Los desafíos de la Corte Penal Internacional
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La Corte Penal Internacional (CPI), instituida por el Estatuto de Roma del 17 de julio de 1998, posiblemente constituya el principal desarrollo normativo e institucional a nivel internacional de la época reciente. La CPI constituye la piedra angular del sistema (embrionario e imperfecto) de justicia universal como herramienta de lucha contra la impunidad.
La CPI es un tribunal permanente, con vocación universal, con sede en La Haya, Países Bajos, y con competencia para juzgar a los individuos presuntamente responsables de haber cometido los crímenes internacionales más graves: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crimen de agresión. Durante los poco más de 20 años desde su puesta en funcionamiento, en 2002, la CPI ha demostrado ser un instrumento clave en la lucha contra la impunidad, asegurando juicios justos y justicia a las víctimas, y previniendo y desalentando nuevos crímenes. La CPI no busca sustituir a los tribunales domésticos, sino que es complementaria de aquellos y solamente puede intervenir en aquellos casos excepcionales en que, por diversas razones, los Estados no pueden o no están dispuestos a juzgar a los responsables.
Los logros de la CPI son conmensurables con los desafíos que enfrenta, siendo los más importantes: alcanzar la universalidad, fortalecer la cooperación de los Estados, proteger la neutralidad e independencia de la Corte, y mejorar su eficiencia y economía. El proceso de revisión de la CPI y del sistema del Estatuto de Roma lanzado en 2019 busca abordar estos y otros desafíos identificados para fortalecer la capacidad de la Corte para hacer justicia.
La jurisdicción de la CPI no es universal. La CPI solamente puede ejercer jurisdicción sobre los nacionales de Estados partes o sobre los crímenes cometidos en el territorio de un Estado parte. 123 Estados son partes del Estatuto de Roma, de los 193 que son miembros de la Organización de las Naciones Unidas. Tres de los 5 miembros del Consejo de Seguridad (China, Estados Unidos y Rusia) no son partes, como tampoco lo es el país más populoso del mundo (India) y la mayoría de los países árabes. Ello no solamente restringe las personas y lugares sobre los que la CPI puede ejercer jurisdicción, sino que impacta en la posibilidad de implementar sus órdenes de arresto y otras decisiones.
La cooperación de los Estados es fundamental, empezando por los propios Estados que han reconocido su jurisdicción. Ello implica arrestar a las personas sobre las que pesa una orden de captura dictada por la CPI, que no pocas veces son altos funcionarios gubernamentales, y limitar todo contacto no esencial con ellos. Pero también cooperar en la protección de las víctimas y los testigos, la ejecución de las penas, la libertad provisional y la puesta en libertad de las personas. La Argentina es el único país que ha suscripto los 4 acuerdos de cooperación con la CPI. No obstante, la situación a nivel global deja mucho que desear.
Aun cuando la CPI opera en un contexto muy político, la paradoja es que si no actúa de forma independiente y apolítica pierde su valor agregado. En sus primeros años, la Corte fue acusada de focalizarse exclusiva e injustamente en los crímenes africanos (en Sudán, Libia, Kenia, Uganda, Mali, Costa de Marfil, República Centroafricana y República Democrática del Congo), y de ser un instrumento de neocolonialismo. Como resultado, Burundi, Gambia y Sudáfrica anunciaron su decisión de dejar la Corte, aunque finalmente solo Burundi lo hizo. Mas recientemente, la CPI ha sido acusada de concentrarse principalmente en los crímenes cometidos en el territorio de Ucrania (país que solo ha aceptado su jurisdicción en relación con los actos presuntamente ocurridos a partir de los sucesos que culminaron con la ocupación por Rusia de Crimea a fines de 2013), y de ser un instrumento de Occidente contra Rusia. Cualesquiera que sean los méritos o deméritos de estas acusaciones, la mera percepción de falta de neutralidad e imparcialidad de la Corte afecta su legitimidad y efectividad. La CPI es un tribunal penal establecido en virtud de un tratado internacional por el que los Estados partes asumieron la responsabilidad de garantizar el cumplimiento de su mandato y de sufragar sus gastos. La posibilidad de los Estados de remitir casos para que la CPI investigue (en su mayoría es el propio Estado que lo solicita en relación con crímenes presuntamente cometidos en el pasado por un anterior gobierno), el seguimiento cercano que realizan los Estados de cada una de sus actividades y su facultad de aprobar total o parcialmente el presupuesto que la Corte solicita para llevar adelante investigaciones y juicios determinados en un momento dado crean un caldo de cultivo para la politización. Es responsabilidad de los Estados, pero también de los órganos y los funcionarios de la Corte, evitar que eso ocurra.
Pero, en definitiva, la CPI es tan buena como los resultados que arroja. A lo largo de su existencia, 31 casos han sido llevados ante la Corte (algunos de los cuales involucran más de un sospechoso), 10 personas han sido condenadas y 4 absueltas. La Corte ha dictado 37 órdenes de captura en algunos casos sin conocerse cargos, y 21 personas han sido detenidas algunas por más de una década sin sentencia. Eso se explica por la complejidad de los casos, donde las investigaciones deben realizarse en territorios diezmados por un conflicto armado, con escasa o nula cooperación estatal, y la necesidad de garantizar la vida y la seguridad de víctimas y testigos. Pero la coyuntura no exime de la obligación de garantizar la mayor celeridad y los estándares más altos posibles en el desarrollo del proceso. Según un cálculo conservador, la inversión de los Estados en el funcionamiento de la CPI podría haber superado los 2000 millones de dólares desde 2002. La rendición de cuentas y la prevención de crímenes atroces no son cuantificables y justifican plenamente la inversión. Pero el objetivo superior de la Corte no exime de la obligación de fortalecer la eficacia, la eficiencia y la transparencia que deben caracterizarla y que constituyen un reclamo justo tanto de los Estados como de la sociedad civil.
La Argentina participó activamente en el Mecanismo de Revisión de la CPI, el cual produjo una serie de recomendaciones dirigidas a los órganos de la Corte (la Corte misma, la Fiscalía y la Secretaría) y la Asamblea de Estados partes, que ya están siendo implementadas. Es indispensable que las recomendaciones se cumplan y que las reformas se realicen a fondo de modo que la Corte pueda efectivamente cumplir con su objetivo de poner fin a los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad en su conjunto y contribuir así a la prevención de nuevos crímenes.
Diplomático de carrera, embajador argentino en Países Bajos y miembro de la Comisión de Derecho Internacional de la ONU