Los derechos de niños y adolescentes
Se cumplen treinta años de la adopción de la Convención sobre los Derechos del Niño, hecho histórico que tuvo lugar el 20 de noviembre de 1989.
La aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño ha sido un verdadero hito en el modo en el que observamos la posición jurídica de niñas, niños y adolescentes (NNyA). Los cambios que ha generado en la sociedad y el impacto que ha tenido en la infancia, a través del tiempo, han sido importantes, pero todavía quedan muchas cuestiones pendientes a fin de consolidar la efectivización plena de sus derechos.
En la actualidad, luego de la adecuación normativa y cultural a este pacto internacional, observamos que la condición jurídica de NNyA ha cambiado y ello se refleja, por ejemplo, en el modo en el que ejercen algunos de sus derechos personalísimos: el derecho a la intimidad, a la imagen, a la autonomía progresiva. Pero uno de los desafíos más grandes que presenta la Convención hacia el futuro es el de adaptar el ejercicio de estos derechos a la realidad en la que vivimos, máxime teniendo en cuenta la evolución y el uso masivo de internet y las nuevas tecnologías de información y comunicación en los últimos 30 años. Todo ello nos coloca ante la urgencia de generar nuevas formas de interpretar esos derechos que se ajusten a las necesidades y problemáticas con las que niñas, niños y adolescentes se enfrentan día a día.
Debemos tener presente que los conceptos de ciudadanía digital o identidad digital son fundamentales y potencian el ejercicio de los derechos, pero también nos enfrentan a nuevos riesgos a los que se exponen niñas, niños y adolescentes (grooming, explotación sexual a través de representaciones, cyberbullying, entre otros). El fortalecimiento de la educación en estos aspectos es fundamental para que niños y adolescentes puedan ejercer sus derechos de forma responsable y, a la vez, prevenir situaciones en las que puedan ser potenciales víctimas de esos delitos.
Un aspecto más que es muy interesante se relaciona con el lenguaje que usamos. Vivimos épocas en las cuales los cambios en el lenguaje se producen con mucha velocidad, y eso tiene que ver, seguramente, con que nos hemos dado cuenta del poder transformador que tienen las palabras. La utilización del lenguaje inclusivo se impone cada vez más entre adolescentes. Las palabras denotan cosas, pero también connotan. Esta expresión adicional que tienen las palabras viene cargada de prejuicios que tienden a reproducir estructuras sociales de sometimiento y dominación. Durante estos treinta años de vigencia de la Convención sobre los Derechos del Niño nuestro desafío más grande en este campo fue el de modificar la denominación "menores" por la de niñas, niños y adolescentes. Esta modificación del lenguaje nos lleva hoy a deconstruir otros conceptos. Por ejemplo, ya no se habla de "pornografía infantil" o "prostitución infantil", sino, lisa y llanamente, de explotación sexual. Estas modificaciones terminológicas tienen el poder performativo de concentrar la mirada en el estatus jurídico de niñas, niños y adolescentes y resaltar el carácter de lesión a sus derechos que esas acciones tienen.
Las leyes evolucionan con las prácticas que las interpretan y las aplican, la Convención, para que sus artículos se concreten en mejorar la vida de las niñas, niños y adolescentes, debe seguir transitando su camino, a la par de los tiempos.
Asesora general tutelar CABA