.
En verdad, no es posible hacer frente a la corrupción pública sin encarar con todo el rigor de la ley la actuación del sector privado que le resulta funcional. Sobre este punto, la Argentina presenta un vacío legal con relación a la responsabilidad penal de las empresas por cuyo intermedio, en su beneficio o interés, se cometen distintos delitos contra los intereses esenciales de la sociedad.
La respuesta penal se agota con el procesamiento y la eventual condena del responsable individual del delito. Sin embargo, son muchos los casos en que las empresas intervienen en prácticas delictivas donde el responsable individual puede no ser debidamente identificado. Aún en caso de serlo, no siempre es el verdadero responsable de la decisión delictiva de la empresa. Esto se aprecia en maniobras de evasión tributaria complejas, daños al medio ambiente, intoxicación por productos en mal estado, alteraciones de las reglas de competencia, lavado de dinero, entre tantos otros.
El fundamento de la sanción penal para las empresas no es empírico, como cuando, por ejemplo, una persona es condenada por clavarle un cuchillo a otra y la lesiona. Se fundamenta, en cambio, en una organización defectuosa en su propia estructura, ya sea por falta de control o vigilancia sobre sus procesos de producción o sobre sus empleados, o por una actitud de grupo indiferente hacia el respeto de la ley en su afán de obtener beneficios económico a toda costa.
Deberíamos comenzar a pensar, como se hizo en España y Chile, en un sistema de responsabilidad penal para las empresas. Hay que generar incentivos en las corporaciones privadas por cumplir con la ley. No hay corrupción pública sin un privado que pone lo suyo para que el delito pueda cometerse.
Existen diversas iniciativas legales que imponen a las empresas organizarse de modo responsable para generar programas de cumplimiento legal y denunciar los posibles delitos cometidos en el ámbito de su actuación. A nivel mundial, cada vez se exige más que las empresas cuenten con una cultura empresarial de respeto a la ley, donde se advierte una tendencia a trasladar al empresario ciertos deberes de funcionario público en la prevención de delitos. En términos de política criminal, se trata de crear incentivos para que las empresas adapten su actividad al más estricto cumplimiento de la ley.
En el ámbito del seguro, por ejemplo, diversas compañías han diseñado una política corporativa contra el fraude y adoptaron mecanismos legales para evitar ser utilizadas como medio de obtención de ganancias ilícitas. Otro tanto sucede en el marco de las acciones destinadas a prevenir maniobras de lavado de dinero, donde se exige a los sujetos que intervienen en determinadas actividades económicas denunciar operaciones sospechosas ante los organismos públicos de control. El no actuar para prevenir delitos o el no contar con un programa empresario para evitarlos ya genera, en muchos países del mundo, riesgo de sanciones penales para las empresas y sus directores.
El debate propiciado por la Oficina Anticorrupción en el ámbito del Ministerio de Justicia de la Nación sobre la regulación de la responsabilidad penal de las empresas por delitos contra la administración pública configura un avance por reducir la impunidad en el manejo ilícito del dinero público. Si queremos enfrentar el fenómeno moderno de la criminalidad organizada no podemos desatender la incidencia de la empresa como nuevo sujeto de derecho penal. Pareciera que a esta cuestión le ha llegado su hora.
Doctor en derecho y profesor de derecho penal empresario de la Universidad Austral